El aeropuerto de Peinador
En el ejemplar del peri¨®dico de su digna direcci¨®n correspondiente al pasado 18 de agosto, a?o VII, n¨²mero 1.972, se publica en la p¨¢gina 12 un art¨ªculo del corresponsal Emilio Garrido, de Vigo, sobre "Traslado forzoso del jefe del aeropuerto de Peinador".Como quiera que en ¨¦l se dan por ciertas supuestas acusaciones con¨ªra el cesado director del aeropuerto, se emiten juicios precipitados sobre las intenciones de la Subsecretar¨ªa de Aviaci¨®n Civil e incluso se polemiza con una supuesta "amoral situaci¨®n" de vac¨ªo de mando en el aeropuerto, es por lo que esta Asociaci¨®n Sindical de Funcionarios del Cuerpo Especial de Oficiales de Aeropuertos, haciendo uso del derecho de r¨¦plica, solicita sea publicado el contenido de esta carta, con las puntualizaciones y rectificaciones que a continuaci¨®n se detallan, en honor de una m¨¢s completa y veraz informaci¨®n.
1. El director del aeropuerto de Peinador (Vigo), Juan Palomar, pertenece al cuerpo especial que representa esta Asociaci¨®n Sindical y estaba destinado en el aeropuerto de Vigo como director por poseer el nivel profesional y administrativo correspondiente y de acuerdo con la legalidad vigente.
2. El traslado de un funcionario p¨²blico en puesto de confianza o libre designaci¨®n est¨¢ sujeto a la consideraci¨®n de sus superiores y en la mayor¨ªa de las ocasiones obedece solamente a la pura din¨¢mica de la Administraci¨®n.
3. Si Juan P¨¢lomar, en el ejercicio de su gesti¨®n, se ha enfrentado con problemas que han podido dar lugar a enfrentamientos o actitudes autoritarias no deseables, como da por hecho el art¨ªculo, no es pol¨¦mica en la cual esta Asociaci¨®n Sindical pueda ni deba entrar.
Pero quisiera recordar a Emilio Garrido que el uso en un Estado democr¨¢tico es suponer la culpabilidad en tanto no quede debidamente demostrada, por lo cual, emitir juicios en condiciones que da?an la imagen profesional y humana de un ciudadano es, en el mejor de los casos, de muy poco estilo.
Es posible que la gesti¨®n de Juan Palomar como director del aeropuerto de Peinador no haya sido id¨®nea, en cuyo caso corresponder¨ªa a la Subsecretar¨ªa de Aviaci¨®n Civil valorar su actuaci¨®n y tomar las medidas oportunas, y aun as¨ª le quedar¨ªa, como a cualquier ciudadano de un Estado de derecho, la opci¨®n de su defensa.
4. M¨¢s adelante presenta el periodista, como versi¨®n oficial del traslado de Juan Palomares, el prop¨®sito de Aviaci¨®n Civil de situar ingenieros al frente de los aeropuertos comerciales. Desconocemos el origen de tal informaci¨®n, la cual presupondr¨ªa que la Subsecretar¨ªa de Aviaci¨®n Civil estar¨ªa actuando en contra de derecho y en claro nepotismo, al desconocer la existencia de otros cuerpos de funcionarios, dentro de Aviaci¨®n Civil, mucho m¨¢s antiguos y tan capacitados como el de Ingenieros Aeron¨¢uticos para funciones de gesti¨®n aeroportuaria. Concretamente, nuestro colectivo tiene atribuidas por ley funciones de jefatura ole aeropuertos, cosa que no ocurre con ning¨²n otro cuerpo de Aviaci¨®n Civil. Por tanto, una pol¨ªtica de este tipo violar¨ªa los derechos de nuestros asociados, oblig¨¢ndonos a emprender las acciones legales pertinentes.
5. Tambi¨¦n da el articulista como segura la designaci¨®n de un ingeniero del aeropuerto de Santiago como sustituto de Juan Palomares. Tenemos que decir al respecto que la ley 92/1966, en su art¨ªculo 1, desarrollado por decreto 2.127/67, en art¨ªculo 20, establece que los funcionarios del Cuerpo Especial de Oficiales de Aeropuertos desempa?ar¨¢n los puestos de trabajo, entre otros: "Jefatura de los aeropuertos de tercera categor¨ªa". Y el aeropuerto de Peinador est¨¢ clasificado como de tercera categor¨ªa. Por tanto, la designaci¨®n como director del mismo de cualquier persona ajena al mencionado cuerpo ser¨ªa ilegal.
6. Finalmente, Emilio Garrido manifiesta que: "Peinador est¨¢ desde ayer (17 de agosto de 1982) sin jefe, y que esta anormal situaci¨®n est¨¢ siendo paliada en parte por los auxiliares del aeropuerto aunque nada les obliga a responsabilizarse de la actividad del aero-
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puerto, fuera de su turno reglamentario".
Esta Asociaci¨®n Sindical quiere puntualizar que en ning¨²n momento se produce vac¨ªo de mando en un aeropuerto, ya que, en ausencia del director, se hace cargo de las funciones y representaci¨®n del mismo el oficial de aeropuertos de servicio, y en caso de ausencia prolongada o carencia real de jefatura, la responsabilidad pasa autom¨¢ticamente al oficial de aeropuertos m¨¢s antiguo, hasta que la superioridad designa director accidental o definitivo. Actualmente, en Peinador hay destinados dos funcionarios del cuerpo perfectamente capacitados para asumir la responsabilidad. Y as¨ª viene sucediendo desde la promulgaci¨®n del primer Reglamento de Aeropuertos,en 1941.
Agradeciendo de antemano la publicaci¨®n de estas puntualizaciones, quedo atentamente a su disposici¨®n./ presidente de la Asociaci¨®n Sindical de Funcionarios P¨²blicos del Cuerpo Especial de Oficiales de Aeropuertos.
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