Declarada inconstitucional una disposici¨®n del Estatuto de los Trabajadores
El Tribunal Constitucional ha remitido al Congreso de los Diputados la decisi¨®n de este organismo por la que se declara inconstitucional la disposici¨®n adicional quinta del Estatuto de los Trabajadores.Seg¨²n ha sabido Efe, este alto organismo se?ala ?que es inconstitucional la disposici¨®n adicional quinta del Estatuto de los Trabajadores, interpretada como norma que establece la incapacitaci¨®n para trabajar a los 69 a?os y, de forma directa e incondicionada la extinci¨®n de la relaci¨®n laboral a esa edad ?.
El texto ¨ªntegro de esta disposici¨®n dice: ?La capacidad para trabajar, as¨ª como la extinci¨®n de los contratos de trabajo, tendr¨¢ el l¨ªmite m¨¢ximo de edad que fije el Gobierno en funci¨®n de las disponibilidades de la Seguridad Social y del mercado de trabajo. De cualquier modo, la edad m¨¢xima ser¨¢ la de 69 a?os, sin perjuicio de que puedan completarse los per¨ªodos de carencia para la jubilaci¨®n. En la negociaci¨®n colectiva podr¨¢n pactarse libremente edades de jubilaci¨®n, sin perjuicio de lo dispuesto en materia de seguridad social a estos efectos?.
La decisi¨®n judicial no se tom¨® por unanimidad
No obstante, esta decisi¨®n del alto tribunal no ha sido un¨¢nime, y el magistrado y miembro del Tribunal Constitucional Jer¨®nimo Arozamena ha emitido un voto particular a este fallo en el que considera que deber¨ªa desestimarse el recurso.El magistrado Arozamena se?ala, entre otras cosas, que ?con el Estatuto de los Trabajadores la jubilaci¨®n es, cuando se alcanza la edad prevista, un modo extintivo del contrato accionable por el empresario y que se impone con el car¨¢cter de lo forzoso?.
El Tribunal Constitucional, presidido por Manuel Garc¨ªa Pelayo, est¨¢ formado por Jer¨®nimo Arozamena, Angel Latorre, Manuel D¨ªez de Velasco, Francisco Rubio, Gloria Bagu¨¦, Luis D¨ªez Picazo, Francisco Tom¨¢s, Rafael G¨®mez-Ferrer, Angel Escudero del Corral, Pl¨¢cido Fern¨¢ndez y Antonio Truy¨®n Serra.
La cuesti¨®n de inconstitucionalidad de la disposici¨®n adicional quinta del Estatuto de los Trabajadores fue promovida por la Magistratura de Trabajo n¨²mero 9 de Madrid.
Esta sentencia del Tribunal Constitucional, declarando inconstitucional la disposici¨®n adicional quinta del Estatuto de los Trabajadores, tendr¨¢ poca trascendencia pr¨¢ctica en el mundo laboral, seg¨²n han informado representantes de UGT y CC OO.
El representante de la Uni¨®n General de Trabajadores se?al¨® que, ?en un an¨¢lisis de urgencia, parece que tendr¨¢ poca trascendencia, ya que hay pocas personas que a los 69 a?os contin¨²en trabajando?.
Fuentes de CC OO opinaron en el mismo sentido, por considerar que ?la gente est¨¢ deseando llegar a los 65 a?os para jubilarse voluntariamente?. Hicieron hincapi¨¦ en la necesidad de rebajar la edad de la jubilaci¨®n voluntaria a los sesenta a?os.
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