"Es imposible convertir en profesores permanentes a todos los no numerarios", seg¨²n Saturnino de la Plaza
La certeza de que en esta ocasi¨®n la ley de Autonom¨ªa Universitaria (LAU) ser¨¢ aprobada en el Parlamento, la ausencia de motivos reales para la actual huelga de los penenes en algunas universidades y la necesidad de que los partidos no se dejen presionar por grupos interesados en el proceso de elaboraci¨®n de la citada ley resumen las declaraciones hechas ayer a EL PA?S por Saturnino de la Plaza, secretario de Estado para las Universidades, con motivo de su viaje a Oviedo para presidir la toma de posesi¨®n del rector de la Universidad asturiana, Teodoro L¨®pez Cuesta.
El profesor L¨®pez Cuesta, catedr¨¢tico independiente y dem¨®crata, ha sufrido en dos frentes los ataques dirigidos contra la LAU: primero, la Asociaci¨®n de Catedr¨¢ticos impugn¨® las normas para su elecci¨®n por adaptarse a los porcentajes de representaci¨®n de ¨¦sta, y ahora, los penenes se encuentran en huelga para reivindicar su estabilidad en la docencia universitaria.Saturnino de la Plaza mostr¨® su convencimiento de que UCD y el PSOE mantendr¨¢n el acuerdo para aprobar la LAU, puesto que su ruptura significar¨ªa una apuesta inequ¨ªvoca por la inmediata convocatoria de elecciones generales. Interrogado sobre las supuestas presiones ejercidas sobre UCD, e incluso sobre el presidente del Gobierno, Leopoldo Calvo Sotelo, por parte de diversas instancias conservadoras y, en particular, por los catedr¨¢ticos, para evitar que los cargos unipersonales de la universidad sean ocupados por profesores permanentes -con dedicaci¨®n exclusiva-, respondi¨® que si tales presionen existen, deben ser rechazadas por el Parlamento. ?Por otra parte?, agreg¨®, ?los catedr¨¢ticos tienden a adquirir la dedicaci¨®n exclusiva?.
El secretario de Estado para las Universidades minimiz¨® el alcance de la huelga de los profesores no numerarios, en la que no se ve m¨¢s sentido que ?un intento de conseguir m¨¢s de lo que se les puede dar?. ?Convertir a todos los penenes en profesorado permanente con la entrada en vigor de la ley?, afirm¨®, ?es imposible; hipotecar¨ªa la universidad durante m¨¢s de treinta a?os y resultar¨ªa inadmisible si tenemos en cuenta que bastantes de ellos accedieron a sus actuales puestos nombrados a dedo y sin superar prueba alguna?. En su opini¨®n, la huelga es minoritaria y, en algunos casos, puede ser el resultado de una lectura insuficiente de la LAU.
Saturnino de la Plaza analiz¨®, con EL PA?S en la mano, las peticiones de los profesores no numerarios de las universidades vascas y dijo que el primer apartado est¨¢ ya recogido en el informe de la ponencia; cree que el segundo tambi¨¦n ser¨¢ introducido en la LAU, y en cuanto al tercero, considera que choca con el sistema de habilitaci¨®n previsto en la ley.
En s¨ªntesis, el secretario de Estado asegura que los penenes tienen garantizada la estabilidad en el empleo durante cuatro a?os, seg¨²n el proyecto de ley, y que a partir de ese per¨ªodo se abren varias v¨ªas de acceso para convertir en permanente su funci¨®n. ?Eso no quiere decir?, a?adi¨®, ?que quienes no consoliden su situaci¨®n vayan a ser expulsados de la universidad, pues queda todav¨ªa abierto el camino de los contratos renovables?.
Los profesores de las universidades vascas han planteado las siguientes reivindicaciones, comentadas por Saturnino de la Plaza en Oviedo:
a) Quienes a la entrada en vigor de la ley sean profesores no numerarios que hayan impartido de manera ininterrumpida la docencia durante cinco cursos acad¨¦micos con el t¨ªtulo de doctor podr¨¢n ser contratados, siempre que sea en el mismo centro y en disciplina an¨¢loga, con car¨¢cter permanente, en r¨¦gimen de dedicaci¨®n exclusiva, como profesores asociados o catedr¨¢ticos de escuelas universitarias, sin necesidad de obtener la habilitaci¨®n estatal.
b) Quienes a la entrada en vigor de la ley sean profesores no numerarios que hayan impartido la docencia durante cinco a?os ininterrumpidos podr¨¢n, siempre que sea en su mismo centro y disciplina, ser contratados con car¨¢cter permanente, en r¨¦gimen de dedicaci¨®n exclusiva, como agregados de escuelas universitarias, sin necesidad de obtener la habilitaci¨®n estatal.
c) Quienes a la entrada en vigor de la ley sean profesores no numerarios y no cumplan el requisito de antig¨¹edad de los apartados anteriores (cinco a?os) podr¨¢n ser contratados con car¨¢cter permanente y en r¨¦gimen de dedicaci¨®n exclusiva cuando cumplan dicho requisito de antig¨¹edad.
Seg¨²n este planteamiento, los no doctores podr¨ªan ser agregados sin necesidad de la habilitaci¨®n, y quienes no lleven cinco a?os cuando se apruebe la LAU podr¨¢n llegar a catedr¨¢ticos o agregados al cumplir el quinquenio.
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