El arzobispado de Madrid ratific¨® falsas anulaciones matrimoniales de Zaire
Un d¨ªa, alguien dijo a Ana, una mujer separada de 36 a?os, que su marido estaba viviendo con otra mujer y que, si quer¨ªa comprobarlo, no ten¨ªa m¨¢s que ir a determinada hora de la tarde a una cafeter¨ªa madrile?a, donde podr¨ªa encontrarlos. Ana se resisti¨® a creerlo, porque su educaci¨®n tradicional le imped¨ªa concebir nuevas uniones sentimentales, mientras el matrimonio no estuviera disuelto judicialmente. De hecho, llevaba separada m¨¢s de a?o y medio, pero no hab¨ªa ?osado? ir con otros hombres, en espera de la sentencia eclesi¨¢stica. Adem¨¢s, estaban los ni?os. Ana, indignada, se propuso averiguar si lo que le contaban era cierto.As¨ª es que esa tarde se arregl¨® m¨¢s de lo normal, y se dirigi¨® a la cafeter¨ªa del delito. Entr¨® y, recordando lo que hab¨ªa visto hacer a Ingrid Bergman en una pel¨ªcula, se sent¨® en la mesa m¨¢s discreta del local. Desde all¨ª, repas¨® uno por ano los rostros de las personas que a ocupaban, y comprob¨®, aliviada, que ?la otra? y su marido no estaban. Menos mal, pens¨®, porque encima ¨¦l se resist¨ªa a pasarle pensi¨®n. A ella, Dios m¨ªo, que hab¨ªa sacrificado sus mejores a?os teniendo siempre la casa ordenada, la comida a punto y los ni?os limpios. ?Qu¨¦ injusto era todo! Pero, afortunadamente, le hab¨ªan mentido.
Ana apur¨® el caf¨¦ y cuando iba a llamar al camarero para pagar y marcharse..., les vio. Su marido cruzaba la puerta con un aspecto m¨¢s alegre y joven que cuando viv¨ªa con ella, y a su lado iba la otra mujer, la mala, que, adem¨¢s, iba muy pintada y llevaba un vestido lemasiado ce?ido para el gusto de Ana. Era el esc¨¢ndalo, pero ella no nstaba dispuesta a dejar as¨ª las cosas. Ni pensarlo. Se fue directamente hacia ellos y les grit¨®: ?As¨ª que es verdad que te has echado una amiguita, ?eh, sinverg¨¹enza? Pues te vas a enterar. Te denunciar¨¦ y ya veremos lo que pasa?. Ambos la miraron at¨®nitos, sobre todo la ?otra?, porque era esta la primera vez en su vida que ve¨ªa a esa mujer que chillaba, y no entend¨ªa nada.
Hasta aqu¨ª, el hecho es normal. Y bastante corriente en un pa¨ªs sin ley de divorcio, donde las amas de casa son tan aficionadas a las radionovelas, y los maridos separados, tan reacios a pasar pensiones. S¨®lo que lo que ocurri¨® a continuaci¨®n ya no es en absoluto normal.
El ?marido?, tras reponerse de la sorpresa, mont¨® en c¨®lera y fue ¨¦l luien grit¨®: ??Un poco m¨¢s de respeto, Anita. Que yo contigo no tengo ya nada que ver y ¨¦sta que ves aqu¨ª, y que t¨² llamas "mi amiguita", resulta que es mi mujer leg¨ªtima, casada conmigo por la Iglesia?.
Despu¨¦s de ese bochorno, Ana cogi¨® el primer taxi que encontr¨® y se dirigi¨® a toda prisa al despacho de su abogado. ?El desenmascarar¨¢ todo este embrollo?, iba pensando. ?Comprobaremos que miente y no perder¨¦ ni la pensi¨®n, ni la parte de bienes gananciales que me corresponde?. El abogado de Ana no pudo aclararle nada, porque ¨¦l tampoco comprend¨ªa lo sucedido. Se puso en contacto Con el defensor del ?marido?, y ¨¦ste le ense?¨® una sentencia de nulidad matrimonial, escrita en franc¨¦s y con el siguiente membrete: Archidi¨®cesis de Lubumbashi. Rep¨²blica de Zaire. Tribunal Eclesi¨¢stico-Apelaciones.
"Decretamos, seg¨²n las normas..."
Su texto, transcrito literalmente, dice: ?Decreto de ratificaci¨®n. El 22-9-78, los jueces de este Tribunal Metropolitano de segundo grado, habiendo recibido despu¨¦s de la apelaci¨®n del defensor del v¨ªnculo, la sentencia de primer grado, emitida en 4-9-78, que declara la nulidad del matrimonio de (Aqu¨ª cita los nombres de los contrayentes.), celebrado en la iglesia de Santa Mar¨ªa de la Fe, de Madrid; despu¨¦s de haber constatado que la sentencia de primer grado ha analizado suficientemente los elementos que prueban la nulidad del matrimonio en causa; despu¨¦s de haber comprobado la certidumbre moral de la invalidez del consent¨ªmiento en raz¨®n de la exclusi¨®n de la indisolubilidad por parte del marido, decretamos poder ratificar, seg¨²n las normas vigentes, la sentencia afirmativa, emitida por el tribunal de primer grado, integrado por monse?or Eug¨¦ne Kabanga, reverendo padre Godefroid Musenge y reverendo padre Patrice Mwamba. Este decreto ha sido notificado a las partes en causa por el defensor del v¨ªnculo, y es ejecutorio, sin posibilidad de apelaci¨®n. Las partes en causa pueden contraer nuevo matrimonio. Dado en Lubumbashi el 2-10-78?.
La ¨²nica firma, al pie del escrito, viene estampada bajo el sello que dice: ?Le Notaire-Concordat Cum Originali?.
Como el abogado de Ana no acababa de ver claro el asunto, ya que ni firmaban los monse?ores zaire?os, ni constaba el sello de alguna de las di¨®cesis africanas de Lubumbashi o Sakania-Kipurhi, el otro letrado le despej¨® las dudas al mostrarle el siguiente documento de ratificaci¨®n: ?Tribunal Eclesi¨¢stico de Exhortos. Calle de la Pasa, n¨²meros 1-3. Madrid. Nulidad de matrimonio. Dirigido al Ilmo. Sr. juez decano de los de primera instancia de Madrid. Ilmo. Sr.: Me honro en enviar adjunto el encabezamiento y parte dispositiva de la sentencia dictada por el Tribunal Ecco. de Sakania-Kipurhi, de fecha 7 de septiembre de 1978, por la que se ha declarado nulo el matrimonio contra¨ªdo en Madrid, en la iglesia parroquial de Santa Mar¨ªa de la Fe, entre (de nuevo indica el nombre de los contrayentes), con el ruego de que se digne dar las ¨®rdenes oportunas para que por quien corresponda, se proceda a anular la inscripci¨®n de que dicho matrimonio debe obrar en el Registro Civil correspondiente. Y de haberlo as¨ª ordenado y realizado, le rogamos se digne darnos cuenta para que nosotros podamos comunicarlo al tribunal rogante para su constancia en autos. Dios guarde a V. I. muchos a?os. Madrid, 16 de octubre de 1978. Firmado: Aquilino Ruiz Mart¨ªn, juez?.
Este documento, en cambio, s¨ª lleva el sello correspondiente del Arzobispado de Madrid-Alcal¨¢-Curia de Justicia.
Apariencia legal
As¨ª las cosas el perplejo abogado de Ana no tuvo por m¨¢s que reconocer que su oponente hab¨ªa sido m¨¢s ?listo? que ¨¦l, ya que todo estaba aparentemente en regia, y no quedaba sino acatar la sentencia. Sin embargo, hizo sus gestiones, interpel¨® a Roma sobre este caso concreto de nulidad y de otras muchas que le constaban se hab¨ªan realizado en Africa, y cuando lleg¨® la contestaci¨®n del Tribunal de la Signatura Apost¨®lica del Vaticano, con fecha 21 de mayo de 1980, el abogado no daba cr¨¦dito a lo que ve¨ªa. Tuvo que leer y releer el texto y asegurarse de que nadie le hab¨ªa emborrachado durante la comida para poder creer lo que all¨ª estaba escrito: la m¨¢xima autoridad judicial de la Iglesia cat¨®lica comunicaba que el nuncio apost¨®lico en Zaire ratificaba que, ni en la di¨®cesis primera (Sakania), ni en la segunda (Lubumbashi), hab¨ªa sede de tribunal eclesi¨¢stico con tramitaciones de nulidades matrimoniales, y que en ninguna de ellas hab¨ªa pasado jam¨¢s ninguna tramitaci¨®n espa?ola.
Por tanto, la Signatura Apost¨®lica, en su calidad de encargada de la vigilancia y control de los tribunales eclesi¨¢sticos de todo el mundo cat¨®lico, ordenaba ?la revocaci¨®n de todas las sentencias ejecutadas en Espa?a como procedentes de Zaire?, al tiempo que prohib¨ªa ?nuevas ejecuciones de tal supuesta procedencia?.
El embrollo, por fin, qued¨® aclarado, y este es el resultado: varios centenares de matrimonios cat¨®licos espa?oles han sido estafados en su proceso de nulidad. Han pagado por cada proceso entre uno y dos millones de pesetas, y ahora se encuentran con que las sentencias son falsas, sus primeros matrimonios, perfectamente leg¨ªtimos a los ojos de la Iglesia, y algunos abogados se han enriquecido a su costa. La Iglesia espa?ola, de momento, guarda silencio, y no ha aceptado pronunciarse, pese a los repetidos intentos realizados por EL PA?S.
Impotentes procreadores
Esta historia casi incre¨ªble es la culminaci¨®n de una larga serie de irregularidades. Hace ya bastantes a?os, cuando hab¨ªa que anular el matrimonio de alguna familia bien situada social y econ¨®micamente, determinados abogados y determi nados jueces recurr¨ªan a una serie de ?trucos legales? que, por uno o varios millones de pesetas, tramitaban en muy pocos meses lo que otros, con menos dinero, con segu¨ªan al cabo de largos a?os de espera. Fue entonces cuando comenzaron a circular los primeros rumores sobre la peculiar adminis traci¨®n de la justicia por parte de los tribunales eclesi¨¢sticos. Y fue entonces tambi¨¦n cuando en el se no de la Iglesia comenzaron sutiles divisiones entre los prelados: unos silenciaban este tipo de anomal¨ªas porque, de buena fe, cre¨ªan que era la ¨²nica manera de poner en pr¨¢ctica algo que para ellos era necesario: la disoluci¨®n matrimonial de los c¨®nyuges cuya convivencia era un infierno. Otros tambi¨¦n las silenciaban, pero tal vez con menos buena fe. Y el ex decano del Tribunal de La Rota espa?ola, Le¨®n del Amo Pach¨®n, apoyaba, junto a un tercer grupo, la tesis de que hab¨ªa que ser coherente con la doctrina del Vaticano II, que impide ?los divorcios simulados? y fue ¨¦l quien, quiz¨¢ por primera vez, habl¨® desde dentro de la corruptela en la curia espa?ola.
Mientras tanto, el personal le¨ªa asombrado en las revistas del coraz¨®n c¨®mo cantantes, actores, actrices, toreros y miembros de la nobleza se casaban y descasaban por la Iglesia con inusitada rapidez. Todo era legal, todo estaba en regla, pero en la mente de algunas personas surgieron, cuando menos, algunas dudas.
?C¨®mo es posible -se ha preguntado mucha gente- que a fulanito y menganita les hayan concedido la nulidad por impotencia del marido, y ¨¦ste, en segundas nupcias, haya recobrado de pronto la energ¨ªa sexual necesaria. para engendrar prole numerosa y cobrar los descuentos de la Renfe?
?C¨®mo es posible tambi¨¦n que hayan invalidado un matrimonio tras diez a?os de convivencia por ?incapacidad de asumir las obligaciones de la relaci¨®n conyugal? y despu¨¦s la misma Iglesia, les haya casado nuevamente con otras personas?
Todas estas cosas, as¨ª como ?otros casos de permisividad que nos resistimos a citar, aunque los publican revistas y diarios, con grave esc¨¢ndalo para el pueblo fiel?, las recog¨ªa alguien tan poco sospechoso de anticlericalismo como el citado ex decano Le¨®n del Amo, en un extenso informe sobre las causas matrimoniales publicado en 1978 en la Revista Espa?ola de Derecho Can¨®nico. Monse?or Del Amo alud¨ªa en aquel trabajo a ?corruptelas frecuentes, como testigos preparados o fuga de causas en busca de jueces complacientes?, y lo resum¨ªa con una sencilla frase: ?Las causas que se tramitan con rapidez son las de los ricos, en detrimento siempre de las de los pobres?.
Monse?or Del Amo, desde una perspectiva integrista, pero coherente, denunciaba que lo que estaba ocurriendo en los tribunales de Barcelona era similar a lo que acaec¨ªa en Las Vegas: ?All¨ª es notorio que lo normal es obtener f¨¢cilmente declaraciones de nulidad de matrimonio, y son tantas?, escrib¨ªa, ?que no hay proporci¨®n natural entre los pocos tribunales existentes y el n¨²mero crecido de matrimonios declarados nulos?.
Despu¨¦s, tras preguntarse si la Iglesia pod¨ªa tolerar los ?privilegios de los ricos, ya que la Iglesia es madre espiritual tambi¨¦n de los pobres?, analizaba, caso por caso, los tribunales extranjeros. De lo que ocurr¨ªa en el de la Rep¨²blica Centroafricana de Bangui se escandalizaba monse?or Del Amo porque se concedi¨® una nulidad alegando ?miedo reverencial infundido a la novia por sus padres?, mientras que la tal novia ?era mayor de edad, viv¨ªa en Madrid con independencia absoluta, econ¨®mica y social, de sus padres, a los que ve¨ªa muy de tarde en tarde, ya que ¨¦stos viv¨ªan tranquilamente en el pueblo de Mondo?edo (Lug¨®)?.
Siguiendo con los ejemplos, cuenta el ex decano la historia de. dos esposos espa?oles, sin otro domicilio ni residencia fuera de Espa?a, que se casaron en C¨¢diz y despu¨¦s se trasladaron a vivir a Madrid. Mientras convivieron juntos tuvieron varios hijos, hasta que, ?por infidelidades y convivencia insoportable?, la esposa pidi¨® la separaci¨®n, de acuerdo con el marido, ante el tribunal de Madrid. Ambos la obtuvieron, y el juez, considerando que los hijos ?no podr¨ªan educarse cat¨®licamente ni con el padre ni con la madre ?, se los concedi¨® en custodia a los abuelos maternos.
Pelea familiar
Pas¨® alg¨²n tiempo y el marido quiso casarse nuevamente por la Iglesia con otra mujer. As¨ª que acudi¨® a un tribunal centroafricano y en pocas semanas obtuvo una sentencia de nulidad, en la que se a?ad¨ªa adem¨¢s que los hijos fueran educados por el padre y la madre. Los abuelos, en cuanto se enteraron, dijeron que de ninguna manera, que la sentencia v¨¢lida era la de Madrid, a lo que el padre, tambi¨¦n con raz¨®n, dec¨ªa que la leg¨ªtima era la expedida en Centro¨¢frica. Todav¨ªa debe durar la pelea entre padres y abuelos, pues nada hay legislado al respecto para deshacer tama?a contradicci¨®n.
Entre tanto, y sin que pareciera que iban a cambiar las cosas, se nombra, a primeros del pasado a?o, a Luis Guti¨¦rrez como nuevo vicario judicial del arzobispado de Madrid-Alcal¨¢, por fallecimiento del anterior. Una de las primeras resoluciones adoptadas por monse?or Guti¨¦rrez fue la de suspender la actuaci¨®n ante los tribunales de la Iglesia al abogado matrimonialista Ignacio Careaga, por ?presuntas injurias a este tribunal?. Las injurias a las que se refer¨ªa el reci¨¦n nombrado vicario respond¨ªan a las acusaciones p¨²blicas de ?corrupci¨®n? que el citado abogado hab¨ªa hecho sobre la administraci¨®n de la justicia por parte de la curia. Ignacio Careaga recurri¨® contra la sanci¨®n elaborando dos voluminosos expedientes en los que se recog¨ªan toda clase de documentos destinados a probar si hab¨ªa o no corrupci¨®n. Un cardenal espa?ol integrista, pero tambi¨¦n coherente con las ¨²ltimas directrices del Vaticano, gestion¨® una invitaci¨®n a Roma del citado abogado para que hiciese llegar a la Signatura Apost¨®lica los citados expedientes. Durante unos meses, la Rota romana guard¨® silencio, pero en el mes de julio del pasado a?o, y precisamente cuando se iba a convocar la 31? Asamblea Plenaria de la Conferencia Episcopal Espa?ola, lleg¨® una orden de la Santa Sede en la que se exig¨ªa a la curia espa?ola un pronunciamiento sobre si hab¨ªa o no corrupci¨®n.
Esta circunstancia alter¨® sobremanera el desarrollo normal de la conferencia. El cardenal de Toledo, Marcelo Gonz¨¢lez, exigi¨® de manera acalorada que dicho pronunciamiento se hiciera p¨²blico y constase expl¨ªcitamente en el comunicado final de la asamblea. Tras una tumultuosa votaci¨®n (que cont¨®, al parecer, con la oposici¨®n del presidente Taranc¨¢n) sali¨® aprobada la publicaci¨®n del siguiente texto: ?Sin que de ninguna manera admitamos como absolutamente verdaderas y objetivas muchas de las acusaciones que se lanzan contra la actuaci¨®n de algunos tribunales, no desconocemos que en algunos casos los procedimientos en s¨ª mismos o determinadas circunstancias de tiempo y lugar han producido graves deterioros en el testimonio de justicia que la Iglesia debe dar ante el mundo?. La cosa, pues, qued¨® en tablas, al menos dentro de la Iglesia espa?ola.
Testigos corruptos
Sin embargo, Ignacio Careaga continu¨® remitiendo a Roma nuevas denuncias entre los meses de septiembre de 1979 y enero de 1980. En febrero de este a?o, el papa Wojtila aprovech¨® la alocuci¨®n que tradicionalmente dirige a los jueces de la Rota romana al comienzo de cada ejercicio judicial, para llamar su atenci¨®n sobre el tema. Dijo entonces el Pont¨ªfice -y as¨ª consta recogido en el Acta Apostolicae Sedis- que: ?Sucede con frecuencia que los testigos, a causa de la corrupci¨®n, son inducidos f¨¢cilmente a emitir falso testimonio. Desgraciadamente, ni siquiera hoy los testigos est¨¢n inmunes a la posibilidad de prevaricaci¨®n?. Por primera vez, aunque de manera indirecta, la m¨¢xima autoridad de la Iglesia cat¨®lica se hab¨ªa atrevido a emplear p¨²blicamente la palabra corrupci¨®n. Cuando dijo esto el Papa, ya hab¨ªan llegado al Vaticano todos los detalles relacionados con el negocio fraudulento de Zaire.
Desde entonces se han producido dos hechos que pudieran ser tambi¨¦n significativos. Por un lado, la reciente decisi¨®n del vicario Luis Guti¨¦rrez de amenazar a la abogada Cristina Alberdi con retirarle el permiso de actuaci¨®n -venia- ante los Tribunales Eclesi¨¢sticos, decisi¨®n retirada a tiempo por el cardenal Taranc¨®n. Sin embargo, a consecuencia de esa amenaza, la presidenta de la Asociaci¨®n Espa?ola de Mujeres Separadas, Ana Mar¨ªa P¨¦rez del Campo, remiti¨® una carta personal al vicario en la que dec¨ªa: ?Ustedes no est¨¢n defendiendo la doctrina de la Iglesia en esta ocasi¨®n, como tampoco la defend¨ªan cuando en el a?o 1979 suspendieron por primera vez al letrado Ignacio Careaga conocido p¨²blicamente por su lucha contra la corrupci¨®n, bajo la supuesta acusaci¨®n de desacato e injurias a los tribunales?.
?Entonces y ahora?, continuaba la carta, ?suspenden ustedes a dos letrados que se han atrevido, en el primer caso, a luchar fervientemente contra la corrupci¨®n dentro de la m¨¢s estricta observancia de la doctrina de la Iglesia, y en el segundo, a denunciarla, como hizo valientemente la abogada Cristina Alberdi en un debate sobre el divorcio, promovido por el Club Di¨¢logos para la Democracia, en mayo pasado, compartiendo la mesa de ponentes con el padre Mart¨ªn Patino?. ??Acaso deseconoce usted?, prosegu¨ªa, ?que un alto porcentaje del personal de su curia trabaja en despachos particulares de abogados, desde un simple cursor hasta el reci¨¦n apartado del cargo, se?or Palomar, fiscal de varios de sus tribunales??.
?Esa vicar¨ªa?, finalizaba, ?tendr¨¢ que rendir cuentas cumplidas de muchas cosas que no est¨¢n claras y deber¨¢ usted tambi¨¦n explicar por qu¨¦ ha retenido durante varios meses la notificaci¨®n del decreto de la Signatura revocando las sentencias falsas de Zaire, sin que se haya dirigido usted al se?or decano de los juzgados de primera instancia de Madrid, para la debida efectividad civil del decreto romano?.
Todas estas cosas y algunas m¨¢s, dirigidas en tono duro hacia el vicario, fueron escritas por Ana Mar¨ªa P¨¦rez del Campo. A los pocos d¨ªas, recib¨ªa la contestaci¨®n del vicario, que no dej¨® de sorprender a la presidenta de Mujeres Separadas: ?Distinguida se?ora?, comenzaba Luis Guti¨¦rrez, ?he recibido su escrito de fecha 26 de septiembre, al que gustosamente correspondo por la presente. Soy consciente de mis limitaciones para el desempe?o de este oficio, que requiere cualidades relevantes en la persona de su titular. Sus observaciones me hacen tomar mayor conciencia todav¨ªa de esas limitaciones. S¨¦ igualmente, que la buena voluntad que creo poner no basta para el recto ejercicio de este cargo. Por consiguiente, no puedo menos que agradecer sinceramente sus puntos de vista y el juicio que mi gesti¨®n le merece, pues todo ello puede servirme para mi gobierno. Con mis mejores sentimientos, le saluda, Luis Guti¨¦rrez, vicario judicial del arzobispado de Madrid-Alcal¨¢?.
Ana Mar¨ªa P¨¦rez del Campo dijo a EL PA?S, nada m¨¢s leer la respuesta del vicario, que no sab¨ªa muy bien si se trataba de una tomadura de pelo, pues no llegaba a explicarse tal dosis repentina de ?humildad?.
Quiz¨¢ este cambio de actitud tuviera algo que ver con las contundentes palabras pronunciadas hace muy pocos d¨ªas por el prefecto del Supremo Tribunal de la Signatura Apost¨®lica, cardenal Pericles Felici, durante el s¨ªnodo de obispos que se est¨¢ celebrando en Roma. ?Algunas de las motivaciones esgrimidas para conseguir anulaciones matrimoniales?, dec¨ªa el prefecto Felici, ?suscitan preocupaciones, porque aparecen dudosas o ambiguas. En un solo pa¨ªs del mundo, se ha pasado en los ¨²ltimos diez a?os, de 450 anulaciones anuales a m¨¢s de 5.000. Por eso hago un llamamiento a todos los tribunales eclesi¨¢sticos para que eviten los fraudes en las sentencias de anulaci¨®n?.
El cardenal no cit¨® el pa¨ªs, pero en diversos medios espa?oles relacionados con la judicatura eclesi¨¢stica se piensa que muy bien pudo referirse a Espa?a. Y en Espa?a, mientras tanto, la Iglesia guarda silencio sobre el tema. Las resoluciones finales siguen pendientes y todas las energ¨ªas de determinados prelados parecen dirigirse ¨²nicamente a combatir nuestra incipiente ley del divorcio, considerada por el cardenal primado de Toledo como ?el mal mayor?.
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