El BOE public¨® las normas para la constituci¨®n del pleno del Consejo Superior de Deportes
El Bolet¨ªn Oficial del Estado public¨® ayer las normas para la constituci¨®n y r¨¦gimen de funcionamiento del pleno y la comisi¨®n directiva del Consejo Superior de Deportes (CSD), como orden del Ministerio de Cultura. El art¨ªculo primero se?ala que la elecci¨®n y designaci¨®n de los miembros del pleno se ajustar¨¢ a lo establecido en el Real Decreto 972/81 y a la propia orden publicada en el BOE de ayer.
El art¨ªculo segundo establece la forma de elecci¨®n de los diez vocales representantes de las federaciones ol¨ªmpicas, de los diez de federaciones no ol¨ªmpicas y de los cinco representantes de clubes y agrupaciones deportivas. Se constituir¨¢n colegios electorales con los presidentes de las federaciones para los representantes de ¨¦stas y con los presidentes de los cuatro clubes m¨¢s antiguos de cada federaci¨®n de las diez agrupaciones m¨¢s antiguas para el segundo caso. A contar desde hoy, se abre un plazo de diez d¨ªas para presentaci¨®n de candidaturas, tras lo cual habr¨¢ cinco d¨ªas para proclamaci¨®n de candidatos y quince m¨¢s para la elecci¨®n.
El art¨ªculo tercero se?ala que el presidente del CSD solicitar¨¢ en plazo de quince d¨ªas de los ¨®rganos de gobierno de las comunidades aut¨®nomas o entes preauton¨®micos la designaci¨®n de sus representantes. Los vocales representantes de diputaciones, cabildos o consejos insulares ser¨¢n elegidos por un colegio electoral formado por un representante de cada comunidad aut¨®noma o preauton¨®mica. Hay un plazo de siete d¨ªas para presentaci¨®n de candidaturas, de tres para la proclamaci¨®n de candidatos y de cinco m¨¢s para las elecciones. Posteriormente, en un plazo m¨¢ximo de quince d¨ªas, los representantes -de los ¨®rganos aut¨®nomos o preauton¨®micos, de las diputaciones y cabildos, elegir¨¢n a los representantes de los municipios.
El presidente del CSD solicitar¨¢ de los distintos departamentos ministeriales que en el plazo de un mes procedan a la designaci¨®n de sus representantes. El presidente del pleno convocar¨¢ sesi¨®n constitutiva en el plazo de cinco d¨ªas, a contar desde el momento en que hubiere finalizado la elecci¨®n y designaci¨®n de vocales, y se?alar¨¢ la fecha de la celebraci¨®n con una antelaci¨®n m¨ªnima de quince d¨ªas. En dicha sesi¨®n se elegir¨¢n los vocales que constituir¨¢n la comisi¨®n directiva.
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