Inminente endurecimiento de las multas de tr¨¢fico
Conducir con tasas de alcohol en sangre superiores a 0,8 gramos por litro podr¨¢ ser sancionado con multas desde 5.000 a 20.000 pesetas, seg¨²n una informaci¨®n del semanario Autopista, que anticipa el contenido de una orden del Ministerio del Interior, de inminente aparici¨®n en el BOE, por la que se modifican determinados art¨ªculos del C¨®digo de Circulaci¨®n. Un anexo de dicha orden recoge el nuevo cuadro de multas.
Las multas por infracciones de tr¨¢fico experimentar¨¢n una considerable subida, de acuerdo con una orden del Ministerio del Interior, de inminente aparici¨®n en el BOE, que modificar¨¢ el cuadro actual de sanciones.La nueva relaci¨®n de multas resulta especialmente dura con aquellos conductores que circulen con un porcentaje de alcohol en sangre superior a 0,8 gramos por litro, a los que se aplicar¨¢n sanciones de 5.000 a 20.000 pesetas. Entre las infracciones que ser¨¢n penadas con mayor rigor figuran las siguientes: no cambiar el alumbrado de carretera a cruce, no se?alizar los estacionamientos nocturnos, circular marcha atr¨¢s en autopista (10.000 pesetas) y circular por autopista a velocidad inferior a sesenta kil¨®metros por hora sin causa justificada (2.000 pesetas). El 93,85% de los accidentes de carretera son causados por infracciones al C¨®digo.
Subida generalizada de las multas de tr¨¢fico
Dicho cuadro, establece como infracciones sancionables con multas de 15.000 pesetas, superar en m¨¢s de cuarenta kil¨®metros por hora las limitaciones espec¨ªficas a la velocidad m¨¢xima permitida en v¨ªas urbanas; no respetar el paso a veh¨ªculos que circulan por v¨ªas preferentes; adelantar con riesgo en cambios de rasante o curvas con visibilidad reducida; no cumplir las se?ales del agente, sem¨¢foro o se?ales viales, creando una situaci¨®n de peligro; alterar los caracteres de las placas de matr¨ªcula; efectuar cambios de direcci¨®n en zonas prohibidas; no ceder el paso en las entradas de autopistas y conducir con el permiso de circulaci¨®n suspendido o sin ¨¦l.Se sancionar¨¢ con multas de 10.000 pesetas el no se?alar obst¨¢culos que dificulten la circulaci¨®n; conducir de modo negligente o temerario; no arrimarse a la derecha en cambios de rasante; no dar prioridad con obst¨¢culo en el sentido de la marcha; no someterse a las pruebas de alcoholemia; adelantar por la derecha; no cambiar el alumbrado de carretera a cruce; no se?alizar los estacionamientos nocturnos y circular marcha atr¨¢s en autopistas.
Otras infracciones recogidas en el citado anexo con sus correspondientes sanciones son: Establecer competencias entre varios veh¨ªculos (desde 5.000 pesetas); no llevar casco los motociclistas; no llevar abrochado el cintur¨®n de seguridad (2.000 pesetas); desobediencia de los peatones a los agentes (2.000); circular en autopista con el alumbrado ordinario en vez del alumbrado de cruce (2.000); circular por autopista a velocidad inferior a sesenta kil¨®metros por hora sin causa justificada (2.000); no facilitar el paso a veh¨ªculos de urgencia (5.000); conducir con permiso caducado (5.000); no respetar las distancias de seguridad (5.000); cambiar de fila en autopista con tr¨¢fico saturado (5.000); remolcar veh¨ªculos por autopista (5.000); no retirar los calzos de la calzada (10.000); no se?alizar un accidente (10.000).
Las infracciones de los conductores al C¨®digo de la Circulaci¨®n supusieron el 93,85% de las causas de los accidentes en carretera y el 74,54% de los ocurridos en zona urbana.
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