La adjudicaci¨®n de destino a los "penenes"
Con referencia a la carta Penenes contra Educaci¨®n, publicada por EL PAIS el d¨ªa 2 de octubre, desear¨ªa hacer las siguientes aclaraciones para esclarecimiento de la verdad y conocimiento de la opini¨®n p¨²blica:La adjudicaci¨®n de destinos a los profesores no numerarios ha de efectuarse, de acuerdo con la normativa vigente, una vez resueltos los concursos de traslados de los profesores numerarios, y atribuidas las plazas correspondientes a los de nuevo ingreso, as¨ª como tambi¨¦n una vez que se ha otorgado destino a los profesores no numerarios con comproniiso de estabilidad. Igualmente, condiciona el conocimiento exacto de las vacantes que pueden ser ofertadas a los profesores no numerarios el resultado de los ex¨¢menes extraordinarios de septiembre y la consiguiente formaci¨®n de grupos de alumnos en los centros de bachillerato. La Delegaci¨®n Provincial del Ministerio de Educaci¨®n y Ciencia ha garantizado, en todo momento, a los profesores no numerarios, al menos, las mismas condiciones de empleo que tuvieron el curso pasado. Esta garant¨ªa se ha hecho plenamente efectiva en fecha reciente, como pueden manifestar los propios interesados. Evidentemente, la Delegaci¨®n ha examinado la situaci¨®n personal de cada profesor, por cuanto en el conjunto de los profesores afectados, se inclu¨ªa tanto a quienes solamente hab¨ªan prestado servicios como contratados de sustituci¨®n, durante un mes, como a aquellos que, en calidad de interinos, lo hab¨ªan hecho durante todo el curso escolar. Un elemental principio de justicia distributiva exig¨ªa, tal como se ha efectuado, atender cada caso dentro de las prioridades existentes.
El af¨¢n de respetar, como exigencia primordial, la continuidad en el empleo de todos los afectados, ha debido compaginarse, al m¨¢ximo de lo posible, con el mantenimiento de la calidad de la ense?anza y de las debidas condiciones pedag¨®gicas. Ese mismo car¨¢cter prioritario que la Delegaci¨®n ha dado a la estabilidad en el empleo ha obligado en algunos casos a desplazar fuera de Madrid a determinados profesores, por estar ya cubiertas las necesidades de esta provincia y existir, sin embargo, vacantes en otros puntos de Espa?a. En todo caso, estos desplazamientos se han efectuado siempre, y as¨ª se ha hecho constar expresamente a los afectados, sin que ello implicase perjuicio para profesores residentes en otras provincias que pudieran tener mejor derecho que los procedentes de Madrid.
Todo este proceso se ha efectuado con la m¨¢xima transparencia y con activa participaci¨®n de los interesados, cuyos representantes han sido recibidos, cuantas veces ha sido necesario, por diversas autoridades del departamento. Al respecto es oportuno subrayar que don Rafael Iglesias P¨¦rez no apareci¨® como representante de la denominada asamblea de penenes en ninguna de dichas reuniones.
Como m¨¢xima expresi¨®n de esa actitud ministerial se intent¨® efectuar la adjudicaci¨®n de vacantes en acto p¨²blico, no siendo posible hacerlo por propia renuncia de los interesados, que manten¨ªan criterios divergentes al respecto.
Finalmente, y como resumen de cuanto antecede, es necesario subrayar que la carta del se?or Iglesias P¨¦rez hace referencia a la situaci¨®n existente al 25 de septiembre, situaci¨®n hoy superada felizmente, por cuanto en la actualidad la adjudicaci¨®n de destino a los profesores no numerarios de bachillerato en la provincia de Madrid ha quedado definitivamente resuelta, en los mejores t¨¦rminos que resultaba posible.
Delegado provincial del Ministerio de Educaci¨®n y Ciencia. p
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