La situaci¨®n pol¨ªtica uruguaya y las elecciones primarias del 28 de noviembre
En el refer¨¦ndum de noviembre de 1980, los uruguayos rechazaron el proyecto de constituci¨®n propuesto por los militares, que significaba el paso a un sistema de democracia tutelada, con el poder real concentrado en manos de los jefes de las fuerzas armadas y la elecci¨®n peri¨®dica de autoridades civiles subordinadas, encargadas de la gesti¨®n administrativa del Estado.El triunfo del no, obtenido a pesar de las presiones ejercidas desde el poder y de la extrema desigualdad de posibilidades informativas, demostr¨® la supervivencia del esp¨ªritu democr¨¢tico del pueblo uruguayo y el arraigo de las fuerzas pol¨ªticas de oposici¨®n, luego de siete a?os de dictadura.
La situaci¨®n creada por el triunfo del no hizo irrealizable el plan de institucionalizaci¨®n y oblig¨® a las fuerzas armadas a estructurar un nuevo esquema pol¨ªtico.
En marzo de 1981, los jefes militares designaron un nuevo presidente, el general Gregorio Alvarez, asumiendo as¨ª directamente un cargo en el que hasta esa fecha hab¨ªan preferido mantener t¨ªteres civiles. Fue Alvarez el encargado de anunciar el nuevo plan pol¨ªtico, as¨ª como las etapas (cronograma) en que se llevar¨ªa a cabo.
Tres etapas
El presidente anunci¨¦ que se iniciar¨ªan consultas con dirigentes de los partidos pol¨ªticos tradicionalmente mayoritarios en Uruguay (Partido Nacional y Partido Colorado), cuya actividad estaba suspendida desde el golpe de Estado, a fin de analizar los detalles de un plan en tres etapas:
1. Aprobaci¨®n de una nueva ley de partidos pol¨ªticos y realizaci¨®n de elecciones primarias para integrar las convenciones de estos partidos en noviembre de 1982.
2. Negociaci¨®n con las autoridades partidarias designadas por las convenciones de un nuevo texto constitucional, a someterse a refer¨¦ndum en noviembre de 1983.
3. Finalmente, celebraci¨®n de elecciones generales, de acuerdo a la nueva Constituci¨®n, en noviembre d¨¦ 1984, elecciones de las que surgir¨ªa el Gobierno civil destinado a recibir el poder de manos de los militares en la fecha del 1 de marzo de 1985.
Se iniciaron as? conversaciones entre la comisi¨®n de asuntos pol¨ªticos de las fuerzas armadas y dirigentes de las distintas corrientes de los partidos pol¨ªticos tradicionales. Cabe aclarar que estos partidos, que se han alternado en el Gobierno de Uruguay hasta el golpe de 1973, son en realidad coaliciones de grupos de orientaciones diversas que comparten tradiciones pol¨ªticas comunes y que se han mantenido unidos, b¨¢sicamente, gracias a una legislaci¨®n electoral que permite al ciudadano votar por un partido y por una corriente determinada dentro de ¨¦ste, sum¨¢ndose, para el resultado final, los votos obtenidos por todas las corrientes que lo integran.
Luego de prolongadas rondas de conversaciones, el Gobierno hizo p¨²blico el proyecto de una nueva ley de partidos pol¨ªticos, de acuerdo a la cual se convocar¨ªa a elecciones primarias (internas) en noviembre de 1982, elecciones en las que s¨®lo estar¨ªan autorizados a participar los partidos Nacional y Colorado, as¨ª como la llamada Uni¨®n C¨ªvica, grup¨²sculo de cat¨®licos ¨ªntegristas. Los sectores m¨¢s definidamente opositores de los partidos tradicionales cuestionaron la imposici¨®n de una f¨®rmula que no restablec¨ªa el pluralismo pol¨ªtico y que incluso manten¨ªa la proscnpci¨®n de sus dirigentes m¨¢s representativos, pero finalmente optaron por participar en el proceso electoral abierto.
Camisa de fuerza
El 7 de junio fue publicada la llamada ley fundamental n¨²mero 2, Org¨¢nica de los Partidos Pol¨ªticos. Las fuerzas pol¨ªt¨ªcas progresistas, nucleadas en el Frente Amplio, rechazaron de inmediato las f¨®rmulas contenidas en la nueva ley, que m¨¢s que abr¨ªr el camino a la democratizaci¨®n est¨¢n dirigidas a imponer una camisa de fuerza a,la voluntad del pueblo uruguayo, institucionauando un sistema pol¨ªtico no democr¨¢tico, acondicionado para excluir a perpetuidad a todos los sectores de izquierda.
El examen de la nueva ley permiti¨® comprobar que ella representa incluso un retroceso respecto a la situaci¨®n jur¨ªdica anterior, ya que por su art¨ªculo 57 se priva de existencia legal al Partido Dem¨®crata Cristiano y al Movimiento por el Gobierno del Pueblo, fuerzas integrantes del Frente Amplio y que, aun cuando sus actividades estaban suspendidas desde el golpe, hab¨ªan quedado al margen de la ?legalizaci¨®n de partidos y grupos marxistas (partido social¨ªsta, partido comunista y Movimiento 26 de Marzo), decretadas en 1973.
La nueva ley mantiene las proscripciones pol¨ªticas impuestas por el acto institucional n¨²mero 4, que afectan a m¨¢s de 15.000 personas, y las refuerza por la prohibici¨®n de realizar en la propaganda pol¨ªtica "toda alusi¨®n a personas que tengan la ciudadan¨ªa o los derechos pol¨ªticos suspendidos".
Por otra parte, aun cuando, en teor¨ªa, la ley admite la creaci¨®n de nuevos partidos pol¨ªticos, mediante complicados procedimientos que incluyen la presentaci¨®n de las firmas de 8.500 personas, lo cierto es que realmente crea barreras infranqueables para todos los partidos de signo progresista. El art¨ªculo 10 de la ley proh¨ªbe constituir nuevos partidos "a quienes hayan integrado asociaciones declaradas ?l¨ªcitas". Y hay que recordar que luego del golpe de Estado fueron ?legalizadas la central sindical ¨²nica (CNT) y la Organizaci¨®n Nacional de Estudiantes (FEUU). Por consiguiente, todas las personas que formaron parte de ellas, aun durante los a?os en que su funcionamiento era perfectamente legal, quedan inhabilitadas, de por vida, para respaldar la creaci¨®n de nuevos partidos.
Bloqueo de partidos
Pero adem¨¢s, el p¨¢rrafo siguiente del mismo art¨ªculo establece que no se admitir¨¢ la creaci¨®n de partidos que "por ideolog¨ªa, principios, denominaci¨®n o forma de actuaci¨®n evidencien conexi¨®n, directa o indirecta, con partidos pol¨ªticos, instituciones u organizac¨ªones extranjeras o con otros Estados". Como se ve, el texto es un ¨ªnstrumento para bloquear no solamente la formaci¨®n de partidos democristianos, socialistas o comunistas, sino que permitir¨ªa tambi¨¦n rechazar toda tentativa de formar un partido liberal o conservador. Interpretado estrictamente, vendr¨ªa a prohibir hasta la existencia de los part¨ªdos que la ley reconoce expresamente, En definitiva, la ley fundamental n¨²mero 2 convierte la existencia de cualquier puevo partido en una concesi¨®n gratuita del Gobierno e institucionaliza la exclusi¨®n de la izquierda con car¨¢cter permanente.
Desde otro punto de vista, las opiniones negativas en cuanto a una aut¨¦ntica voluntad democratizadora de los jefes militares no se fundan s¨®lo en el an¨¢lisis del texto de la nueva ley. Desde el mismo momento de la aprobaci¨®n de ¨¦sta y de la convocator¨ªa a elecciones primarias en los partidos autorizados, los jefes militares se han preocupado por se?alar una y otra vez los l¨ªmites de la democratizaci¨®n que pretenden plasmar en la nueva Constituci¨®n y las facultades restringidas que pretenden otorgar al Gobierno civil a instalarse el 1 de marzo de 1985.
Sin ning¨²n recato, han dicho que "el proceso no puede consagar nuevamente un esquema pol¨ªtico demag¨®gico, exces¨ªvamente liberal y pluralista, como el existente antes de 1973", as¨ª como que la nueva Constituci¨®n deber¨¢ incluir necesariamente un Consejo de Seguridad Nacional, integrado por los jefes militares, con funciones de cogobiemo. Finalmente, han insistido en que no se permitir¨¢ al nuevo Gobierno la revisi¨®n de lo actuado por las fuerzas armadas "en la lucha contra la subversi¨®n", l¨¦ase procesos militares, muertes por tortura, despariciones, confiscaci¨®n de bienes, ?legalizaci¨®n de partidos y sindicatos, clausuras de ¨®rganos de Prensa, destituciones masivas de funcionarios p¨²blicos, etc¨¦tera.
Como consecuencia de estos hechos, el Frente Amplio, la coalici¨®n de fuerzas pol¨ªticas progresistas que en las ¨²ltimas elecciones democr¨¢ticas reuniera el 20% de los electores, as¨ª como otros sectores de ciudadanos no integrados en los partidos pol¨ªticos autorizados, han levantado la consigna del voto en blanco. Las fuerzas pol¨ªticas excluidas del proceso reafirman as¨ª su identidad pol¨ªtica, su existencia inocultable en el panorama pol¨ªtico uruguayo y su rechazo tajante a un sistema discriminatorio. No desconocen la existencia de corrientes democr¨¢ticas y progresistas en el seno de los partidos Nacional y Colorado, con las que compartieron la batalla por el no en el refer¨¦ndum de 1980. Pero se niegan a legitimar un proceso pol¨ªtico que excluye a sectores fundamentales de la sociedad uruguaya.
La consigna del voto en blanco en las elecciones primarias de? 28 de noviembre se abri¨® camino en la opini¨®n p¨²blica uruguaya, a pesar de las restricciones a la libertad de expresi¨®n, abarcando r¨¢pidamente a importantes sectores de trabajadores y de j¨®venes que votar¨¢n por primera vez, tal como comenz¨® a reflejarse en las encuestas de opini¨®n. En los primeros d¨ªas de octubre, mientras los partidos autorizados iniciaban sus campa?as para las elecciones primarias, fue lanzado en Montevideo un llamamiento p¨²blico para constituir un comit¨¦ nacional pro voto en blanco, a trav¨¦s de la revista semanal Opci¨®n, de orientaci¨®n democristiana.
El voto en blanco
La respuesta del r¨¦gimen fue inmediata: clausura definitiva de la rev¨ªsta, acusada de promover campa?as dirigidas por sectores pol¨ªticos ?legalizados, y arresto de los doce integrantes del comit¨¦ nacional. Aunque fueron puestos en l¨ªbertad d¨ªas despu¨¦s, la investigaci¨®n judicial sobre las actividades del comit¨¦ prosigue, y no se excluye el env¨ªo de las actuaciones a la justicia militar por un posible delito contra la seguridad del Estado.
Al n¨²smo tiempo, y a medida que se reanima la actividad pol¨ªtica p¨²blica, la represi¨®n comenz¨® a golpear a los sectores m¨¢s defin¨ªdamente opositores de los partidos tradicionales. Cuatro dirigentes y candidatos del sector mayoritario de? Partido Nacional (que lidera Wilson Ferreira Aldunate, en el exilio desde 1973) han sido detenidos en los ¨²ltimos d¨ªas y procesados por magistrados militares, que,les imputan haber injuriado a las fuerzas armadas (delito penado entre diecis¨¦is meses y seis a?os de pris¨ª¨®n) durante sus intervenciones en actos p¨²blicos.
Un ex comandante en jefe de la Marina, que se viera obligado a pasar a retiro en 1973 por oponerse al golpe de Estado y que se presenta ahora como candidato dentro del Partido Colorado, ha sido sometido a un tribunal de honor militar como consecuencia de sus palabras en otro acto. Las personas que intervienen en actos p¨²blicos son citadas a declarar con frecuencia y detenidas durante algunas horas en comisar¨ªas de polic¨ªa. Se multiplican las amenazas contra quienes "agravian al proceso c¨ªvico-militar y a las fuerzas armadas".
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