Primera designaci¨®n libre de un ¨¢rbitro laboral tras la inconstitucionalidad del laudo
Por vez primera desde que el Tribunal Constitucional declarara -el pasado d¨ªa 8- inconstitucional el establecimiento del laudo, las dos partes negociadoras de un convenio colectivo han acordado designar libremente un ¨¢rbitro para la resoluci¨®n de su conflicto.
Los representantes sindicales y empresariales del sector textil han propuesto como ¨¢rbitro del problema que les separa al director general de Trabajo, Fernando Somoza.Una sentencia del Tribunal Constitucional del d¨ªa 8 del presente mes, entre otros puntos, anulaba la figura del laudo de obligado cumplimiento dictado por la autoridad laboral, y se remit¨ªa a que ambas partes designasen libremente un ¨¢rbitro.
El Ministerio de Trabajo pod¨ªa haberse acogido, sin embargo, a la todav¨ªa vigente ley de huelga, debido a que a¨²n no se ha publicado la sentencia del Tribunal Constitucional en el Bolet¨ªn Oficial del Estado. Pero aquel departamento ha estimado que, aunque legalmente puede obrar as¨ª, ¨¦ticamente no deb¨ªa hacerlo.
El pasado mi¨¦rcoles, las partes negociadoras del convenio nacional del sector textil se sometieron, en el tr¨¢mite de conflicto colectivo promovido conjuntamente por las centrales sindicales USO y UGT y las organizaciones empresariales, al arbitraje del director general de Trabajo.
En el curso de la reuni¨®n, en que no hubo avenencia conciliatoria respecto al tema salarial, se adoptaron diferentes acuerdos entre ambas representaciones relativos al articulado del vigente convenio colectivo de la industria textil, y acordaron someterse a laudo en arbitraje voluntario, a dictar por el director general de Trabajo.
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