Ma?ana concluye el plazo para recurrir la sentencia
Ma?ana concluye el plazo de cinco d¨ªas h¨¢biles a partir de la notificaci¨®n de la sentencia para que las partes -fiscal y defensores- anuncien al Consejo Supremo de Justicia Militar la presentaci¨®n de los recursos que estimen pertinentes. Seg¨²n el acuerdo del Consejo de Ministros el fiscal togado de la Armada Jos¨¦ Mar¨ªa Claver prepara el correspondiente escrito donde enumera los motivos de fondo a que se atendr¨¢ despu¨¦s el recurso que afectar¨¢ a la mayor parte de los fallos inferiores a las penas solicitadas en las conclusiones definitivas ante la sala de justicia.La agencia Europa Press dice haber recogido impresiones en medios jur¨ªdicos solventes seg¨²n las cuales lo m¨¢s probable es que el ministerio p¨²blico agote el plazo, con objeto de detallar todos los extremos del recurso. A partir de este momento el marco jur¨ªdico de referencia es la Ley de Enjuiciamiento Criminal en cuyo art¨ªculo 849 se mencionan los motivos de fondo que pueden dar lugar a un recurso.
Los motivos de forma se recogen en los art¨ªculos 850 y 851 por vicios o defectos de sentencia o de procedimiento, cuya aceptaci¨®n oibligar¨ªa a reponer las actuaciones al momento en que se hubiera producido el error.
En los ¨²ltimos diez a?os se ha registrado una media de 2.500 recursos interpuestos por motivos de forma en materia penal, de los que no han prosperado m¨¢s all¨¢ del 0,5 % al 1 %. Fuentes jur¨ªdicas se?alaron a EL PA?S que el recurso no es un nuevo juicio ni permite la presentaci¨®n de nuevas pruebas sino que por el contrario requiere extremo respeto a los hechos probados que consten en la sentencia. Tampoco podr¨¢ el fiscal del Tribunal Supremo ir m¨¢s all¨¢ en sus escritos de las calificaciones fijadas por el fiscal togado que actu¨® en la vista de la causa.
Una vez recibido el escrito el Consejo Supremo de Justicia Militar en el plazo de tres d¨ªas remitir¨¢ el testimonio de la sentencia y los particulares concretos a la sala segunda del Tribunal Supremo que es la competente en materia penal. Las partes ser¨¢n entonces emplazadas para que en quince d¨ªas formalicen sus respectivos recursos contra la sentencia. Es esa formalizaci¨®n del recurso, es decir el detalle y el desarrollo de los motivos en que se basa el recurso de casaci¨®n, la que es competencia de la fiscal¨ªa del Tribunal Supremo al frente de la cual se encuentra el fiscal general del Estado Jos¨¦ Mar¨ªa Gil-Albert y Velarde.
Ninguno de los condenados a penas que no superen los tres a?os de prisi¨®n podr¨¢ recurrir. Ese es el caso del teniente coronel Pedro M¨¢s Oliver, de los capitanes de Infanter¨ªa Carlos Alvarez-Arenas, Jos¨¦ Pascual G¨¢lvez y Francisco Dusmet, del capit¨¢n de Intendencia Jos¨¦ Cid Fortea y de los capitanes de la Guardia Civil Carlos L¨¢zaro Corthay, Juan P¨¦rez de la Lastra, Francisco Acera Mart¨ªn y Enrique Bovis Gonz¨¢lez. Tampoco podr¨¢ recurrir el paisano Juan Garc¨ªa Carr¨¦s ni el capit¨¢n de nav¨ªo Camilo Men¨¦ndez Vives ni los absueltos: comandante Jos¨¦ Luis Cortina, capit¨¢n Juan Batista Gonz¨¢lez, capit¨¢n de la Guardia Civil Francisco Ignacio Rom¨¢n y tenientes del mismo cuerpo Vicente Carricondo, C¨¦sar Alvarez, Jos¨¦ N¨²?ez Ruano, Vicente Ramos Rueda, Pedro Izquierdo S¨¢nchez, Santiago Vecino, Manuel Boza y Jes¨²s Alonso Hern¨¢iz.
No menos de seis meses
Se cree que ser¨¢ el propio titular de la fiscal¨ªa quien comparecer¨¢ a informar ante la sala segunda que estar¨¢ compuesta para la ocasi¨®n por su presidente y seis magistrados. La tramitaci¨®n del recurso se calcula que puede consumir un tiempo aproximado de seis a ocho meses antes de que se celebre la vista.
El an¨¢lisis de la sentencia publicado en las p¨¢ginas de EL PA?S bajo la firma del catedr¨¢tico de Penal Enrique Gimbernat describe algunos ?le los argumentos y consideraciones de los que no podr¨¢ alejarse el recurso que prepara el fiscal.
En cuanto a la reacci¨®n del Gobierno y la anticipada por su presidente, Leopoldo Calvo Sotelo, se insiste en c¨ªrculos pol¨ªticos que caus¨® malestar en los titulares de Defensa y Justicia, Alberto Oliart y P¨ªo Cabanillas. Algunos observadores atribuyen la ¨ªnmediatez y la energ¨ªa de Calvo Sotelo ante la sentencia al af¨¢n de no verse desbordado por Adolfo Su¨¢rez de cuya posici¨®n se asegura que estaba previamente informado.,
Desde ayer lunes el mando militar ha empezado a recibir los estados de opini¨®n remitidos desde las distintas unidades donde se recogen numerosas valoraciones acerca de las sentencias. Algunas de las opiniones adversas hacen especial hincapi¨¦ en la reacci¨®n del presidente del Gobierno. Varios oficiales activistas preparan, al parecer, alg¨²n gesto p¨²blico de desacato al presidente con ocasi¨®n de alguna pr¨®xima comparecencia ante las Fuerzas Armadas.
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