Separado de su hijo
El d¨ªa 12 de noviembre de 1974, cinco magistrados del Tribunal Supremo espa?ol dictaron un auto por el que conced¨ªan el exequ¨¢tur a una sentencia noruega en la que un espa?ol, concretamente el que suscribe, era considerado "desequilibrado mental, como lo probaba el hecho de que pretendiera educar a su hijo en Espa?a". De acuerdo con tan evidente argumento jur¨ªdico, el juez noruego hab¨ªa decidido que el padre no tuviera derecho ni a la patria potestad, ni a la custodia del hijo habido con la esposa noruega, ni a parte alguna de los bienes gananciales, aunque s¨ª ten¨ªa que pasar una cantidad mensual a la ex esposa para la manutenci¨®n del hijo de ambos. (Ex esposa, porque la sentencia era de divorcio.)El mencionado auto del Tribunal Supremo contin¨²a vigente hoy, ya que, por ser concesi¨®n de exequ¨¢tur, tiene rango de sentencia y es inapelable. Respecto al mismo caso, sobre el que en su d¨ªa los medios de comunicaci¨®n nacionales y extranjeros difundieron muchas noticias, los propios tribunales espa?oles dictaron cuatro sentencias (cuando lo habitual es que el n¨²mero no exceda de tres), lo que demuestra el gran inter¨¦s que se tomaron por el asunto. Las cuatro sentencias son totalmente contrarias al auto de exequ¨¢tur, lo que no es ¨®bice para que ¨¦ste contin¨²e vigente, demostrando c¨®mo puede crearse una original jurisprudencia, seg¨²n la cual una persona puede ser sentenciada a ser, simult¨¢neamente, loco y cuerdo, divorciado y con matrimonio nulo, reconocido el derecho a la patria potestad y custodia y negadas ambas, correspondi¨¦ndole la mitad de los bienes gananciales, pero nada en absoluto de ellos.
Quienes han investigado al respecto -y no han sido pocos me aseguran que no se conoce precedente alguno de tan extraordinaria situaci¨®n no s¨®lo en Espa?a, sino tampoco en ninguno de los pa¨ªses que componen los cinco continentes.
Las cuatro sentencias espa?olas a las que he hecho referencia son:
- Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 13 de Madrid, de 33 de noviembre de 1973.
- Audiencia Territorial de Madrid, de 24 de mayo de 1974.
- Tribunal Supremo, de 8 de abril de 1975.
- Juzgado de 1? Instancia n¨²mero 7 de Madrid, de 27 de julio de 1977.
Los firmantes del auto de concesi¨®n de exequ¨¢tur son: Francisco Bonet Ram¨®n, Mariano Gimeno Fern¨¢ndez, Federico Rodr¨ª-
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