?Cu¨¢ndo se es persona?
Cuando se afronta el tema del aborto se afronta un tema plurifac¨¦tico e interdisciplinar. A priori puede decirse que s¨®lo en el di¨¢logo y confrontaci¨®n de todos los especialistas y de todos los puntos de vista se encontrar¨¢ una soluci¨®n al problema.En EL PA?S del domingo 13 de diciembre de 1981, el profesor Javier Gafo abordaba el tema haciendo incursiones en diversos campos del saber. Hablaba a veces como bi¨®logo y a veces como creyente. Pero tambi¨¦n como antrop¨®logo, fil¨®sofo o moralista. Y es en este campo donde yo observo que su reflexi¨®n no ha hecho m¨¢s que empezar.
?Desde cu¨¢ndo deviene una aut¨¦ntica persona humana el ser que se est¨¢ gestando en la madre? La pregunta puede esclarecerse desde distintos puntos de vista, pero siempre en ¨²ltimo t¨¦rmino llevar¨¢ impl¨ªcita una concepci¨®n filos¨®fico-antropol¨®gica, de la persona humana, y la respuesta depende esencialmente de esa concepci¨®n. Tengo el presentimiento de que una reflexi¨®n desapasionada y serena de fil¨®sofos, antrop¨®logos y moralistas sobre una determinada corriente del pensamiento personalista de nuestro siglo iluminar¨ªa decisivamente esta cuesti¨®n. Me refiero a la corriente personalista que representan pensadores como Martin Buber y Ferdinand Ebner, por no citar m¨¢s que dos nombres. Toda la moral cristiana occidental, especialmente la cat¨®lica, est¨¢ fuertemente influenciada por estos pensadores.
A la consideraci¨®n de los especialistas expongo algunos de los puntos fundamentales de la doctrina personalista a la que me refiero:
- No existe un yo personal si no es en relaci¨®n a un t¨² y a un nosotros comunitario y social. Esa relaci¨®n a otro y a otros es esencial y constitutiva del ser personal humano.
- El ser humano existe como tal cuando se le llama a la vida en el seno de una comunidad humana. Esa llamada de un t¨² despierta y crea la conciencia de un yo, es llamada creativa y constitutiva, filos¨®ficamente hablando. La palabra y el amor o la aceptaci¨®n y voluntad de que exista un nuevo ser es lo que crea el derecho del nuevo ser a la existencia.
- Para la teolog¨ªa cristiana, la responsabilidad de llamara la vida a nuevos seres corresponde a la comunidad, a la madre, la familia y la sociedad, que deciden, amando al nuevo ser, crear una nueva vida.
- Desde este punto de vista no tiene sentido hablar del derecho a la vida de un embri¨®n con rasgos humanos, independientemente de la llamada comunitaria, de la llamada del t¨², ya que existe esencialmente en relaci¨®n a ¨¦l.
- La llamada a la vida no es un acto instant¨¢neo e irrevocable, sino una exigencia y una necesidad que puede verse afectada por las circunstancias de aquellos que responsablemente deciden tener un hijo. No puede ser nunca producto del azar, ni siquiera cuando as¨ª lo determinen procesos biol¨®gicos. La raz¨®n humana responsable, la pareja y la comunidad responsables, son las que deben humanizar los meros procesos biol¨®gicos e intervenirlos cuando exista una raz¨®n o motivo suficiente.
Las ¨²ltimas reflexiones tocan principios de ¨¦tica universalmente admitidos. El profesor Javier Gafo, antes citado, admite tambi¨¦n que en el caso del embarazo que ponga la vida de la madre en peligro, y quiz¨¢ en caso de violaci¨®n, el aborto deber¨ªa despenalizarse. Creo entender que esta mitigaci¨®n jur¨ªdica o penal est¨¢ influenciada por el principio ¨¦tico de la ?raz¨®n o motivo suficiente?, a que antes me refer¨ªa, aunque no sea invocado expresamente. Nadie puede demostrar que el feto tiene derecho a venir al mundo poniendo en peligro la vida de la madre. Sencillamente, la llamada y la respuesta a la vida no se da en un contexto de responsabilidad y justicia, y esto independientemente de que el feto sea incapaz de culpa. Es un sujeto sin capacidad de respuesta personal, ni culpable ni inocente, cuyo proceso de entrada en la vida puede verse negativamente afectado, pervertido, obligando a quienes un d¨ªa libremente decidieron tener un hijo a decidir interrumpir el proceso para que ¨¦ste vuelva a poder darse en un contexto justo y responsable. En muchos casos no ha habido ni siquiera esta decisi¨®n, y en algunos, una clara oposici¨®n (violaci¨®n) por parte de la madre.
El profesor Javier Gafo hace que nos estremezcamos cuando evoca procedimientos abortivos que destrozan al ser humano en formaci¨®n. Pero tambi¨¦n nos estremecemos cuando pensamos en los millones de seres que, tras anidar en el ¨²tero materno, son expulsados con la sangre menstrual fuera de la madre. Es un espect¨¢culo dantesco este de millones de personas perdidas as¨ª para el mundo. Que sea un hecho natural no lo hace menos tr¨¢gico. Y quiz¨¢ lo que sucede es que es algo muy humano.
Tambi¨¦n el caso de muerte en leg¨ªtima defensa de nuestra vida y de la de nuestros seres queridos ilumina este pensamiento de que el derecho a la vida no es un derecho absoluto, sino relativo, en relaci¨®n con la vida de las dem¨¢s personas. Esta relatividad puede llevarnos a pensar que en un caso hay raz¨®n suficiente para negar el derecho a la vida (ciertos casos de abortos, leg¨ªtima defensa ... ) y en otro no hay raz¨®n suficiente para hacerlo (pena capital, por ejemplo).
Julio P. L¨®pezes doctor en Teolog¨ªa Moral.
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