Primer recurso ante los tribunales para ejercer el derecho de r¨¦plica en RTVE
Una demanda por la que se pide a Televisi¨®n Espa?ola que rectifique determinadas afirmaciones sobre la intoxicaci¨®n masiva por ingesti¨®n de aceite adulterado ha sido presentada ante la sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional. Se trata del primer caso de reclamaci¨®n ante la Audiencia Nacional del derecho de r¨¦plica en RTVE.
Los requisitos exigidos por Televisi¨®n Espa?ola para reconocer el derecho de r¨¦plica y la evoluci¨®n legal de este caso hasta desembocar en la Audiencia Nacional -que deber¨¢ dictar la primera sentencia sobre el asunto- dan idea de la complejidad de los mecanismos y la amplitud de los plazos necesarios, en la situaci¨®n actual, para garantizar la rectificaci¨®n de informaciones por las que un ciudadano puede sentirse gravemente lesionado en sus derechos constitucionales.La demanda ha sido interpuesta por el abogado Alvaro Navajas en nombre de los hermanos Fernando y Juan Miguel Beripoechea -que se encuentran en prisi¨®n- y de la empresa Refiner¨ªa de Aceites de Pescado, SA (RAPSA), de la que aqu¨¦llos son principales accionistas y responsables. Las informaciones fueron difundidas por Televisi¨®n Espa?ola los d¨ªas 14 y 26 de septiembre. En la primera ocasi¨®n se acus¨® a RAPSA, desde la peque?a pantalla, de haber empleado el aceite de colza desnaturalizado ?con fines fraudulentos, en mezclas con otros aceites de ¨ªnfima calidad, vendidos como aceite de oliva principalmente?, y de haber suministrado aceite t¨®xico a Raelca y aotras empresas de Catalu?a, Valencia, Toledo, Ciudad Real y Sevilla.
En la segunda ocasi¨®n, dentro del programa Informe semanal, aparecieron las fotos de los hermanos Benaoechea mientras la voz en off del comentarista aseguraba: ?Estos son los responsables?.
Apenas emitido el primero de los programas citados, la representaci¨®n legal de los hermanos Bengoechea y RAPSA reclam¨® de Televisi¨®n Espa?ola una rectificaci¨®n, al acogerse al derecho de r¨¦plica reconocido en el art¨ªculo 25 del Estatuto del Ente P¨²blico RTVE. Al primer escrito, remitido con fecha 16 de septiembre, contest¨® el director de Televisi¨®n Espa?ola, Miguel Angel Toledano, en carta fechada el d¨ªa 25 del mismo mes, denegando el ejercicio del derecho de r¨¦plica. El director de Televisi¨®n Espa?ola aleg¨®. para ello insuficiente acreditaci¨®n legal del poder otorgado por la empresa RAPSA al abogado Alvaro Navajas; no as¨ª en lo relativo a los hermanos Juan Miguel y Fernando Bengoechea. Alud¨ªa tambi¨¦n Toledano a falta de pruebas de la emisi¨®n por Televisi¨®n Espa?ola de la informaci¨®n a la que se pretend¨ªa replicar.
Imposible cumplimiento
Por lo que respecta a este ¨²ltimo requisito, la demanda ante la Audiencia Nacional se?ala que es ?de imposible cumplimiento? y, por tanto, impide de hecho el ejercicio del-derecho de r¨¦plica, ?ya que resulta obvio que el documento o documentos que se solicitaban como no remitidos (acreditat¨ªvos de la difusi¨®n de lo que se pretende rectificar) s¨®lo obran en poder de la entidad emisora del programa, y es necesario un complejo mecanismo para obtener la remisi¨®n de los indicados documentos, adem¨¢s de que ello significa el transcurso de una serie de plazos que har¨ªan inviable la petici¨®n realizada?.La difusi¨®n de nuevas imputaciones a los hermanos Bengoechea y a RAPSA en el Informe semanal del 26 de septiembre que la representaci¨®n legal de los interesados considera falsas, motiv¨® la presentaci¨®n de un recurso contencioso-administrativo, al amparo de la legislaci¨®n vigente, sobre protecci¨®n jurisdiccional de los derechos humanos de la persona. Tales derechos, seg¨²n la parte demandante, son los consagrados en los art¨ªculos 15, 18 y 24 de la Constituci¨®n, referentes a la integridad moral, el honor y la presunci¨®n de inocencia hasta que medie sentencia.
La Audiencia Nacional admiti¨® a tr¨¢mite el recurso, en una providencia, dictada el d¨ªa 7 de octubre, en la que se requiri¨® a Televisi¨®n Espa?ola para que remitiera el expediente en el plazo de cinco d¨ªas.
La representaci¨®n legal de los hermanos Bengoechea y RAPSA dirigi¨®, al mismo tiempo, otro recurso al Consejo de Administraci¨®n del Ente P¨²blico RTVE, del que ¨¦ste acus¨® recibo, en el que se relatan los hechos y se reafirma la existencia de poder suficiente para actuar en nombre de las personas y la entidad que se consideraban perjudicadas por las afirmaciones vertidas en Televisi¨®n Espa?ola. Este nuevo escrito alega imposibilidad de aportar pruebas de su difusi¨®n, por encontrarse ¨¦stas en poder de la propia Televisi¨®n.
El resto de las actuaciones legales consiste en una providencia dictada por la Audiencia Nacional el 20 de octubre, despu¨¦s de que Televisi¨®n Espa?ola no hubiera entregado el expediente que no se le requiri¨®, estableciendo el plazo de ocho d¨ªas h¨¢biles para que la parte contraria formalizara la demanda. Esta, efectivamente, fue formalizada ante la sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional el d¨ªa 29 de octubre.
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