Las instituciones andaluzas piden competencias judiciales
La problem¨¢tica judicial en Andaluc¨ªa, agravada por una deficiente infraestructura socio-econ¨®mica, por una anacr¨®nica demarcaci¨®n territorial y por los posibles conflictos competenciales en el desarrollo constitucional de los Estatutos de Autonom¨ªa, fueron el tema central de las jornadas que, a iniciativa del Consejo General del Poder Judicial, se han celebrado recientemente en la Universidad de la R¨¢bida sobre la administraci¨®n de Justicia en Andaluc¨ªa.
Magistrados, fiscales, abogados y representantes de grupos pol¨ªticos trataron en diez ponencias los diversos aspectos que configuran la actual organizaci¨®n judicial andaluza y los factores que influyen en su funcionamiento, en un intento de b¨²squeda de un nuevo horizonte para la justicia en Andaluc¨ªa.En general, los ponentes reivindicaron para las instituciones auton¨®micas de Andaluc¨ªa la pronta asunci¨®n de competencias en materia judicial.
Destacaron por su inter¨¦s informativo las ponencias que abordaron las repercusiones de la crisis econ¨®mica en la delincuencia y en las relaciones laborales y el tema de la peligrosidad social. Este ¨²ltimo punto fue tratado por el magistrado de Sevilla, Rico Lara, quien indic¨® que el concepto de peligrosidad no est¨¢ suficientemente delimitado, quedando deferida su apreciaci¨®n a la intuici¨®n del juzgador. A este respecto, habl¨® del fracaso de las leyes de peligrosidad social de 1933 y 1970, y subray¨® que el ¨¦nfasis ha de ser puesto en la prevenci¨®n y no en el tratamiento represivo de la peligrosidad. Sobre este mismo tema, el magistrado de M¨¢laga, Conde-Pumpido, indic¨® que las leyes de peligrosidad social representan un autoritarismo ¨¦tico por parte de la sociedad respecto de quienes se distinguen por la misma y se opuso a que se incriminase como conducta criminosa el consumo de marihuana.
La relaci¨®n crisis econ¨®mica-delincuencia fue analizada por el fiscal de C¨®rdoba, Paniagua Gil, y por el juez M¨¢rquez Aranda, de M¨¢laga. El primero se?al¨® que los efectos de la crisis econ¨®mica han conducido a una sociedad crimin¨®gena, destacando que en Andaluc¨ªa la tasa de delincuencia es superior a la media nacional.
Expuso el criterio de que el fen¨®meno de la delincuencia requiere una soluci¨®n no s¨®lo jur¨ªdica, sino tambi¨¦n social. El juez M¨¢rquez Aranda subray¨® la importancia de que el juez tome en consideraci¨®n las circunstancias socio-econ¨®micas en la valoraci¨®n de la concurrencia del elemento de culpabilidad.
La configuraci¨®n que deber¨¢ adoptar la estructura judicial andaluza en el marco del estatuto de autonom¨ªa de Andaluc¨ªa fue analizada por el presidente de la Audiencia Provincial de Granada, Rafael Caballero, quien indic¨® los problemas que se derivan de la inexistencia del Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa y se refiri¨® a las perspectivas legislativas en la materia. Sobre esta cuesti¨®n tambi¨¦n vers¨® la intervenci¨®n del magistrado. Jos¨¦ Cano, quien puso de manifiesto la problem¨¢tica que plantea la duplicidad de audiencias territoriales en Andaluc¨ªa. El profesor de Derecho Administrativo, L¨®pez Menudo, se?al¨® la necesidad de la asunci¨®n de competencias en materia judicial por parte de las comunidades aut¨®nomas, como, por ejemplo, en lo que hace referencia a la demarcaci¨®n de ¨®rganos judiciales. El profesor de Derecho Procesal, Moreno Catena, expuso la necesidad de legitimar al Consejo General del Poder Judicial para el planteamiento de conflictos de constitucionalidad frente a las comunidades aut¨®nomas, completando as¨ª lo dispuesto en la Ley del Tribunal Constitucional. El profesor Cruz Villal¨®n habl¨® de la naturaleza de leyes org¨¢nicas de los estatutos de autonom¨ªa, haci¨¦ndolos h¨¢biles para contener determinados pronunciamientos en materia de administraci¨®n de justicia. Por ¨²ltimo, Ricardo Reinosa, consejero de la presidencia de la Junta de Andaluc¨ªa, defini¨® como prioritaria la consecuci¨®n de una dignificaci¨®n m¨¢xima de la administraci¨®n de justicia. En el coloquio que sigui¨® a esta ponencia se plante¨® la conveniencia de o¨ªr a la Junta de Andaluc¨ªa en el nombramiento de presidente del Tribunal Superior de Justicia.
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