Por una cultura positiva de la droga
Es frecuente enfocar el problema del tr¨¢fico y consumo de drogas t¨®xicas y estupefacientes pregunt¨¢ndose si deben o no ser despenalizadas, es decir, si debi¨¦ramos considerar penalmente irrelevante el tr¨¢fico y/o el consumo de estas sustancias, usualmente los derivados de la Papaver somnlerum y de la Cannabis sativa.
Entre los argumentos que se alegan a favor de la despenalizaci¨®n est¨¢, sin duda, el de la libertad de los ciudadanos. Stuart, Mill lo formul¨® lapidariamente en On liberty hace ya m¨¢s de un siglo: los ciudadanos adultos de un pa¨ªs libre tienen derecho a hacer consigo mismo lo que quieran, siempre que ello no produzca da?o a terceros inocentes, y as¨ª, no corresponde al derecho penal tratar de imponer una moral por la v¨ªa de la fuerza. Habr¨ªa que reconocer entonces -y yo lo acepto, desde luego- un derec , ho a suicidarse, a cometer violencias contra uno mismo y, por supuesto, ¨²n derecho a ser inmoral, alcoh¨®lico, toxic¨®mano, perverso o cualquier otra zarandaja similar, derecho- que merece protecci¨®n colectiva, siempre, por supuesto, que no se da?o a terceros (lo que no es, por cierto, f¨¢cil de dilucidar). En definitiva, esto diferenciar¨ªa la conducta moral de la inmoral: que es libre. Pues s¨®lo los sujetos libres pueden serresponsables y s¨®lo los responsables pueden ser virtuosos. Una moral impuesta coactivamente es una contradicci¨®n. Ello aparte de que -como insist¨ªa Stuart Mill- la inmoralidad de hoy puede no serlo ma?ana.
Lo que con frecuencia se olvida es que, al margen de si el derecho penal debe o no tratar de imponer una moral, est¨¢ la cuesti¨®n de si puede hacerlo. Pues, obviamente, la coacci¨®n penal es ¨²til y eficaz para conseguir algunas cosas, pero no todas, y la historia de Occidente est¨¢ plagada de fracasos en cuanto a la utilizaci¨®n represiva del derecho penal. ?Es eficaz para controlar el tr¨¢fico y consumo de productos t¨®xicos y estupefacientes?
La respuesta es muy tajante: no lo es en absoluto. Es m¨¢s, no s¨®lo no es eficaz, sino que es contraproducente; no s¨®lo no elimina un tipo de delincuencia, sino que genera nuevos tipos, es pues crimin¨®geno. Veamos por qu¨¦.
La eficacia de una norma penal se mide de dos modos, en t¨¦rminos de prevenci¨®n general y de prevenci¨®n especial. La primera alude a la capacidad de la amenaza de castigo para evitar la transgresi¨®n de la norma. Pues bien, las cifras cantan por s¨ª mismas. Ni aqu¨ª ni en Estados Unidos ni en ning¨²n otro pa¨ªs libre del que se tenga informaci¨®n ha servido la amenaza penal como disuasor eficaz. A?o tras a?o han aumentado paulatinamente los consumidores de cannabis e incluso los usuarios de opio y sus derivados (es decir, los verdaderos toxic¨®manos), y ello a pesar de las repetidas reformas de la legislaci¨®n en un sentido cada vez m¨¢s represivo. La comparaci¨®n de la pol¨ªtica seguida por Estados Unidos y por el Reino Unido en este terreno ser¨ªa muy instructiva. Afirmar, por otra parte, como se hace a veces, que, d¨¦ no haber sido por esa legislaci¨®n, el tr¨¢fico y consumo habr¨ªan aumentado a¨²n m¨¢s es un argumento bizantino. Primero, porque no pasa de ser una suposici¨®n gratuita. Adem¨¢s, porque nos estamos moviendo en cifras que suponen cientos de miles de ciudadanos, y. mantener en vigor una legislaci¨®n que condena a la ilegalidad a cientos de miles de personas es simplemente una insensatez, cuando no un atentado contra una numeros¨ªsima minor¨ªa.
Otro tanto cabe decir en cuanto a la prevenci¨®n especial, es decir, a la capacidad de rehabilitar a los ya drogadictos para una, vida normal. En primer lugar, porque de nada hay que rehabilitar al usuario de marihuana o hach¨ªs, que no es toxic¨®mano, ni adicto y al que nada le ocurre; es como si quisi¨¦ramos transformar en, abstemio a quien s¨®lo bebe cerveza en el aperitivo. (Y quiz¨¢ no sea ocioso insistir una vez m¨¢s en lo que es ya un secreto a voces: que la evidencia cient¨ªfica acerca de la casi total inocuidad de la m¨¢rihuana es abrumadora y hay muy pocos productos en el vademecum que hayan sido analizados y estudiados m¨¢s detenida y cuidadosamente). De otra parte, porque en relaci¨®n con los verdaderos toxic¨®manos ocurre todo lo siguiente:
1. Nadie sabe bien c¨®mo curarlos realmehte y la inmensa mayor¨ªa de los m¨¦todos conocidos tienen unas tasas de reincidencia -medidas a los dos tres a?os- pr¨®ximas al 90%.
2. Porque resulta dif¨ªcil, si no imposible, curar a quien no quiere curarse.
3. Porque, si ya es dif¨ªcil curar a quien quiere, es casi imposible hacerlo con quien est¨¢ preso.
Pero lo m¨¢s grave no es que la legislaci¨®n penal en este terreno sea ineficaz, sino que es claramente contraproducente, por varias razones, ejemplificadas todas ellas en el tremendo fracaso del Volstead Act, la conocida ley seca norteamericana, dictada en 1919 y derogada a?os m¨¢s tarde despu¨¦s de haber alimentado a la mafia generando una pavorosa corrupci¨®n de la polic¨ªa y la administraci¨®n de justicia e incluso un incremento del consumo de licor entre la juventud.
La primera de dichas razones es la progresiva asimilaci¨®n entre usuarios de drogas y delincuentes, que se produce como consecuencia del trato igual o similar a que unos y otros se ven sometidos. Nunca he comprendido la genial idea de rehabilitar defincuentes poni¨¦ndolos todos juntos y separ¨¢ndolos de l¨®s no delincuentes; por supuesto, lo que ocurre es que unos y otros refuerzan sus conductas y as¨ª, en este caso, acabamos encontrando al drogadicto armado y al delincuente metido en el tr¨¢fico y consumo de droga. ?ste proceso est¨¢ ocurriendo aqu¨ª y ahora en nuestras prisiones y es consecuencia directa del tratamiento legal que damos al drogadicto.
En segundo lugar, la prohibici¨®n genera un mercado negro ilegal basado en la brutal diferencia de los precios de la mercanc¨ªa al por mayor y al por menor, antes y despu¨¦s de pasar la frontera. Como en el caso de la ley seca, este contrabando genera delincuencia que, por la propia din¨¢mica econ¨®mica, tiende a organizarse y constituirse en oligopolio de oferta de la mercanc¨ªa. El oligopolio facilita no s¨®lo la contenci¨®n de la oferta, sino, sobre todo, el mantenimiento de unos precios exorbitantes para la droga fuerte, pues la demanda es cautiva y est¨¢ garantizada (como se ha dicho, no se vende la hero¨ªna al toxic¨®mano, sino al toxic¨®mano de hero¨ªna). Adem¨¢s, dado que los acuerdos o contratos entre tales mafia, caso de ser incumplidos, no pueden alegarse ante los tribunales, ¨¦stas se ven obligadas a recurrir a la violencia para imponerlos. De este modo, la prohibici¨®n genera no s¨®lo delincuencia, sino delincuencia organizada y violenta. Esto tambi¨¦n lo estamos viendo d¨ªa a d¨ªa.
Tercero, adem¨¢s de la delincuencia que se genera por la v¨ªa de la oferta, otro tanto ocurre por la v¨ªa de la demanda. El yonqui que sufre s¨ªndrome de abstinencia se ve forzado a pagar por la hero¨ªna cantidades exorbitantes que le obligan a. recurrir al robo de farmacias, primero, y al de objetos o a la prostituci¨®n, despu¨¦s. El toxic¨®mano no es delincuente porque toma droga; es delincuente porque no la toma. As¨ª, hemos conseguido producir un incremento espectacular de los asaltos a farmacias, sustituido hoy en las grandes ciudades por el truque directo de objetos robados (radiocasetes,, televisores, etc¨¦tera) por hero¨ªna.
Cuarto, la baja visibilidad de estas transgresiones -el tr¨¢fico se efect¨²a entre adultos que consienten, el consumo es privadohace que la aplicaci¨®n de tales normas pen¨¢les sea muy selectiva y discriminatoria, en funci¨®n de la visibilidad diferencial de los diversos, grupos sociales. En general, los ricos son menos visibles que los, pobres y los adultos menos que los j¨®venes. De este modo, tales normas penales le aplican sobre todo a los j¨®venes de clase modesta o pobre -en definitiva, a quien vive en la calle y carece de privacidad donde refugiarse-, pero no a otros muchos usuarios. Esto conduce al desprestigio general de la justicia.
Por ¨²ltimo, hay que mencionar que una repetida experiencia en este y otros campos similares (polic¨ªa antivicio, prostituci¨®n, pornograf¨ªa o juego) ense?a. que el peligro de corrupci¨®n de la polic¨ªa y la administraci¨®n de justicia es grande. Enfrentados a un trabajo con bajo apoyo social, con un enemigo de extraordina.ria capacidad econ¨®mica, teniendo necesidad de negociar con chivatos o soplones para detectar la comisi¨®n de delitos o de recurrir a una vigilancia extrema que interfiere con el derecho a la intimidad y sometidos constantemente a la tentaci¨®n de integrarse en el tr¨¢fico. o acudir al chantaje, la desmoralizaci¨®n es f¨¢cil y frecuente.
Por todo ello, porque no es leg¨ªtimo dictar a ciudadanos aduitos c¨®mo deben vivir ni lo que deben hacer consigo mismos, porque esta legislaci¨®n es ineficaz y todo castigo ineficaz es injusto, porque no s¨®lo es ineficaz sino contraproducente, pues, pretendiendo controlar la delincuencia, la causa; pretendiendo que disminuya el tr¨¢fico, crea las condiciones para que ¨¦ste florezca, y pretendiendo defender la justicia, contribuye a su desprestigio, por todo ello creo que habr¨ªa que - derogar estas disposiciones del Codigo Penal y la ley de Peligrosidad Social.
Y, en todcv caso, no olvidemos aquella prudencia pol¨ªtica del Aquinatense cuando afirmaba que "los que gobiernan en el r¨¦gimen humano razonablemente tolerar¨¢n algunos males para que no sean impedidos otros bienes o para,evitar peores males".
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