Escasas posibilidades de que se modifique la ley Electoral en esta legislatura
La modificaci¨®n de las vigentes normas electorales no es probable que se produzca antes de las pr¨®ximas elecciones generales, ya que los grandes partidos, y particularmente Uni¨®n de Centro Democr¨¢tico (UCD) y Partido Socialista Obrero Espa?ol (PSOE), temen que la bola de nieve de la nueva ley electoral, una vez en marcha, pueda perjudicar la actual hegemon¨ªa de los aparatos de los partidos en el proceso electoral. La iniciativa centrista de la que es autor Jes¨²s Esperab¨¦ de Arteaga, cuya finalidad es que las listas para el Congreso no sean bloqueadas, no es probable que prospere, seg¨²n fuentes parlamentarias solventes.
La proposici¨®n de ley elaborada por Esperab¨¦ antes de su salida de UCD, (producida en septiembre de 1981, si bien contin¨²a dentro del Grupo Parlamentario Centrista), fue entregada al portavoz del grupo, Miguel Herrero, el 14 de julio ¨²ltimo. Con el visto bueno de ¨¦ste y suscrita por diecis¨¦is diputados -el reglamento exige un m¨ªnimo de quince-, fue entregada en la secretar¨ªa del Congreso el pasado 27 de noviembre.Seg¨²n manifest¨® a EL PAIS Jes¨²s Esperab¨¦, mediante su proposici¨®n de ley se evitar¨ªa el gran mal que amenaza a las pr¨®ximas elecciones: la abstenci¨®n. ?Se puede pedir al elector que se pronuncie por uno u otro partido, pero siempre que le dejes opci¨®n para que pueda decidir sobre unos u otros candidatos de la lista del partido?, se?al¨®. ?De lo contrario?, a?adi¨®, ?se produce un atraco al elector a cargo de las oligarqu¨ªas de los partidos, que, en el caso del PSOE, controla Guerra, y, en el caso de UCD, ha controlado hasta ahora Su¨¢rez.
La filosof¨ªa de la proposici¨®n es mantener el sistema de listas elaboradas por los partidos, pero se reconoce al votante el derecho de elegir a las personas. La proposici¨®n de ley -que corrige los art¨ªculos 20, 55, 64, 66 y 69 del vigente Decreto-ley sobre Normas Electorales de 18 de marzo de 1977- establece que los partidos o coaliciones deber¨¢n presentar doble n¨²mero de candidatos de los puestos de diputados a cubrir en cada circunscripci¨®n, y que el elector podr¨¢ votar, como m¨¢ximo, el mismo n¨²mero de candidatos que puestos a cubrir.
"Revoluci¨®n" electoral
Siguiendo un ejemplo pr¨¢ctico, si en Madrid corresponden 32 diputados, cada lista tendr¨ªa que ofrecer 64 candidatos (seg¨²n las actuales normas tendr¨ªa que presentar 32) y el elector podr¨ªa votar entre 1 y 32 candidatos (actualmente s¨®lo son v¨¢lidas las papeletas que opten por una lista completa de votos, sin alteraciones). Esperab¨¦ hizo notar a este penodico que el orden de las listas de diputados quedar¨ªa, seg¨²n su propuesta, de acuerdo con las votaciones obtenidas, y no como ahora, con la prelaci¨®n establecida por los aparatos de los partidos. ?Esto significar¨ªa una revoluci¨®n, de la que ser¨ªan protagonistas los electores, y v¨ªctimas no los partidos, sino sus aparatos?, sentenci¨® el veterano parlamentario por Salamanca.No es probable que se promueva ninguna otra iniciativa legislativa que pueda desencadenar una reforma con el alcance de la propuesta por Esperab¨¦. El secretario de Estado para la Informaci¨®n, Ignacio Aguirre, anunci¨® el pasado 13 de noviembre la inmediata remisi¨®n por el Gobierno a las Cortes de un nuevo proyecto de ley electoral, por otra parte exigido por mandato constitucional. Nada ha vuelto a saberse de ese proyecto de ley ni de su elaboraci¨®n. Por su parte, los socialistas no han querido tomar la iniciativa en esta materia, ?porque no tenemos la seguridad de poder sacar adelante una ley cuyo contenido no sea m¨¢s perjudicial para nosotros que las vigentes normas?, seg¨²n declar¨® a EL PAIS un destacado dirigente socialista.
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