UCD acepta no mencionar a la Iglesia cat¨®lica en la ley de Libertad Religiosa
Uni¨®n de Centro Democr¨¢tico (UCD) acept¨® ayer la postura que sosten¨ªan los grupos Socialista y Comunista del Congreso al pedir la supresi¨®n de una menci¨®n expresa a la Iglesia cat¨®licaen el art¨ªculo 7 de la ley org¨¢nica de Libertad Religiosa. Manuel Fraga, en nombre de Coalici¨®n Democr¨¢tica, se opuso a esa supresi¨®n, que finalmente fue aceptada por 271 votos favorables, quince en contra y seis abstenciones.
El art¨ªculo 7, tal como hab¨ªa sido remitido por el Gobierno a la C¨¢mara y como fue aprobado en el trabajo de la ponencia, se?alaba la posibilidad de establecer ?acuerdos o convenios de cooperaci¨®n con las iglesias, confesiones y comunidades religiosas inscritas en el registro, que, por su ¨¢mbito y n¨²mero de creyentes, hayan alcanzado notorio arraigo en Espa?a?.A su paso por la comisi¨®n, el texto qued¨® modificado, al aceptarse, con los votos de UCD, una enmienda de Coalici¨®n Democr¨¢tica que correg¨ªa el texto en el sentido de se?alar con car¨¢cter imperativo el deber de establecer tales acuerdos y de mencionar expresamente a ?la Iglesia cat¨®lica y dem¨¢s confesiones inscritas ... ? .
Jordi Sol¨¦ Tura, en nombre de los comunistas, defendi¨® ante el Pleno un voto particular en el que pretend¨ªa la vuelta al texto original de la ponencia. Afirm¨® que su grupo hab¨ªa mantenido una postura de acuerdo sustancial con el conjunto de la ley, aunque discrepase en aspectos parciales. Pero, a su entender, la redacci¨®n de este art¨ªculo 7 tal y como hab¨ªa llegado al Pleno, s¨ª afectaba al fondo del asunto, en caso de mantenerse.
Advirti¨® que se trataba de una ley que llegaba tarde y que antes de su debate por la C¨¢mara se han firmado los acuerdos con la Santa Sede, y se aprob¨® la ley de Centros con interpretaciones y actitudes, a su juicio, contrarias al principio de libertad religiosa.
Para el diputado comunista, el art¨ªculo 16 de la Constituci¨®n, de indudable importancia hist¨®rica, supone que el Estado es aconfesional y laico, y con esta ley se trata, dijo, de dar respuesta a un interrogante que arrastra de siglos entre nosotros y que plantea el modo de compaginar las posiciones religiosas con las de los no creyentes en el conjunto social.
Pidi¨® que se mantuviera la posici¨®n de la ponencia, que fue, seg¨²n Sol¨¦ Tura, de aproximaci¨®n y concordia, hasta que se rompi¨® al admitir la enmienda de Coalici¨®n Democr¨¢tica, por la que se hace menci¨®n expresa a la Iglesia cat¨®lica. Sol¨¦ Tura entiende, con su grupo, que el texto establec¨ªa un hecho diferencial al mencionar a la Iglesia cat¨®lica sin ning¨²n tipo de condicionamiento, mientras que a las dem¨¢s se les exige la del arraigo notorio. El diputado comunista reconoci¨® que ese arraigo lo tiene la Iglesia cat¨®lica en Espa?a, pero que en esta ocasi¨®n se estaba regulando la libertad religiosa en general, y se pregunt¨® c¨®mo no ver en esa menci¨®n espec¨ªfica una confesionalidad solapada. Concluy¨® afirmando que nuestro pa¨ªs no desea m¨¢s enfrentamientos en esta materia.
Pleno respeto a la libertad religiosa
Gregorio Peces-Barba, en nombre de los socialistas del Congreso -los de Catalu?a manten¨ªan id¨¦ntica posici¨®n-, defendi¨® tambi¨¦n un voto particular de id¨¦ntico significado al de los comunistas. Comenz¨® por recordar que la libertad religiosa hay que entenderla en su complejidad hist¨®rica y que, mientras en algunos lugares la Iglesia prepotente ha sido la cat¨®lica, en otros lo fueron iglesias protestantes. Pero hoy, a?adi¨®, son las iglesias las que, al menos en teor¨ªa, desean vivir el pleno respeto a la libertad religiosa.
La menci¨®n que el apartado tercero del art¨ªculo 16 de la Constituci¨®n hace de la Iglesia cat¨®lica ?la entendemos los socialistas?, asegur¨®, ?como puramente nominalista, reconocedora de una realidad, pero sin ninguna operatividad juridica?.
Record¨® que su grupo hab¨ªa votad¨® favorablemente aquel texto constitucional, desde esta interpretaci¨®n y en un intento de concordia, pero no pod¨ªan admitir que se repitiese la misma menci¨®n para la Iglesia cafl¨®lica a la hora de regular la libertad religiosa.
En nombre de Coalici¨®n Democr¨¢tica, Manuel Fraga defendi¨® la idea central de que el art¨ªculo 7 del proyecto que se debat¨ªa no era sino un trasunto fiel del art¨ªculo 16 de la Constituci¨®n, al que daba cumplimiento. Y nada m¨¢s comenzar su intervenci¨®n encresp¨® los ¨¢nimos de la izquierda y hubo de escuchar un pateo, tras se?alar que se hab¨ªa mencionado la necesidad de evitar querellas hist¨®ricas en este tema, pero que era necesario recordar las diferencias entre quienes construyeron iglesias y quienes las quemaron.
Dijo luego que ?los conservadores hemos cedido en todo ?, aunque nos pod¨ªamos haber opuesto a algunos aspectos de la ley, pero queremos mantener lo que ya Balmes en el siglo XIX llam¨® ?el respeto democr¨¢tico a la sociolog¨ªa?.
Asegur¨® que la discriminaci¨®n consiste, justamente, en tratar con igualdad a lo que es desigual; neg¨® que ellos fuesen m¨¢s papistas que el Papa, y argument¨® que sus principios son compatibles con la interpretaci¨®n que el Concilio Vaticano II dio al tema de la libertad religiosa. Cit¨® situaciones de derecho comparado en Alemania, Suiza, B¨¦lgica, Colombia, como pa¨ªses en los que se ofrecen distintas regulaciones para iglesias y confesiones con reconocimientos espec¨ªficos y singulares para alguna de ellas, y concluy¨® afirmando su idea de que los votos particulares de la izquierda trataban de desvalorizar el art¨ªculo 16 de la Constituci¨®n, y con una apelaci¨®n -indudablemente dirigida a UCD- a la seriedad de los grupos parlamentarios que no deben variar sus posiciones.
Respondi¨® Sol¨¦ Tura asegurando que ?¨¦sta es una ley de concordia, y me temo que el se?or Fraga quiere convertirla en una ley de discordia?.
Asegur¨®, refiri¨¦ndose, sin mencionarla expresamente, a la sugerencia hist¨®rica de Fraga respecto a la quema de iglesias, que ese era un terreno en el que no deseaba entrar, y argument¨® que ?aqu¨ª no estamos en Alemania, ni en Suiza, ni en Colombia, sino en un pa¨ªs con una contestaci¨®n de Fraga que calific¨® de joya con una piedra incrustada el humor de Peces-Barba al hacer tal afirmaci¨®n.
Gregorio Peces-Barba replic¨® a la ?menci¨®n innecesaria que ha hecho el profesor Fraga a hechos dolorosos del pasado?, y record¨® que si se mencionaban esos hechos habr¨ªa que referirse a otros igualmente dolorosos de signo contrario y que ?no podemos catapultarnos unos a otros?. Concluy¨® con una menci¨®n a la represi¨®n que en los ¨²ltimos a?os de la dictadura hab¨ªa tenido en Espa?a, incluso la Iglesia cat¨®lica, lo que provoc¨® m¨¢s tarde una contestaci¨®n de Fraga que calific¨® de joya con una piedra incrustada el humor de Peces-Barba al hacer tal afirmaci¨®n.
UCD explica su cambio de postura
La ¨²nica intervenci¨®n centrista se produjo en el turno de explicaci¨®n de voto y estuvo protagonizada por Oscar Alzaga, perteneciente al sector democristiano de UCD. El se?or Alzaga declar¨® que UCD buscaba la unanimidad sobre esta ley y no llevaba a ella voluntades ocultas. Manifest¨® que el texto aprobado establece una modalidad sustancial de cooperaci¨®n del Estado con las confesiones religiosas, coherente con el art¨ªculo diecis¨¦is de la Constituci¨®n, a cuyo apartado tercero no contradice. ?Nuestro voto?, dijo, ?ha sido el mejor para contribuir a la modernizaci¨®n del pa¨ªs en materia tan delicada.?
Desde esta perspectiva modernizadora, se?al¨® que sent¨ªa escalofr¨ªos ante determinados levantamientos de la pasi¨®n y utilizaci¨®n de factores irracionales, por afectivos, en el debate. A?adi¨® que el legislador debe mantener la frialdad y racionalidad.
En relaci¨®n con el texto aprobado por la Comisi¨®n, lo calific¨® de defectuoso, entre otras cosas porque inclu¨ªa el t¨¦rmino ?deber¨¢ establecer acuerdos?, referido al Estado, que recordaba aquel viejo art¨ªculo del C¨®digo Civil, seg¨²n el cual ?los cat¨®licos deber¨ªan contraer matrimonio can¨®nico, con lo que se dejaba en la ilegalidad a los solteros cat¨®licos?.
Jes¨²s Aizp¨²n, en nombre del Grupo Mixto, explic¨® su voto personal negativo a los votos particulares de la izquierda y a?adi¨® que las mismas cuestiones debatidas se plantearon al discutir la Constituci¨®n, que fue aprobada por refer¨¦ndum.
En los pasillos del Congreso de los Diputados se vinculaba el giro dado por UCD sobre esta materia desde el debate desarrollado en la Comisi¨®n Constitucional, a la reciente creaci¨®n de la Comisi¨®n Permanente del partido centrista, en la que est¨¢n representados los sectores laicos de UCD.
El Grupo Andalucista hab¨ªa presentado una serie de enmiendas a los art¨ªculos uno, dos y tres, que fueron rechazadas. En el art¨ªculo sexto se admiti¨® una transaccional propuesta por los socialistas que sustitu¨ªa la referencia a los derechos de igualdad y no discriminaci¨®n de los art¨ªculos catorce y diecis¨¦is de la Constituci¨®n, por la frase ?sin perjuicio del respeto de los derechos y libertades reconocidos por la Constituci¨®n, y en especial de los de libertad, igualdad y no discriminaci¨®n?.
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