La nueva Constituci¨®n portuguesa mantiene el socialismo como meta del sistema pol¨ªtico
La nueva Constituci¨®n portuguesa, promulgada el viernes por el presidente Antonio Ramalho Eanes, es m¨¢s liberal que la anterior, pero sigue considerando como meta del sistema pol¨ªtico luso la construcci¨®n del socialismo y de una sociedad sin clases.
Los socialistas, que negociaron con la actual mayor¨ªa de centro-derecha el acuerdo que permiti¨® alcanzar el qu¨®rum de los dos tercios de los diputados, imprescindible para modificar la Constituci¨®n de 1976, son los ¨²nicos en considerar "francamente bueno" el nuevo orden constitucional.Los dos grandes partidos de Alianza Democr¨¢tica, el socialdem¨®crata y el democristiano, insisten en el hecho de que la nueva Constituci¨®n no es la deseada, "sino lo mejor que se pod¨ªa alcanzar, dada la actual composici¨®n pol¨ªtica del Parlamento".
Para los democristianos, los constituyentes se han quedado bastante lejos de la liberalizaci¨®n del sistema econ¨®mico, por culpa de los socialistas, que insisten en defender un tipo de econom¨ªa mixta y en proteger el sector empresarial del Estado. En teor¨ªa, las nacionalizaciones efectuadas durante el per¨ªodo revolucionario, que afectan a m¨¢s de la mitad del aparato productivo, permanecen inmutables, pero el Gobierno est¨¢ decidido a interpretar la nueva Constituci¨®n en el sentido que pueda ser m¨¢s favorable a la iniciativa privada.
La organizaci¨®n del poder pol¨ªtico no es sensiblemente alterada por las nuevas disposiciones constitucionales. El Gobierno contin¨²a siendo responsable ante el presidente de la Rep¨²blica y del Parlamento, y el jefe del Estado, elegido por sufragio universal directo conserva el poder de disolver el Parlamento y de cesar al Gobierno, aunque esta ¨²ltima decisi¨®n deba ser justificada por una situaci¨®n de crisis que "comprometa el funcionamiento de las instituciones".
Pero, sin duda, la gran innovaci¨®n es la desaparici¨®n de los militares de la escena pol¨ªtica y la estrecha supeditaci¨®n de la instituci¨®n castrense al poder pol¨ªtico civil.
El Consejo de la Revoluci¨®n desaparece, y con ¨¦l el ¨²nico ¨®rgano de poder que no emana del sufragio universal, para dejar lugar a dos nuevos ¨®rganos civiles: el Consejo de Estado, ¨®rgano consultivo que asistir¨¢ el presidente de la Rep¨²blica en todas las grandes decisiones del ejercicio de su mandato, y el Tribunal Constitucional, cuyos miembros ser¨¢n elegidos por los diputados, por mayor¨ªa de los dos tercios.
El presidente de la Rep¨²blica deja de escoger los jefes de Estado Mayor de las Fuerzas Armadas, que pasan a depender directamente del Gobierno, a trav¨¦s del ministro de Defensa, pero es ¨¦l quien sigue nombrando los m¨¢s altos mandos de la jerarqu¨ªa militar, a propuesta del Gobierno.
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