Desde hoy, los subsidios de paro estar¨¢n en funci¨®n del per¨ªodo de cotizaci¨®n
Desde hoy, el subsidio de desempleo se percibir¨¢ en funci¨®n del per¨ªodo de cotizaci¨®n del trabajador afectado. El reglamento de prestaciones por desempleo, que regula el sistema de percepci¨®n del seguro de paro, fue publicado en el Bolet¨ªn Oficial del Estado de ayer. Su s¨ªntesis es la siguiente:
- Campo de aplicaci¨®n: todos los trabajadores por cuenta ajena incluidos en el R¨¦gimen General de la Seguridad Social y en los reg¨ªmenes especiales que proteg¨ªan la contingencia de desempleo. Los trabajadores por cuenta ajena de car¨¢cter fijo incluidos en la Seguridad Social Agraria.- Tipo de prestaciones: por desempleo total, por desempleo parcial, para pagar cuota de Seguridad Social durante per¨ªodo de percepci¨®n de prestaciones, y prestaciones complementarias.
- Prestaciones complementarias: para trabajadores que hayan agotado el derecho a las prestaciones normales y tengan a su cargo responsabilidades familiares; para trabajadores retornados del extranjero no asimilados; becas y ayudas formativas, as¨ª como pr¨¦stamos, y prestaciones m¨¦dico-farmac¨¦uticas para trabajadores que hayan agotado el per¨ªodo de percepci¨®n.
- Duraci¨®n de la prestaci¨®n: hasta 36 meses, la prestaci¨®n se percibir¨¢ durante la mitad de tiempo respecto al per¨ªodo de cotizaci¨®n; es decir, por seis meses de cotizaci¨®n, tres meses de prestaciones; por doce meses, seis; por dieciocho, nueve; por veinticuatro, doce; por treinta; quince meses, y m¨¢s de 36 meses, dieciocho meses de prestaci¨®n, es decir, a?o y medio como m¨¢ximo para las percepciones normales. Podr¨¢n ser ampliadas a veinticuatro meses, en que pueda su concesi¨®n cubrir el per¨ªodo preciso para tener derecho a jubilaci¨®n.
- Cuant¨ªa de la prestaci¨®n: durante los 180 primeros d¨ªas de percepci¨®n, el 80% del promedio de la base por la que haya cotizado el trabajador en los ¨²ltimos seis meses precedentes.
- Extinci¨®n del derecho: por agotamiento del plazo; trabajo retribuido prestado por tiempo superior a seis meses; rechazo de una oferta de colocaci¨®n adecuada, o negativa infundada a participar en cursos de formaci¨®n profesional.
- Compatibilidades: la prestaci¨®n es compatible con indemnizaci¨®n por despido y becas y ayudas por asistencia a cursos de formaci¨®n.
- Incompatibilidades: con rentas por trabajo por cuenta propia. En situaci¨®n de pluriempleo, si al trabajador se le extingue su relaci¨®n laboral en alguno de los empleos se le reconocer¨¢ el derecho si re¨²ne los requisitos.
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