La Orquesta Nacional de Espa?a cuenta desde ayer con el primer reglamento de su historia
Las previsiones sobre la direcci¨®n ponen el conjunto en manos de L¨®pez Cobos
Despu¨¦s de 36 a?os, la Orquesta Nacional de Espa?a (ONE) cuenta ya con un reglamento, publicado ayer en el Bolet¨ªn Oficial del Estado. Este reglamento ser¨¢ sancionado por la Diputaci¨®n permanente de las Cortes. El reglamento consta de 34 art¨ªculos, el m¨¢s Importante de los cuales, el n¨²mero 6, establece que la Orquesta Nacional de Espa?a podr¨¢ contar con un director asociado, contratado temporalmente en r¨¦gimen de derecho administrativo por el organismo, dentro de los cr¨¦ditos de su presupuesto destinados a este fin, que asumir¨¢ las mismas funciones del titular, siempre que el mismo no se halle presente". El nuevo reglamento deja la puerta abierta para que Jes¨²s L¨®pez Cobos sea a partir de fecha pr¨®xima quien rija de hecho los destinos del conjunto espa?ol. En la actualidad, L¨®pez Cobos es director asociado de la ONE.
De la misma existencia del reglamento depend¨ªa en gran parte la aceptaci¨®n por Jes¨²s L¨®pez Cobos de la direcci¨®n titular de la Nacional. En su art¨ªculo siete, el reglamento precisa que "el organismo aut¨®nomo podr¨¢ contratar por temporadas un principal director invitado para un n¨²mero determinado de conciertos, dentro de los cr¨¦ditos del presupuesto del organismo destinados a contrataci¨®n de personal en r¨¦gimen de derecho administrativo". Por otra parte, el art¨ªculo nueve establece que, "sin perjuicio" de que el reglamento se rija por la Ley de Funcionarios Civiles del Estado, "dentro de los l¨ªmites del presupuesto del organismo aut¨®nomo podr¨¢n ser con tratados m¨²sicos con car¨¢cter temporal en r¨¦gimen de derecho administrativo. Si efectuadas las pruebas de contrataci¨®n de m¨²sicos espa?oles no se encontraran los suficientes con la categor¨ªa art¨ªstica necesaria, podr¨ªan contratarse extranjeros, siempre que su proporci¨®n no exceda el 10% de la plantilla total".Llama la atenci¨®n por otra parte, el establecimiento de la jubilaci¨®n a los 65 a?os, aun cuan do una disposici¨®n transitoria deje a la elecci¨®n de los interesa dos la posibilidad de continuar en su puesto hasta los 70. La orquesta, integrada en el organismo aut¨®nomo Orquesta y Coros Nacionales de Espa?a, Ser¨¢ regida por una junta de gobierno presidida por el director gerente e integrada por la direcci¨®n art¨ªstica y los miembros de la comisi¨®n de r¨¦gimen interior elegidos por sufragio entre todos los profesores para mandatos de dos a?os. La comisi¨®n, a su vez, eligir¨¢ por votaci¨®n a su presidente. Durante d¨¦cadas, incluso en sus a?os m¨¢s brillantes, la primera orquesta espa?ola super¨® las inevitables "trancas y barrancas" gracias al esp¨ªritu y la entrega de los profesores, muchos de los cuales, procedentes de las antiguas formaciones privadas (Sinf¨®nica y Filarm¨®nica), estaban muy hechos a toda clase de duelos y quebrantos. El nuevo reglament¨® divulgado ayer viene a resolver gran parte de estas dificultades. En el a?o 1940 naci¨® la Orquesta Nacional (segunda que con este t¨ªtulo ha tenido Espa?a); una ley de 30 de diciembre de 1946 modific¨® la plantilla de la agrupaci¨®n y concedi¨® el car¨¢cter de funcionarios p¨²blicos a los profesores que la formaban. En la disposici¨®n se preve¨ªa la redacci¨®n de un reglamento que no ha llegado a promulgarse, sin embargo, hasta el d¨ªa de ayer, en el que apareci¨® publicado en el Bolet¨ªn Oficial del Estado el Real Decreto "por el que se aprueba el Reglamento del Conjunto sinf¨®nico Orquesta Nacional de Espa?a". Han sido 36 a?os funcionando, como dice el pre¨¢mbulo del aludido decreto, "por una normativa pr¨¢ctica, derivada del uso de la costumbre, precisada en alguno de sus extremos mediante resoluci¨®n comunicada a la subsecretar¨ªa de Educaci¨®n y Ciencia en 1977".
El director titular
Corresponde la direcci¨®n art¨ªstica al director titular y, en su defecto, al director asociado. De ello se deduce que, ya en estos momentos, la pol¨ªtica art¨ªstica de la Orquesta Nacional est¨¢ orientada por Jes¨²s L¨®pez Cobos, como director asociado. L¨®pez Cobos, actual director de la Orquesta de la Opera de Berl¨ªn, declar¨® recientemente que en el caso de que viniera a Espa?a como director contratado de la Orquesta Nacional no ser¨ªa antes de 1984, aunque la aprobaci¨®n de este nuevo reglamento podr¨ªa precipitar su venida.
Nombrado el maestro titular -de conformidad con el consejo rector del organismo aut¨®nomo y o¨ªda la junta de gobierno- podr¨¢n existir un director asociado y un director principal invitado, ambos contratados temporalmente.
En el cap¨ªtulo de personal la novedad principal reside en la posible contrataci¨®n de extranjeros en una proporci¨®n m¨¢xima del 10% de la plantilla de la orquesta, siempre que despu¨¦s de celebrarse las oposiciones oportunas entre m¨²sicos espa?oles no se encontraran profesionales con la categor¨ªa necesaria. La jornada laboral ser¨¢ de 42 horas semanales, de las cuales 21 se destinar¨¢n a trabajos de conjunto y el resto a estudio y preparaci¨®n individual de los distintos profesores.
Un uso habitual en la mayor¨ªa de las orquestas se introduce, en el reglamento reci¨¦n aprobado y este es la realizaci¨®n de ensayos por grupos instrumentales tan imprescindibles en el montaje de ciertas partituras. Igualmente se han previsto ensayos de ac¨²stica que no podr¨¢n sobrepasar los treinta minutos de duraci¨®n.
Se se?ala, asimismo, el principio de incompatibilidad: los profesores de la Orquesta Nacional no podr¨¢n pertenecer a ninguna otra orquesta privada u oficial, ni formar parte de, agrupaciones y conjunto de m¨²sica ligera; en general, deber¨¢n cumplir lo dispuesto sobre el particular en la Ley de Funcionarios Civiles del Estado. Se autoriza en cambio, siempre que no interfiera el trabajo de la orquesta, cualquier actividad como solista y en grupos de m¨²sica de c¨¢mara que suelen redundar en beneficio de la formaci¨®n musical del profesor y en prestigio de la orquesta a la que pertenece.
Las anteriores disposiciones, resumen de un articulado m¨¢s extenso, dan una idea de hasta qu¨¦ punto era necesario el reglamento para el funcionamiento normal de la orquesta. A lo largo de su historia, los profesores de la Nacional y algunas de sus juntas y comisiones asesoras o de gobierno trabajaron en proyectos de reglamento, ninguno de los cuales lleg¨® al Bolet¨ªn Oficial del Estado.
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