El control de armas de fuego, exclusivamente en manos de la Guardia Civil
El control de armas en Espa?a ser¨¢ ejercido exclusivamente por el Ministerio del Interior a trav¨¦s de la Guardia Civil, seg¨²n un real decreto publicado ayer en el Bolet¨ªn Oficial del Estado, por el que se aprueba el reglamento de armas. Entre otros aspectos, el decreto proh¨ªbe para los particulares las defensas el¨¦ctricas, de goma o similares, los sprays para la defensa personal, las armas semiautom¨¢ticas y todas aquellas que despidan gases o aerosoles. Quedan excluidos del ¨¢mbito de aplicaci¨®n de esta norma el Ej¨¦rcito y las fuerzas de seguridad del Estado.Las armas han quedado clasificadas en armas de guerra; de defensa personal (armas cortas de fuego, sean pistolas o rev¨®lveres); armas largas para guarder¨ªa, que determinar¨¢ el Ministerio del Interior; armas largas rayadas, fabricadas para caza mayor y para tiro deportivo; armas largas de ¨¢nima lisa; armas accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas o escopetas; armas blancas e industriales; armas de fuego antiguas o hist¨®ricas, sus reproducciones y asimiladas.Son armas totalmente prohibidas las de fuego sistema Flobert de calibre superior a seis mil¨ªmetros; las armas de fuego alojadas en bastones o disimuladas bajo cualquier otro objeto; las modificadas en su origen; las imitaciones que puedan transformarse en verdaderas; los bastones-estoque, navajas autom¨¢ticas, pu?ales, las defensas de alambre o plomo, como tiragomas perfeccionados, las armas largas con dispositivos especiales en sus culatas o mecanismos para alojar pistola u otras armas.
Junto a la prohibici¨®n de sprays y aerosoles para uso particular tampoco se permite la utilizaci¨®n de silenciadores, equipos de punter¨ªa de visi¨®n nocturna, municiones con balas perforantes y proyectiles dum-dum o de punta hueca. Tambi¨¦n queda prohibida la importaci¨®n, propaganda, compra, venta, tenencia y uso de imitaciones de armas de fuego.
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