Auditor¨ªas y empresas en crisis
Tras la publicaci¨®n de la ley 8/1980 el Estatuto de los Trabajadores y el real decreto 696/80, que regula a aplicaci¨®n de dicha ley, se incorpora a la legislaci¨®n social vigente con todo acierto la figura del dictamen del censor jurado de cuentas, para certificar por medio de la auditor¨ªa la situaci¨®n real de la empresa, en los casos especiales de extinci¨®n del contrato de trabajo por causas econ¨®micas, en empresas con m¨¢s de cincuenta trabajadores.La crisis econ¨®mica existente exige que sea un profesional independiente sometido a una f¨¦rrea disciplina de ¨¦tica profesional el que determine si las causas con¨®micas son elemento suficiente para la extinci¨®n del contrato de trabajo.
Esta responsabilidad sit¨²a al auitor como ¨¢rbitro y ampl¨ªa la visi¨®n general de la necesidad de la uditor¨ªa en nuestro pa¨ªs, ya que, eneralmente, la auditor¨ªa legal en s empresas se realiza cuando las discrepancias entre grupos con¨®micos dentro de una sociead lo exig¨ªan, y as¨ª lo establece la y de Sociedades An¨®nimas, que cud¨ªa al dictamen del censor judo de cuentas s¨®lo en los supuess de disconformidad entre las artes a la hora de aprobar los esdos Financieros de la sociedad.
Con parecida filosofia se ha imlantado en el texto legal del Estato de los Trabajadores la actuai¨®n del censor de cuentas, impoi¨¦ndole- como misi¨®n dictaminar mo experto y ¨¢rbitro sobre la siaci¨®n correcta de la econom¨ªa de empresa en crisis.
?Qu¨¦ sentido tiene el preceptivo forme- del censor jurado de uentas? Para contestar este terrogante necesariamente teneos que entrar a examinar que retenden las partes en litigio: emresa y trabajadores, y, a su vez, qu¨¦ esea la autoridad laboral, inuyendo el dictamen del auditor tre los documentos esenciales ara el expediente.
Primeramente nos situamos ante na empresa en crisis en la que se t¨¢ gestionando y negociando ene la direcci¨®n y la representaci¨®n cial, con el objeto de reducir su oblaci¨®n laboral por causas on¨®micas (crisis de pedidos, ¨¦rdida de mercados, faltas de aterias primas, imposibilidad de nanciar las necesidades de la emresa, etc¨¦tera), produci¨¦ndose iscreparicias en cuanto a los motis que determinan la presenta¨®n del expediente ante la autorid laboral. Aqu¨ª, en este preciso omento, es cuando la ley da enada a la actuaci¨®n del informe del nsor jurado de cuentas, para que vestigue si hay causas que resalden las bases se?aladas por la presa.
El segundo paso se producir¨¢ mo consecuencia l¨®gica del andarniento legal, que el auditor tudie detenidamente las causas la discrepancia, para lo cual los presentantes de los trabajadores' ber¨¢n exponer con claridad sus iterios, diferentes, con razonados gurrientos. que deber¨¢n servir mo guia para establecer los plas de ti-abajo.
Adenl¨¢s deber¨¢ ampliar su instigaci¨®n e informe a cuantos ctores econ¨®micos de la empresa ea necesarios, para poder llegar a as conclusiones que determinen n claridad las causas de la crisis on¨®mica.
Sentados estos principios, la emesa deber¨¢ abstenerse de realizarcualquier tentaci¨®n de sol 1 citar una mera constancia de datos contables, basados en certificar lo que dicen los libros oficiales de contabilidad. El dictamen que surja del trabajo solicitado a un censor jurado de cuentas, debe de saberlo quien lo solicite, no ser¨¢ un informe sobre lo que reflejen loslibros de contabilidad, ser¨¢ eso yadem¨¢s una comprobaci¨®n de todos aquellos elementos que compongan las cuentas de activo o de pasivo y que sean susceptibles de diferentes interpretaciones o valoraciones econ¨®micas, debido a que
los saldos contables recogidos en las cuentas de balance puedan ser m¨¢s o menos correctas o sus valores reales no se correspondan con los corrientes en el mercado. Al igual puede octirrir en cuanto a los aspectos de valoraci¨®n de existencias, cuentas de gastos e incluso los precios establecidos para la venta de sus productos, etc¨¦tera.
Hacia su implantaci¨®n obligatoria
Un dictamen de auditor¨ªa requiere un tiempo determinado necesarlo para llegar a unas conclusiones que analicen con facilidad cu¨¢l es la situaci¨®n econ¨®mica d¨¦ la empresa. Sin embargo, la normativa legal sit¨²a en quince d¨ªas el tiempo l¨ªmite para practicar el dictamen.Pueden darse situaciones muy extremas de urgencia en empresas con importantes dimensiones econ¨®micas. en donde el plazo de quince d¨ªas no pueda ser factible. Para evitar este problema, la empresa deber¨ªa ser previsora y contar con un informe con auditor¨ªa plena y total de sus estados financieros y balances econ¨®micos, que posibiliten incorporar al expediente de crisis el dictamen preceptivo en el tiempo marcado.Disponer de una auditor¨ªa total de la empresa ser¨¢ cada vez m¨¢s necesario, y llegar¨¢ el d¨ªa, no muy lejano, que se convertir¨¢ en obligatorio, pero mientras, la empresa previsora que cuente con una auditor¨ªa realizada por un censor jurado de cuentas tiene que saber y hacer valer que posee un elemento de garant¨ªa, el cual podr¨¢ incorporar como informaci¨®n ante terceros, lo cual en unos momentos dif¨ªciles en que la credibilidad y solvencia son un componente imprescindible para la salida responsable de muchos negocios se ofrece una pieza clave para una correcta relaci¨®n comercial y financiera. Pero, adem¨¢s, conviene insistir que el hecho de que un censor jurado de cuentas dictamine sobre las causas econ¨®micas de la crisis de una empresa es una responsabilidad social que se acepta por el colectivo con todas sus obligaciones y. por consiguiente, no se producir¨¢ ni un solo dictamen que no sea producto de una auditor¨ªa total y plena, y la falta de cumplimiento de las normas que al efecto se han aprobado ser¨ªa motivo de expediente sancionador dentro de nuestra corporaci¨®n, porque nuestra instituci¨®n vela por los intereses de la comunidad nacional con-una generosidad plena, anteponiendo el bien p¨²blico a los intereses privados.La situaci¨®n de crisis que nos invade hace que la responsabilidad sea extraordinaria, ya que dentro de un mundo econ¨®mico problematizado existen empresas en graves situaciones. cuya soluci¨®n puede pasar por la dram¨¢tica soluci¨®n de la anulaci¨®n total o parcial de los contratos de trabajo, pero. a su vez, tambi¨¦n estamos viendo otras empresasa las que se les empuja a la crisis, y asimismo puede existir alg¨²n caso de empresas que desean Pasar a esta situaci¨®n de crisis como soluci¨®n para un cierre r¨¢pido.Con esta problem¨¢tica, y asumiendo la funci¨®n de informador t¨¦cnico, el auditor debe de dictaminar con plena independencia sobre los motivos claros de las discrepancias que se plantean a la hora de enjuiciar las valoraciones econ¨®micas de la crisis, pues algunas veces los hechos se plantean entre un colectivo de trabajadores que ve salidas a la crisis econ¨®mica de la empresa, y unos directores, gerentes o consejos de administraci¨®n los cuales no ven m¨¢s salidas que el cierre o la reducci¨®n dr¨¢stica de la plantilla.Hay que se?alar que la situaci¨®n generalizada de la crisis econ¨®mica no debe nunca ser motivo para mandar al paro a plantillas de empresas que pueden tener soluci¨®n a sus problemas con medidas especiales. La responsabilidad profesional y la solidaridad social vividas en situaciones cr¨ªticas sit¨²an el dictamen de auditor¨ªa dentro del Estatuto de los Trabaladores, en el entramado de un arbitraje. donde se expresar¨¢n los motivos econ¨®micos con claridad y concreci¨®n, evitando ambig¨¹edades, analizando los t¨¦rminos espec¨ªficos que se han solicitado y se?alando las cuentas o elementos que no han podido ser auditados por las causas que fueren (escasez de tiempo, dificultades, etc¨¦tera).Piensen, empresarios y trabajadores, que el censor jurado de cuentas, en el ejercicio de su actuaci¨®n auditora, nunca se dejar¨¢ presionar ni manipular por ninguna de las partes, y su objetivo b 1 en concreto enmarcado en la ley consiste en dictaminar una an¨®mala situaci¨®n econ¨®mica, para que la autoridad laboral, la Administraci¨®n, dicte soluciones con base a los juicios t¨¦cnicos de un experto en contabilidad y administraci¨®n de empresas. Quiz¨¢ estas medidas, por s¨ª solas, no solucionen los problemas econ¨®micos, pero estaremos seguros que las resoluciones que se tomen con estas ,garant¨ªas ser¨¢n justas y necesarias para la empresa que las plantea, y el n¨²mero de obreros que queden en paro ser¨¢n los m¨ªnimos exigidos por la an¨®mala situaci¨®n que la empresa atraviesa y, a su vez, la econom¨ªa del pa¨ªs tendr¨¢ un ahorro en gasto p¨²blico; la garant¨ªa de los puestos de trabajo ser¨¢ m¨¢s eficaz y nuestra sociedad ganar¨¢ en transparencia gracias a un proceso de reajuste planteado con equidad y justicia.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.