Camino de perversi¨®n
Un liberal ilustre, Hayek, calific¨® de camino de servidumbre el creciente intervencionismo estatal y consiguiente socializaci¨®n de la econom¨ªa cuyos m¨¢ximos exponentes, marxista y fascista, propugnaron desde la d¨¦cada de los treinta.A juicio del que despu¨¦s ser¨ªa premio Nobel de Econom¨ªa, la socializaci¨®n, la hiciera quien la hiciera, la derecha o la izquierda, acababa con el pluralismo de las ofertas y de las opciones y, en consecuencia, tambi¨¦n con la libertad.
A?os despu¨¦s, un gran jurista, tambi¨¦n de estirpe liberal, Hippel, calificaba de perversi¨®n del orden jur¨ªdico la triste experiencia vivida por la Alemania nazi desde 1933: la utilizaci¨®n, al menos aparente, de las t¨¦cnicas constitucionales y legales democr¨¢ticas para acabar con la propia democracia y la libertad.
Sin duda, para ello invocaron razones pol¨ªticas. Por ejemplo, consideraron que la diversidad de voces sociales, por buenas que fueran todas ellas, produc¨ªan tensiones y divid¨ªan a la sociedad. Un viejo atavismo, propio de las sociedades arcaicas, el mito de la unanimidad que hoy llamar¨ªamos consenso, justificaba acabar con ese ingrediente de las sociedades libres que se llama diversidad de opini¨®n y libertad de expresi¨®n. La torcida aplicaci¨®n de la ley por una Administraci¨®n y una justicia politizada hizo lo dem¨¢s.
El gancho para colgar tan eruditas referencias a Hayek e Hippel es la resoluci¨®n de la Junta Electoral Central prohibiendo la campa?a electoral de los empresarios andaluces. Yo no voy a juzgar el fondo de la campa?a, sus calidades est¨¦ticas o su oportunidad pol¨ªtica, aunque s¨ª creo preciso dejar bien claro que los empresarios de todo el mundo occidental han expresado por doquier su poca simpat¨ªa frente a las opciones socialistas, uno de cuyos postulados es la negaci¨®n de la libre empresa por m¨¢s que los l¨ªderes del socialismo espa?ol, dejando de lado su programa m¨¢ximo y las opciones de sus ¨²ltimos congresos, pretendan hoy, de cara al electorado, decir otra cosa.
Quiero opinar simplemente, en tanto una resoluci¨®n administrativa no me prive del derecho de hacerlo, sobre los fundamentos jur¨ªdicos invocados y sobre sus consecuencias pol¨ªticas.
El dogma leg¨ªtimo
La resoluci¨®n se ha basado en la invocaci¨®n del decreto-ley de 1977 que regula la campa?a electoral realizada por quienes directamente participen en el proceso electoral, y de ello deduce la carencia de legitimaci¨®n de un grupo social concreto ajeno a los partidos concurrentes para realizar propaganda de cara a las elecciones.
La primera pregunta que se plantea el at¨®nito int¨¦rprete de tal decisi¨®n, es si se niega la legitimaci¨®n de la Confederaci¨®n Empresarial por ser un grupo social, o porque su campa?a es contraria a la opci¨®n social-comunista.
Atendiendo a los propios t¨¦rminos de la resoluci¨®n, donde se prohibe especialmente la campa?a frente al partido socialista y a la experiencia de ¨¦stas y de las pasadas elecciones generales, donde fuerzas sociales politizadas de tendencias marxista como UGT y CC OO y sus m¨²ltiples filiales y correas de trasmisi¨®n han hecho una campa?a tan cort¨¦s y delicada como de don Marcelino Camacho puede esperarse, todo har¨ªa pensar que lo que la Junta Electoral prohibe es contrariar las tendencias sociocomunistas, puesto que jam¨¢s se ha preocupado de poner coto para propaganda sindical filomarxista. Se tratar¨ªa de una violaci¨®n sangrante de la igualdad ciudadana, pero todos sabemos que el marxismo ha reiterado con virulencia la vieja doctrina reaccionar¨ªa de "toda la libertad para la verdad, ninguna libertad para el error". Tal vez, la peculiar interpretaci¨®n de nuestra normativa electoral reitere inconscientemente expresiones de la enc¨ªclica Mirari vos o de Lenin: cuando hay un dogma que se pretende legitimar, hoy por el viento de la historia, es ileg¨ªtimo cuanto a ello se opone.
?Qu¨¦ es el pluralismo pol¨ªtico?
Sin embargo, lejos de mi pensar que tan antiliberal y antidemocr¨¢tica interpretaci¨®n subyazca a las decisiones de un ¨®rgano al que tan profundamente respeto. M¨¢s bien supongo que la prohibici¨®n de la campa?a no se debe al contenido antisocialista de ¨¦sta, sino a que procede de un grupo social distinto de los partidos. Sin duda, ello tiene escas¨ªsima base jur¨ªdica. Por ejemplo, sabemos que, seg¨²n el art¨ªculo 4 del C¨®digo Civil, la previsi¨®n normativa de un supuesto no supone la necesaria exclusi¨®n de los dem¨¢s, y ello es aplicable a las normas que rigen la campa?a electoral. Sabemos tambi¨¦n que una norma de rango legal dictada en 1977 no puede en manera alguna enervar un derecho constitucionalmente como es la libertad de expresi¨®n reconocido con la m¨¢xima pretensi¨®n de validez en el art¨ªculo 20 de la Constituci¨®n de 1978. Tanto es as¨ª, que en un caso de menor alcance, la libertad de publicaci¨®n de Prensa peri¨®dica los lunes, los m¨¢s importantes medios de informaci¨®n, la profesi¨®n period¨ªstica y, por supuesto, todos los partidos, incluso el socialista y el comunista, consideraron imposible mantener el monopolio de la Hoja del Lunes y la prohibici¨®n del resto de la Prensa una vez que la libertad de expresi¨®n con car¨¢cter general hab¨ªa sido reconocida en el citado art¨ªculo 20 de la Constituci¨®n.
Pero es claro que cada uno sabe todo el derecho que puede y no a todos es dado saber mucho. Lo grave de ciertos dislates son las consecuencias pr¨¢cticas que producen.
Si se prohibe expresarse sobre temas pol¨ªticos a un grupo social ajeno a los partidos, violando el art¨ªculo 20 de la (Constituci¨®n, se est¨¢ socavando el principio del pluralismo pol¨ªtico, fundamento de toda libertad reconocida como pilar de nuestro sistema democr¨¢tico, reconocido en el art¨ªculo 19 de la norma fundamental.
El pluralismo pol¨ªtico no es s¨®lo el pluralismo de los partidos pol¨ªticos, que tambi¨¦n existe, por cierto, en muchas democracias populares bajo la hegemon¨ªa de un partido comunista en cuyo favor los partidos socialistas de Checoslovaquia, Polonia o de Alemania traicionaron el socialismo democr¨¢tico. El pluralismo pol¨ªtico es el pluralismo de toda la sociedad, en lo religioso, lo cultural, lo econ¨®mico, lo profesional, y supone la libertad de esta pluralidad de fuerzas para expresarse, no s¨®lo en temas de su inter¨¦s, sino en temas de pol¨ªtica general, como se hace en todo Occidente y, hasta ahora, en Espa?a lo han venido haciendo los sindicatos.
Si hoy se niega el derecho de los empresarios a opinar sobre el modelo econ¨®mico y social, ma?ana se negar¨¢ a los padres de familia a pronunciarse sobre la pol¨ªtica educativa; pasado, el de la Iglesia sobre las cuestiones morales, y al otro, el de cualquier colegio profesional a decir esta boca es m¨ªa.
Con ello, el se?or A?overos o el se?or Pi?ar, que han coincidido con el se?or Carrillo y el se?or Gonz¨¢lez en elogiar la prohibici¨®n de la campa?a empresarial, habr¨¢n conseguido su meta, una sociedad un¨¢nime y sin tensiones, como la que la perversi¨®n del orden jur¨ªdico consegu¨ªa en Alemania desde 1933, o la que un orden jur¨ªdico ya pervertido est¨¢ imponiendo cada d¨ªa en Polonia.
No se trata de exageraciones, sino de una brutal realidad. Acallar las voces sociales cuando resultan molestas, y por ello se reputan peligrosas, es la v¨ªa del totalitarismo, sea de izquierda, sea de derechas.
Quienes en la izquierda y en la derecha tengan un talante liberal, deben hacer frente com¨²n contra la decisi¨®n que nos introduce en tan peligrosa v¨ªa y, por supuesto, sacar las consecuencias del juicio que cada partido pol¨ªtico ha dado sobre el tema, para estimar si la libertad, la Constituci¨®n y la democracia representan para ellos valores permanentes o puros instrumentos de alcanzar poder, como las elecciones lo fueron para Hitler en 1933.
Miguel Herrero de Mi?¨®n es diputado de Coalici¨®n Democr¨¢tica.
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