?Defensa de la familia o defensa del poder?
El l¨ªder socialista Alfonso Guerra, en unas declaraciones publicadas por este peri¨®dico el 4 de febrero de 1981, dec¨ªa: ?Todas las derechas del mundo admiten una ley de divorcio, pero aqu¨ª identifican divorcio con la ca¨ªda de su modelo de sociedad, lo cual supone retrotraernos a unas posiciones tan ancestrales que no hay posibilidad de un Gobierno moderno desde esa derecha ?. No sin tristeza, pues siempre he aspirado a insertarme en una derecha progresiva y abierta, me veo obligado a suscribir las frases transcritas, de la cruz a la. fecha. Apenas es concebible, en efecto, desde una perspectiva no ya europea, sino simplemente civilizada, que la discrepancia sobre determinados matices de una proyectada ley de divorcio sea una de las causas desencadenantes de la desintegraci¨®n del partido gubernamental, y que la Iglesia cat¨®lica adopte una postura beligerante frente a un proyecto de ley sometido a la consideraci¨®n del ¨®rgano supremo de la soberan¨ªa nacional y que, por si fuera poco, ha sido ya dictaminado favorablemente por la Comisi¨®n de Justicia de las Cortes.Desde que asum¨ª, en el plano estrictamente jur¨ªdico, la defensa de la tesis divorcista sab¨ªa que tendr¨ªa que enfrentarme no s¨®lo con los sectores m¨¢s reaccionarios de nuestra derecha, sino tambi¨¦n, con los que, bajo una apariencia de modernidad, eran, en el fondo, y al menos en esta cuesti¨®n concreta, casi tan dogm¨¢ticos e intransigentes como los primeros. La larga experiencia que he ido adquiriendo como vocal permanente de la Comisi¨®n General de Codificaci¨®n me ha ense?ado en qu¨¦ medida es dif¨ªcil llegar a una soluci¨®n medianamente razonable. Primero, las t¨¢cticas dilatorias; despu¨¦s, la pretensi¨®n, a mi juici¨® descabellada, de que era menester conceder a los espa?oles la opci¨®n entre el matrimonio indisoluble y el disoluble; finalmente, y cuando esta segunda l¨ªnea de resistencia fue tambi¨¦n abatida, el intento de articular un proyecto anticuado, basado, encubiertamente, en la culpabilidad. A costa de ¨ªmprobos esfuerzos, la comisi¨®n elabor¨® un anteproyecto que pod¨ªa considerarse aceptable, pero del que, quien era a la saz¨®n ministro de Justicia y sus m¨¢s directos colaboradores, hicieron pr¨¢cticamente mangas y capirotes.
Sab¨ªa tambi¨¦n que esta postura negativa ven¨ªa determinada por la influencia decisiva de uno de los poderes ficticos con mayor implantaci¨®n en ciertos sectores de nuestra sociedad: la Iglesia cat¨®lica (me refiero, claro est¨¢, a la Iglesia oficial, pues no todos los cat¨®licos, ni siquiera muchos sacerdotes, comparten sus criterios). Y present¨ªa que la intervenci¨®n de ese poder f¨¢ctico pod¨ªa constituir la ¨²ltima, y tal vez insalvable, barrera. As¨ª lo denunci¨¦ en mi art¨ªculo ?La Iglesia cat¨®lica y el tema del divorcio?, publicado en EL PAIS, el 12 de septiembre de,, 1979.
Llegados a este punto, me interesa dejar bien claro que yo soy respetuoso con quienes no comparten mis ideas acerca del divorcio, sean obispos o no, y que, por a?adidura, admito la llamada ?indisolubilidad intr¨ªnseca del matrimonio,,,. o, para decirlo en t¨¦rminos m¨¢s asequibles y menos esot¨¦ricos, que no soy partidario del divorcio por mutuo consentimiento. Esto no quiere decir que haya de rechazarse igualmente la simple separaci¨®n consensual, por dos razones que me parecen incuestionables: porque no hay forma humana de imponer la convivencia a dos c¨®nyuges que no quieren vivir juntos, y porque la separaci¨®n de hecho es una situaci¨®n an¨®mala y altamente perturbadora, como saben muy bien todos los profesionales del Derecho. Que despu¨¦s de un margen de tiempo prudencial esta separaci¨®n, como cualquier otra, pueda transformarse en divorcio, es coherente con la filosof¨ªa del llamado, con m¨¢s o menos acierto, ?divorcio remedio?, que fundamenta la disoluci¨®n del v¨ªnculo conyugal en la desaparici¨®n del matrimonio, pensando como realidad concreta. Sistema que, para el bien de la familia, es infinitamente preferible al divorcio fundado en la pesquisa de una culpabilidad, que obliga, eventualmente, a descender (como puede constatar quien se moleste en consultar la jurisprudencia can¨®nica en tema de separaciones) a detalles que rozan lo pornogr¨¢fico.
Respeto, pues, aunque discrepe de su contenido, el nuevo documento episcopal sobre el divorcio. M¨¢s he de protestar, con toda energ¨ªa, acerca de su oportunidad. La comisi¨®n episcopal hab¨ªa dejado bien claros sus planteamientos en la ?Instrucci¨®n colectiva sobre el divorcio civil?, de 23 de noviembre de 1979. No hac¨ªa falta, para fijar la postura de la Iglesia en torno al divorcio, repetir lo ya dicho, y es, del cambio, absolutamente inadmisible el intento, clar¨ªsimo, de coaccionar al legislador, aprovechando el enfrentamiento, en el seno de UCD, entre el sector democristiano y el socialdem¨®crata.
Por otra parte, y para quien se pare a reflexionar sobre la actitud de la Iglesia y de sus ep¨ªgonos, resulta por lo menos sorprendente que la defensa de un inter¨¦s tan digno de protecci¨®n como la estabilidad de la familia se aborde exclusivamente desde la perspectiva del divorcio. Que no es ' como dicen los obispos, ?un remedio al mal que se intenta atajar?, sino la regularizaci¨®n de una situaci¨®n derivada de ese mal, la crisis del matrimonio, que no se combate decretando la indisolubilidad de un v¨ªnculo jur¨ªdico, c¨¢scara vac¨ªa de contenido cuando la vida conyugal se ha extinguido.
?O es que la Iglesia cree que el mal se ataja recurriendo al subterfugio de la nulidad? Seamos serios. Todos sabemos que en la inmensa mayor¨ªa de casos se declaran nulos matrimonios que, a la luz del propio Derecho can¨®nico, son v¨¢lidos. No sirve decir que, si los esposos mienten, all¨¢ ellos con su conciencia, cuando la primera condici¨®n, casi siempre, para que una demanda de nulidad prospere es, de hecho, el acuerdo entre los c¨®nyuges. ?No es esto un divorcio, por mutuo consentimiento, encubierto bajo el ropaje de un artilugio jur¨ªdico, largo y caro y al que s¨®lo pueden acceder ciertos privilegiados? ?Qu¨¦ decir, en fin, de esas sentencias dictadas por tribunales eclesi¨¢sticos inexistentes y cuya operatividad, hasta que se ha descubierto el fraude, revela un grado de negligencia dif¨ªcilmente excusable?
Pero hay m¨¢s. El Pleno del Congreso acaba de aprobar el proyecto de ley sobre filiaci¨®n. El proyecto ha sido aprobado pr¨¢cticamente sin protestas y sin que en ¨¦l parase mientes, por lo visto, la comisi¨®n episcopal. No creo que nadie pueda acusarme de conservador a la hora de enfrentarme con la reforma del derecho de familia. del discurso de ingreso en la Real Academia de Jurisprudencia y Legislaci¨®n, todav¨ªa en tiempos del franquismo, que es cuando ten¨ªa alg¨²n valor decir p¨²blicamente ciertas cosas, constituy¨® un alegato contra el trato discriminatorio e injusto que nuestras leyes civiles dispensaban (y a¨²n dispensan) a los llamados hijos ileg¨ªtimos. Pero jam¨¢s preconic¨¦ que se borrase toda diferencia entre la filiaci¨®n matrimonial y la no matrimonial. Pues bien, el proyecto que acaba de ser aprobado no s¨®lo concede a los hijos no matrimoniales los mismos derechos frente a sus padres que a los matrimoniales (lo que es conforme con la Constituci¨®n), sino que extiende esos derechos a toda la parentela (que es m¨¢s de lo que reclama el mandato constitucional). Se viene a crear desde la ley -como he dicho en distintas ocasiones, sin que nadie me haya hecho caso, empezando por los obispos- una familia paralela que ni siquiera tiene, muchas veces, una base sociol¨®gica suficiente. A m¨ª me parece que as¨ª se consuma un ataque mucho m¨¢s grave contra la estabilidad de la familia que admitiendo -dentro de ciertos l¨ªmites- el divorcio vincular.
Ante actitudes tan parad¨®jicas, ante silencios que no tienen explicaci¨®n y que contrastan con la apasionada y desmedida defensa de la indisolubilidad del matrimonio, es l¨ªcito preguntarse: ?Qu¨¦ es lo que en realidad se est¨¢ defendiendo, la estabilidad de la familia o una parcela de poder a la que todav¨ªa hay que aferrarse con las u?as y con los dientes?
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