?Y la reforma penitenciaria?
El notorio retraso en la aprobaci¨®n del reglamento que debe desarrollar la ley Org¨¢nica General Penitenciaria est¨¢ produciendo no poco malestar entre la poblaci¨®n reclusa espa?ola, que ve de esta forma postergada sine die la total y efectiva aplicaci¨®n de la tan cacareada y nunca vista reforma penitenciaria; alienta este retraso, de otra parte, una contradictoria, cuando no arbitraria, interpretaci¨®n de la legalidad vigente y, en suma, hace posible el mantenimiento de formas y m¨¦todos ya caducos.El mutismo de que hace gala la Direcci¨®n General de Instituciones Penitenciarias en el sentido de no establecer provisionalmente una interpretaci¨®n de la ley que homogeneizase la praxis penitenciaria, al menos en sus puntos m¨¢s acuciantes y conflictivos, y que a la par sirviera como cortapisa de arbitrarias medidas, s¨®lo es comprensible si se tiene en cuenta que quienes en la actualidad debieran optar por tal soluci¨®n, estuvieron siempre, con las excepciones de rigor, y lo siguen estando contra la mal llamada reforma penitenciaria. Es decir, que ni creen ni han cre¨ªdo nunca en la viabilidad y posible eficacia de las vigentes normas.
As¨ª las cosas, nos encontramos por otra parte ante un hecho incuestionable: nuestras prisiones son en su inmensa mayor¨ªa como grandes cajones donde el hacinamiento y falta de higiene, la carencia de medios materiales y de cualificaci¨®n y n¨²mero en los humanos hace posible a diario desde el homosexualismo impuesto mediante la coacci¨®n f¨ªsica, el robo, la venta y consumo de drogas, al suicidio y un largo etc¨¦tera que convierten a nuestras prisiones en forzados submundos donde la administraci¨®n penitenciaria no puede, hoy por hoy, garantizar a la mayor¨ªa de los internos no ya su reeducaci¨®n y reinserci¨®n social, sino algo mucho m¨¢s primario como es su integridad f¨ªsica o sexual. Frente a ello la administraci¨®n penitenciaria mantiene en los puestos de responsabilidad y a¨²pa a estos funcionarios carentes, por regla general, de una preparaci¨®n adecuada y de una actualizada mentalidad penitenciaria, pero, eso s¨ª, con un preclaro expediente de fidelidad a las viejas formas, y ¨²nicas, por supuesto, que saben aplicar; funcionarios que convierten las prisiones en centros eminentemente punitivo-custodiales, por su incapacidad para digerir diferentes planteamientos que conllevar¨ªan ineludiblemente nuevas soluciones.
Nace de esta manera lo que podr¨ªa llamarse el s¨ªndrome de fuga, caracterizado por ese prurito que pesa sobre el funcionariado de considerar el m¨¢s m¨ªnimo dato como indicio de una potencia? evasi¨®n o alteraci¨®n del orden, o sea, la determinaci¨®n de las prisiones como problema de seguridad exclusivamente; deformaci¨®n profesional, en definitiva, que, propiciada y alimentada desde los puestos de responsabilidad, seca la iniciativa de los funcionarios y los frustra en cuantas andaduras puedan iniciar al margen de la exclusiva funci¨®n de vigilancia. Esta que pudieramos llamar fan¨¢tica misi¨®n de la vigilancia, cuando por otra parte la Administraci¨®n no dota de los m¨¢s elementales medios para cumplirla con garant¨ªa, hace que los funcionarios deban relegar a un segundo plano casi inexistente cualquier otra actividad de las muchas y ricas que la ley les encomienda.
Una estructura caduca
Los actuales responsables de la administraci¨®n penitenciaria, al igual que el kafkiano oficial, desean mantener a toda costa -en ello les va a la inmensa mayor¨ªa el puesto- una estructura, una m¨¢quina ya caduca. Y baste como bot¨®n de muestra la verificable existencia en el estable cimiento penitenciario de Valencia -?s¨®lo en ¨¦l?- de celdas que, sin ning¨²n tipo de luz natural o artificial, sin cama y con un alto grado de humedad, son obligado habit¨¢culo para algunos internos; o el constatable estado de postraci¨®n de aquellos otros que, a resultas de una ?interpretaci¨®n extensiva? del art¨ªculo 10 p¨¢rrafo 1 de la ley, pasan meses y meses, algunos de ellos m¨¢s de un a?o, en unas celdas infectas, aislados y con s¨®lo media hora diaria de paseo por un peque?o patio. Esto constituye una apreciable manifestaci¨®n de lo que los actuales responsables de las instituciones penitenciarias est¨¢n dispuestos a leer en nuestra ley. No se hace preciso ya se?alar que la desde?able y vergonzosa situaci¨®n penitenciaria que padecemos no es consecuencia de la reforma opera da por la reciente legislaci¨®n, sino precisamente de su contrario, de su inaplicaci¨®n. Estos son algunos datos de la realidad penitenciaria espa?ola que la opini¨®n p¨²blica debe conocer al margen de informaciones oficiales, porque, si en nuestro pa¨ªs existe una escalofriante situaci¨®n penitenciaria que obvia los derechos humanos y nuestra legislaci¨®n positiva que fielmente los normativiza, es responsabilidad de todos. Carlos Garc¨ªa Vald¨¦s escrib¨ªa a mediados de los setenta, al defender la abolici¨®n de la pena de muerte, que era ese un tema donde ?callar es hacerse c¨®mplice, sucias ya las manos?; ahora hago m¨ªas sus palabras para exigir la exacta y pronta aplicaci¨®n de la ley Org¨¢nica General Penitenciaria, de la que ¨¦l fuera principal promotor.
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