Los obispos portugueses critican la Constituci¨®n
La conferencia permanente del episcopado portugu¨¦s considera inaceptables algunas de las disposiciones de la Constituci¨®n. En un documento divulgado el pasado mi¨¦rcoles, la jerarqu¨ªa cat¨®lica portuguesa se pronuncia, por primera vez, acerca de los principios que deben, en su opini¨®n, orientar la pr¨®xima revisi¨®n de la ley fundamental del pa¨ªs.
Las principales exigencias de los obispos se vuelcan sobre la familia, que debe, seg¨²n ellos, ?ser reconocida y defendida como c¨¦lula b¨¢sica de la sociedad?. Una familia, naturalmente, basada en el ?matrimonio uno e indisoluble?. Sin atacar frontalmente el divorcio, autorizado desde 1975, despu¨¦s de negociaciones con el Vaticano para la revisi¨®n del concordato, la jerarqu¨ªa cat¨®lica se pronuncia contra algunas disposiciones de la Constituci¨®n portuguesa que establecen la igualdad entre las uniones libres y los matrimonios jur¨ªdicos y entre los hijos nacidos fuera o dentro del matrimonio, por considerar que ambas disposiciones, ?atentan contra el prestigio del matrimonio?.El documento de la conferencia episcopal condena ?tajantemente el aborto y la eutanas¨ªa?, y no admite otro modo de regulaci¨®n de los nacimientos que no sean ?los puramente naturales?, atacando de paso los centros oficiales de planificaci¨®n familiar, por utilizar ?m¨¦todos contrarios a la sana moral?.
Exige el episcopado un tratamiento de plena igualdad entre ensenanza privada y estatal y una ?mayor colaboraci¨®n entre la Iglesia y el Estado?, sin perjuicio de la libertad reconocida a las otras confesiones, ya que ?el cristianismo es la gran fuerza espiritual? de Portugal.
M¨¢s discreto en el plano pol¨ªtico, el documento de los obispos se limita a recordar que el cristiano no puede abrazar ?la doctrina marxista ni el materialismo ateo, ni la dial¨¦ctica de la violencia ( ... ), pero tampoco el liberalismo que no admite limitaciones a la libertad individual?. Este ¨²ltimo motivo es la raz¨®n, por la cual la Iglesia, aunque defensora de la propiedad privada, admite la ?apropiaci¨®n de los bienes por la autoridad leg¨ªtima, en provecho de la comunidad y mediante compensaci¨®n equitativa?.
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