Admitido un recurso de amparo de la editora de 'El Papus' contra el pleno del Tribunal Supremo'
El Tribunal Constitucional ha admitido a tr¨¢mite el recurso de amparo promovido por la representaci¨®n legal de Ediciones Amaika, SA, editora de la revista El Papus, en relaci¨®n con la decisi¨®n del pleno del Tribunal Supremo de desestimar una querella contra tres antiguos magistrados de la Audiencia Nacional que dictaron sentencia, considerada injusta por Ediciones Amaika, SA, en uno de los sumarios a los que dio lugar el atentado perpretado por un grupo ultraderechista contra la redacci¨®n de El Papus en septiembre de 1977.El pleno del Tribunal Supremo, competente en las causas contra magistrados, desestim¨® la acci¨®n penal promovida por Ediciones Amaika S.A. para exigir responsabilidad criminal a los magistrados por entender que la sentencia dictada, aunque pudiera ser considerada benigna para los reos, no constitu¨ªa delito y entraba dentro del arbitrio judicial.
La representaci¨®n legal de Ediciones Amaika S.A. recurri¨® en amparo ante el Tribunal Constitucional por entender que la resoluci¨®n del pleno del Tribunal Supremo hab¨ªa vulnerado diversos derechos constitucionales, entre ellos el derecho a la protecci¨®n jurisdiccional efectiva y el de igualdad de todo ciudadano ante la ley.
En un primer momento, el Tribunal Constitucional puso de manifiesto al recurrente que deb¨ªa concretar m¨¢s los derechos constitucionales que consideraba vulnerados por la decisi¨®n del pleno del Tribunal Supremo, lo cual podr¨ªa ser causa de inadmisibilidad del recurso. En este sentido, la Fiscal¨ªa General del Estado se opuso en aquel momento a la admisi¨®n del recurso, ya que la enumeraci¨®n que el recurrente hac¨ªa de los derechos constitucionales supuestamente vulnerados (seguridad, integridad f¨ªsica, derecho a la vida , igualdad ante la ley, etc¨¦tera) carec¨ªa de las m¨ªnimas exigencias de concreci¨®n, e individualizaci¨®n.
Una vez concretados por el recurrente, dentro del plazo legal de alegaciones, los derechos constitucionales considerados vulnerados, el Tribunal Constitucional ha considerado pertinente admitir a tr¨¢mite el recurso de amparo y requerir de la presidencia del Tribunal Supremo para que remita las actuaciones originales, o testimonio de las mismas, del expediente seguido en virtud de la querella formulada contra los magistrados por Ediciones Amaika, SA.
A esta decisi¨®n del Tribunal Constitucional han formulado voto particular los miembros del mismo y antiguos magistrados del Tribunal Supremo, Angel Escudero del Corral y Jer¨®nimo Arozamena, quienes entienden que dicho recurso no deber¨ªa ser admitido. Seg¨²n dichos magistrados, la admisi¨®n del recurso de amparo entra?a una intromisi¨®n en un ¨¢mbito jurisdiccional propio del Tribunal Supremo.
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