Creada la Comisi¨®n Delegada para la Administraci¨®n P¨²blica
El Consejo de Ministros aprob¨® ayer la creaci¨®n de una comisi¨®n delegada de? Gobierno para la Administraci¨®n P¨²blica, as¨ª como el nuevo reglamento org¨¢nico del Consejo de Estado. Entre los nombramientos -junto a los veintid¨®s gobernadores civiles- figura el de? interventor general de? Ministerio de Hacienda, reca¨ªdo en Ignacio Monta?o; director general de Pol¨ªtica Interior, Juan G¨®mez Ariona; director general de Administraci¨®n Local, Francisco Javier Soto; interventor general de la Seguridad Social, Francisco Ripoll; presidente del Fondo de Regulaci¨®n y Ordenaci¨®n del Mercado de Productos de Pesca y Cultivos Marinos, L¨¢zaro Rosa y Jord¨¢n, y rectores de las universidades de C¨¢diz, Francisco Gonz¨¢lez, y Murc¨ªa, Jos¨¦ Antonio L¨¢zaro.
El decreto, por el que se reordenan ¨®rganos y funciones con competencia en materia de administraci¨®n y funci¨®n p¨²blica, tiende a acomodar la organizaci¨®n y funcionamiento de la Administraci¨®n P¨²blica a los principios contenidos en el apartado primero del art¨ªculo 103 de la Constituci¨®n (?... sirve con objetividad los intereses generales y act¨²a de acuerdo con los principios de eficacia, jerarqu¨ªa, descentralizaci¨®n y coordinaci¨®n, con sometimiento pleno a la ley y al derecho?).Seg¨²n la informaci¨®n oficial facilitada, la nueva comisi¨®n delegada pretende una mejor coordifnaci¨®n entre los ministerios con competencias en materias de funcionarios, que facilite la elaboraci¨®n, desarrollo y evaluaci¨®n de la pol¨ªtica del Gobierno para mejorar la actividad administrativa. Se trata de iniciar de una manera prudente, pero eficaz -a?ade el Gobierno-, ?el mejor funcionamiento de los, servicios p¨²blicos que tienen como destinatarios principales a los ciudadanos y que ¨¦stos financian con el pago de los impuestos?.
Entre las medidas concretas figura la configuraci¨®n de los ¨®rganos centrales actualmente existentes -Comisi¨®n Superior de Personal y Junta General de Retribuciones- como ¨®rganos de trabajo de la comisi¨®n que se crea; la coordinaci¨®n de las competencias de la Presidencia del Gobierno y del Ministerio de Hacienda; la delimitaci¨®n y atribuci¨®n de funciones al ministro adjunto al presidente para la Administraci¨®n P¨²blica.
El reglamento org¨¢nico del Consejo de Estado, que desarrolla la ley de 22 de abril de 1980, subraya la autonom¨ªa org¨¢nica y funcional del cuerpo consultivo.
El Consejo de Estado se compone de su presidente, que ser¨¢ nombrado por decreto acordado en Consejo de Ministros y refrendado por el presidente del Gobierno entre juristas de reconocido prestigio y experiencia en asuntos de Estado, asi como de los consejeros permanentes, natos y electivos, y del secretario general.
El cargo de presidente del Consejo de Estado es incompatible con cualquier empleo en la Administraci¨®n activa, salvo funciones de car¨¢cter docente, y tambi¨¦n con el ejercicio de la abogac¨ªa y otras actividades.
El nuevo reglamento respeta lo clue de v¨¢lido ten¨ªa el de 1945, adecu¨¢ndolo a la Constituci¨®n de 1978.
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