Los candidatos al Ayuntamiento del PCE recurren ante la comisi¨®n de garant¨ªas
Los once candidatos comunistas al Ayuntamiento de Madrid que fueron expulsados del PCE por negarse a renunciar de sus derechos en favor de los designados por la direcci¨®n sustitutos de los cinco concejales anteriormente expulsados, presentaron ayer ante la Comisi¨®n Provincial de Garant¨ªas y Control del partido un recurso colectivo contra la medida sancionadora adoptada contra ellos por el comit¨¦ provincial. Firman el referido recurso diez de los once expulsados, ya que Julio Segura, tambi¨¦n depurado, ha dirigido una comunicaci¨®n, a efectos cautelares, a la referida comisi¨®n de garant¨ªas y control advirti¨¦ndola de su todav¨ªa pertenencia al Comit¨¦ Central, por lo que un ¨®rgano inferior, como el comit¨¦ provincial, no es competente ante ¨¦l.
El escrito de Julio Segura, que figura en el primer lugar de la lista tras el ¨²ltimo de los candidatos que accedi¨® al Ayuntamiento, es una comunicaci¨®n a la Comisi¨®n Provincial de Garant¨ªas y Control, "a efectos cautelares", en la que comunica a sus miembros lo que califica de "sorprendente e incomprensible intromisi¨®n de un ¨®rgano inferior en las competencias del m¨¢s alto ¨®rgano del partido", como es el Comit¨¦ Central, al que Segura sigue perteneciendo, ya que a¨²n no se ha resuelto el recurso que en su d¨ªa presentara ante la Comisi¨®n Central de Garant¨ªas y Control contra su expulsi¨®n de dicha instancia de direcci¨®n.El recurso colectivo de los otros diez expulsados (Dionisio Mart¨ªn Aguado, Laureano Cuerdo, Rub¨¦n Cruz, Pamela O'Malley, Evarista Tejedor, Jos¨¦ Mar¨ªa Santos, Paloma Portela, Miguel Garc¨ªa Madariaga, Eusebio Calle y, Dolores Avil¨¦s) se abre con una argumentaci¨®n de las motivaciones de car¨¢cter formal y procedimental que invalidan su expulsi¨®n por decisi¨®n del comit¨¦ provincial, al que afirman no pertenecer org¨¢nicamente, ya que esta dependencia la tienen de sus respectivas agrupaciones, como se demuestra mediante la oportuna certificaci¨®n.
Tambi¨¦n como argumentaci¨®n formal se se?ala una serie de irregularidades, arbitrariedades y contradicciones registradas en el procedimiento seguido para expulsar a algunos de los afectados, tales como, por ejemplo, el que en alg¨²n caso no se comunicara a los afectados la decisi¨®n del partido.
Entre las motivaciones de car¨¢cter sustantivo que alegan los expulsados ante la comisi¨®n de garant¨ªas y control para que desestime el acuerdo del comit¨¦ provincial, los recurrentes explican que ten¨ªa que ser el Comit¨¦ Central quien les hubiera solicitado la dimisi¨®n para dejar paso a los designados sustitutos, y no el provincial, como as¨ª fue.
Esta argumentaci¨®n se sustenta en el apartado e del art¨ªculo 68 de los estatutos del partido, seg¨²n el cual, en el caso de Madrid, es el Comit¨¦ Central quien aprueba definitivamente la lista electoral que presenta el partido.
En el mismo apartado, el recurso se?ala que ninguno de los expulsados hab¨ªa sido sancionado con anterioridad, lo que habr¨ªa justificado cualquier otra medida represiva menos grave que la expulsi¨®n. Se preguntan, asimismo, c¨®mo es posible que en el momento de elaborarse las listas electorales los once expulsados merecieran la confianza de su partido y en los momentos actuales se les haya retirado esta confianza.
Como novedad importante en este tipo de recursos ante una medida sancionadora, los expulsados solicitan de la Comisi¨®n Provincial de Garant¨ªas y Control que, dado que el comit¨¦ provincial habr¨ªa transgredido varios art¨ªculos de los estatutos a la hora de aplicar sus medidas sancionadoras, se examine el comportamiento de este ¨®rgano de direcci¨®n por si su actuaci¨®n hubiera incurrido en falta.
Esta petici¨®n que se hace a la comisi¨®n de garant¨ªas y control se sustenta en el art¨ªculo 54 de los estatutos, en el que se recogen las funciones de la referida comisi¨®n, y entre las que figura dictaminar sobre las cuestiones que planteen los comit¨¦s de su ¨¢mbito o cualquier otro miembro del partido acerca de la garant¨ªa de sus derechos y la democracia interna, velando por la aplicaci¨®n de los estatutos.
En otro apartado, el recurso se ocupa de la relaci¨®n de estas expulsiones y la legislaci¨®n electoral, con la que se trata de mostrar que habr¨ªa colisionado en su art¨ªculo 11, relativo a la confecci¨®n de las listas electorales y el sistema electoral.
En este sentido, el recurso apela al buen juicio de la comisi¨®n de garant¨ªas y control para que evite el que fuera la propia Junta Electoral quien tuviera que "enmendar la plana", seg¨²n palabras de uno de los recurrentes, al partido, "lo que situar¨ªa a ¨¦ste en una posici¨®n a¨²n m¨¢s rid¨ªcula ante la opini¨®n p¨²blica".
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