El a?o judicial
EL REY ha presidido por vez primera el acto de apertura en los tribunales y ha refrendado as¨ª, de manera simb¨®lica, la autonom¨ªa y la independencia del poder judicial, reconocidas en la Constituci¨®n.El discurso de Federico-Carlos Sainz de Robles, presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General, ha abundado en la necesidad de reforzar la independencia judicial y el gobierno aut¨®nomo para la justicia; ha subrayado la importancia de que "el pueblo espa?ol, por primera vez en su historia, haya llevado a la justicia al rango de poder del Estado"; y ha hecho historia del "largo camino recorrido por los jueces durante los ¨²ltimos treinta a?os" para lograr los objetivos que la Constituci¨®n de 1978 ha elevado finalmente a principio fundamental.
El presidente del Consejo General del Poder Judicial, adem¨¢s de realizar una clara cr¨ªtica retrospectiva de las limitaciones a la independencia judicial bajo el r¨¦gimen anterior, ha dicho cosas muy sensatas sobre los peligros de los tribunales de excepci¨®n, taxativamente prohibidos por el art¨ªculo 117 de la Constituci¨®n. Seg¨²n Federico Carlos Sainz de Robles, "uno de los m¨¢s sutiles y perversos modos de quebrar la instituci¨®n judicial ha sido el reducir su competencia natural, sustrayendo a su potestad de juzgar seg¨²n derecho amplios sectores de conflictos, entreg¨¢ndolos a instancias que, ignominiosa, pero cautamente, han producido las denominadas jurisdicciones especiales". No deja de ser un motivo de aliento que sea el propio presidente del Consejo General del Poder Judicial quien llame la atenci¨®n, aunque sea discreta y oblicuamente, sobre la creciente multiplicaci¨®n de competencias de la Audiencia Nacional, que, bajo el disfraz de la especializaci¨®n, se est¨¢ Convirtiendo paulatinamente en un tribunal especial con connotaciones bien preocupantes. Con muy buen criterio, el presidente del Tribunal Supremo se?ala que esas cesiones son peligrosas "aun cuando se realicen por decisiones del poder legislativo y con car¨¢cter general"; esto es, a?adamos, aun cuando la oposici¨®n parlamentaria apruebe con sus votos la ley Antiterrorista o la llamada ley de Defensa de la Democracia.
Federico-Carlos Sainz de Robles ha indicado que el ciudadano debe confiar en la independencia y autonom¨ªa del poder judicial y en su capacidad para dar respuesta adecuada, oportuna y eficaz a sus demandas. Ahora bien, esa meta dif¨ªcilmente ser¨¢ alcanzada, pese a los buenos prop¨®sitos del presidente del Consejo General, mientras la administraci¨®n de la justicia no sea reformada para agilizar su funcionamiento y dar trasparencia a sus actuaciones. Es lamentable as¨ª que el mandato constitucional contenido en el art¨ªculo 125 de nuestra norma fundamental, que reconoce a los ciudadanos el derecho a participar en la administraci¨®n de ?ajusticia mediante la instituci¨®n del jurado, no haya merecido todav¨ªa la atenci¨®n del Gobierno y fuera dejado en su tintero a medio cerrar por el reci¨¦n dimitido ministro.
Finalmente, el fiscal general del Estado ha presentado la memoria de 1980, documento que merece un m¨¢s largo y detallado an¨¢lisis. Digamos, de momento, que resulta sorprendente, en una primera lectura, que los desacatos sean incluidos en la r¨²brica, m¨¢s bien atemorizante, de los delitos contra la seguridad interior del Estado, y que dentro de los delitos contra la salud p¨²blica, las referencias al tr¨¢fico de drogas tapen casi por completo esos otros atentados, igualmente graves para la vida y la salud de los ciudadanos, que perpetran los adulteradores de alimentos para el consumo ordinario, tr¨¢gicamente transformados en causa de un homicidio masivo en el asunto de los aceites t¨®xicos.
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