Admitida la investigaci¨®n biol¨®gica de la paternidad
En los juicios para determinar la filiaci¨®n de los hijos se podr¨¢ efectuar la investigaci¨®n biol¨®gica de la paternidad, seg¨²n establece el art¨ªculo 127 del proyecto de ley de modificaci¨®n del C¨®digo Civil en materia de filiaci¨®n y patria potestad, aprobado ayer por la Comisi¨®n de Justicia del Congreso. La redacci¨®n de este art¨ªculo rompe con la tradici¨®n, heredada del derecho napole¨®nico, de que se pod¨ªa averiguar cient¨ªficamente la maternidad, pero nunca la paternidad, con el consiguiente trato dlscriminatorio para la mujer.Nuestro actual C¨®digo Civil dispone, en su art¨ªculo 141, que, excepto en los casos de delito (violaci¨®n, estupro e incesto), ?no se admitir¨¢ en juicio demanda alguna que, directa ni indirectamente, tenga por objeto investigar la paternidad de los hijos ileg¨ªtimos?, de tal manera que a la madre soltera le resultaba imposible probar que determinado hombre era el padre de su hijo, y no poder obligarle, por tanto, a compartir su sustento ni su educaci¨®n. La inspiraci¨®n de este art¨ªculo proviene del c¨®digo de Napole¨®n, cuyo legislador lo razon¨® en base a ?evitar que las mujeres solteras pudieran elegir como padres de sus hijos a los m¨¢s ricos de cuantos las frecuentaran?. ?Suprimir aberraciones como ¨¦sta? dijo el ponente de UCD, Jos¨¦ Antonio Escart¨ªn, ?justifican en si mismas todo el proceso de reforma del c¨®digo ?.
Sin embargo, el p¨¢rrafo segundo de este art¨ªculo suscit¨® oposici¨®n y enmiendas en la comisi¨®n. Dec¨ªa as¨ª: ?El juez rechazar¨¢ de plano la demanda (de investigaci¨®n de paternidad o maternidad), si con ello no se presentan pruebas suficientes de los hechos en que se funde?. La uni¨®n del grupo comunista y de la diputada de Coalici¨®n Democr¨¢tica, Mar¨ªa Victoria Fern¨¢ndez Espa?a (cuyas veinte enmiendas al ariculado est¨¢n dirigidas a ?favorecer a la mujer?, seg¨²n declar¨® a EL PAIS), as¨ª como la oposici¨®n de los socialistas, rebaj¨® la redacci¨®n de dicho p¨¢rrafo: en lugar de ?rechazar¨¢ de plano?, qued¨® ?no admitir¨¢?, y el de ?pruebas suficientes? fue sustituido por ?principio de prueba?. La argumentaci¨®n de UCD para mantener esta disposici¨®n es que ?as¨ª evitaremos los chantajes que pudieran hacerse por el esc¨¢ndalo que supone una investigaci¨®n de la paternidad?. Los Socialistas de Catalu?a, por su parte, recordaron a la comisi¨®n que la investigaci¨®n de la paternidad est¨¢ reconocida desde hace muchos a?os en el derecho foral catal¨¢n y en el navarro, y que ?no sabemos de ning¨²n caso de chantaje?. No obstante, medidas de ?prudencia ante la introducci¨®n de un art¨ªculo de tanta importancia social? movieron a UCD a su mantenimiento.
En cuanto a la efectividad real de esta prueba, el ginec¨®logo madrile?o doctor Navazo declar¨® ayer a EL PAIS que ?actualmente se puede conocer, con un margen de error de un caso entre 100.000, qui¨¦n es el padre de un ni?o mediante la investigaci¨®n sobre el grupo sangu¨ªneo?.
Reconocimiento del hijo
Por lo dem¨¢s, la comisi¨®n aprob¨® ayer todo el cap¨ªtulo referente a la filiaci¨®n, que comprende un total de quince art¨ªculos, entre los que destaca el 125, relativo a la filiaci¨®n de los ni?os incestuosos. La novedad m¨¢s importante que introduce el actual proyecto de ley es la posibilidad de los progenitores de reconocer a su hijo (prohibida en el actual c¨®digo), mediante la aprobaci¨®n del juez o del ministerio fiscal, con la salvedad de que el hijo, una vez alcanzada la mayor¨ªa de edad, podr¨¢ impugnar tal reconocimiento, si lo considera vergonzante. El art¨ªculo 133, que trata de la reclamaci¨®n de filiaci¨®n por parte del hijo, se ha modificado alargando el plazo de diez a?os impuesto por la ponencia a ? toda la vida?, en base a qu¨¦ ?un hijo tiene derecho de por vida a reconocer qui¨¦nes son sus padres?. De la secci¨®n tercera, que dec¨ªa: ?De la impugnaci¨®n de la paternidad del marido?, se han suprimido las dos ¨²ltimas palabras, ?porque era una redacci¨®n machista?, y, finalmente, se ha prolongado a un a?o la posibilidad de la madre soltera para impugnar la declaraci¨®n de paternidad. Durante el d¨ªa de hoy, la ponencia tratar¨¢ el cap¨ªtulo relativo a la patria potestad.
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