La comisi¨®n de garant¨ªas del PCE estudiar¨¢ hoy el recurso de los cinco concejales expulsados
La comisi¨®n provincial de garant¨ªas y control del PCE se reunira probablemente hoy para estudiar el recurso presentado ayer por los cinco concejales comunistas del Ayuntamiento madrile?o expulsados del partido por solidarizarse con el acto informativo que se celebr¨® el pasado mes en Madrid sobre la fusi¨®n de los comunistas vascos con EIA. Seg¨²n ha podido saber EL PAIS, en el caso de que la resoluci¨®n de dicha comisi¨®n fuera favorable a los expulsados, el comit¨¦ provincial, que fue quien adopt¨® esta medida sancionadora, recurrir¨ªa ante la comisi¨®n de garant¨ªas y control del Comit¨¦ Central del partido. Si la resoluci¨®n es contraria a los cinco concejales expulsados, la direcci¨®n del partido en Madrid solicitar¨¢ de la comisi¨®n del Comit¨¦ Central su inmediata ratificaci¨®n.
La intenci¨®n pol¨ªtica del PCE de Madrid es evitar que los expulsados dispongan de otros quince d¨ªas para presentar recurso ante la comisi¨®n de garant¨ªas y control del Comit¨¦ Central como instancia superior a la de ¨¢mbito provincial, por lo que, tanto si este recurso se presenta por los cinco concejales madrile?os como si la resoluci¨®n de la referida comisi¨®n les es favorable, la direcci¨®n provincial del partido solicitar¨¢ la inmediata ratificaci¨®n de la comisi¨®n del Comit¨¦ Central en un sentido u otro. Esta inmediatez a la que aludir¨¢ el comit¨¦ provincial impide que los expulsados dispongan de m¨¢s plazos.No obstante, esta decisi¨®n de la direcci¨®n provincial del partido no responde a un intento de agilizar los tr¨¢mites, ya que, como se?al¨® ayer a este peri¨®dico Adolfo Pi?edo, secretario general del PCE en Madrid, "a¨²n tenemos que esperar que transcurran los quince d¨ªas que tienen de plazo los once expulsados por no renunciar a favor de los cinco designados sustitutos por el partido, ya que es decisi¨®n pol¨ªtica del partido acudir a la junta electoral con toda la documentaci¨®n unificada. Es lo que nosotros llamamos un solo acto administrativo".
Esta decisi¨®n significa que, aun cuando hoy mismo la comisi¨®n de garant¨ªas y control podr¨ªa dejar zanjado el asunto al rechazar el recurso, e inmediatamente fuera ratificada esta medida por la comisi¨®n del Comit¨¦ Central, a¨²n han de transcurrir varios d¨ªas hasta que la expulsi¨®n de los cinco concejales comunistas se materialice al llegar la oportuna comunicaci¨®n al Ayuntamiento y a la junta electoral. En aquel momento, el Ayuntamiento en pleno, con la ausencia ya de los cinco expulsados, deber¨¢ darse por enterado de la la repercusi¨®n de la crisis en el gobierno municipal.
Comienza el recurso con un amplio resumen de los antecedentes de la expulsi¨®n, en el que se recogen las sucesivas y breves cartas que fueron remitidas por el comit¨¦ provincial. En este apartado del recurso se se?ala que la carta en la que se les daba 48 horas de plazo para que renunciaran a sus responsabilidades municipales les fue entregada despu¨¦s incluso de que transcurriera dicho plazo.
Sobre el prop¨®sito de la expulsi¨®n se se?ala que no es otro que el de apartarlos de sus cargos municipales, lo que se interpreta por los recurrentes como un fraude al sentido de la ley Electoral, que vendr¨ªa determinado, incluso, por las propias manifestaciones de miembros del comit¨¦ provincial al indicar que, una vez materizalizada la salida del Ayuntamiento, los ahora expulsados ser¨ªan readmitidos inmediatamente en el partido.
Otro aspecto antiestatutario de la sanci¨®n impuesta estar¨ªa determinado por el hecho de que los concejales de Madrid no est¨¢n adscritos, en ning¨²n caso, al comit¨¦ provincial ni nada establece sobre ellos los estatutos del partido. Desde esta interpretaci¨®n, cualquier medida sancionadora -y la expulsi¨®n estar¨ªa reservada para los de extrema gravedad en los estatutos- se ha de imponer por cada una de las agrupaciones en las que militan, cuyas certificaciones se acompa?an a los recursos.
Se analiza tambi¨¦n la supuesta falta cometida, que califica de parcial la versi¨®n ofrecida por Mundo Obrero sobre las negociaciones entre Lertxundi y Onaind¨ªa, y se entra en una amplia consideraci¨®n de la posible inconstitucionalidad de la destituci¨®n de los cargos p¨²blicos que ostentan los recurrentes.
Estos consideran que al ser la ley Electoral anterior a la Constituci¨®n no es f¨¢cilmente sostenible que la disponibilidad de los cargos p¨²blicos se pueda considerar un derecho indiscutible por parte de los partidos. Este hecho lesionar¨ªa gravemente el derecho que tienen todos los ciudadanos de participar en los asuntos p¨²blicos a trav¨¦s de sus representados, seg¨²n el articulo 23 de la Constituci¨®n.
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