El cuarto aniversario del refer¨¦ndum constitucional
EL DESEO de evitar que se sucedan, con una sola fecha de intervalo, dos d¨ªas festivos ha sido probablemente la causa de que el aniversario del refer¨¦ndum constitucional, situado en el calendario en la antev¨ªspera de una conmemoraci¨®n religiosa tradicional, tenga que celebrarse en jornada laboral. El especial calor que rode¨®, el pasado a?o, el homenaje a la norma fundamental de la Monarqu¨ªa parlamentaria tuvo sus or¨ªgenes inmediatos en las amenazas contra el ordenamiento constitucional que el golpe de Estado frustrado del 23 de febrero, con secuelas involucionistas tan graves como el manifiesto de los cien, hab¨ªa dram¨¢ticamente situado en el primer plano de las preocupaciones colectivas. En 1982, la impresionante participaci¨®n ciudadana del 28 de octubre y el espectacular naufragio electoral de las opciones pol¨ªticas expl¨ªcitamente anticonstitucionales adelantaron, con m¨¢s un mes de anticipaci¨®n, la ratificaci¨®n por los espa?oles del voto afirmativo depositado en las urnas el 6 de diciembre de 1978.Sin embargo, ser¨ªa conveniente que las nuevas Cortes Generales regularan, con mayor claridad y sin ambig¨¹edades, el lugar que le corresponde en la memoria oficial de nuestra vida p¨²blica al aniversario de la Constituci¨®n en cualquiera de sus momentos decisivos: la aprobaci¨®n por las Cortes Generales (31 de octubre), el refer¨¦ndum popular (6 de diciembre), la solemne firma por el Rey en el Palacio del Congreso (27 de diciembre) o la publicaci¨®n en el Bolet¨ªn Oficial del Estado (29 de diciembre). Una sociedad necesita fechas que le recuerden los cimientos sobre los que descansa su convivencia y el proyecto de futuro que trasciende a su existencia cotidiana. Y la Constituci¨®n es, al tiempo, la garant¨ªa efectiva de las libertades y los derechos de los espa?oles y el dise?o te¨®rico de esa sociedad democr¨¢tica avanzada que su pre¨¢mbulo anuncia y su articulado define.
Las elecciones legislativas, por lo dem¨¢s, han puesto a prueba de forma plenamente satisfactoria la capacidad de nuestro ordenamiento constitucional para servir de marco a una alternancia en el gobierno tan radical como la producida el 28 de octubre. La ausencia de fricciones y tensiones en la transferencia de poderes ha confirmado la idoneidad de las instituciones acordadas durante la etapa de la transici¨®n para instalar la pr¨¢ctica pol¨ªtica de los espa?oles en los mismos niveles de modernidad y civilizaci¨®n que las grandes naciones occidentales. Se comprende as¨ª que la Constituci¨®n se haya convertido en el objeto simb¨®lico de las iras tanto de la ultraderecha golpista como de la coalici¨®n electoral emparentada con el terrorismo. Por esa raz¨®n, las tentativas de reforma constitucional, aunque admisibles en el terreno puramente te¨®rico, representan, en el contexto pol¨ªtico concreto, un flaco servicio a la consolidaci¨®n de los h¨¢bitos y las instituciones democr¨¢ticos. Afortunadamente, Alianza Popular dio marcha atr¨¢s, durante su campa?a electoral, de sus peligrosos coqueteos con la idea de reformar varios art¨ªculos y todo un t¨ªtulo de nuestra norma fundamental. Ser¨ªa deseable, sin embargo, que la suspensi¨®n provisional de los proyectos revisionistas de Manuel Fraga sobre la abolici¨®n de la pena de muerte y las autonom¨ªas de las nacionalidades hist¨®ricas se convirtiera en definitiva.
Las Cortes Constituyentes encomendaron a los legisladores del futuro la tarea de concretar e instrumentar buen n¨²mero de principios generales definidos en ocasiones de forma imprecisa en el articulado de nuestra norma fundamental. En ese sentido, la Constituci¨®n contin¨²a abierta y sigue necesitando una amplia superficie de consenso para desenvolver las implicaciones contenidas en sus directrices. El programa electoral socialista, confirmado parcialmente por el nuevo Presidente del Gobierno en la sesi¨®n de su investidura, se compromet¨ªa a garantizar y hacer efectivos los derechos y libertades constitucionales de los ciudadanos -como la asistencia letrada al detenido, el habeas corpus, la petici¨®n individual y colectiva, etc¨¦tera- y a rematar la construcci¨®n del Estado. La desahogada mayor¨ªa socialista en el Congreso y el Senado permitir¨¢ al Gobierno de Felipe Gonz¨¢lez y a su grupo parlamentario, con una legislatura de cuatro a?os por delante, aprobar las leyes, org¨¢nicas u ordinarias, encargadas de desarrollar esos mandatos constitucionales pendientes de cumplimiento.
Del discurso de investidura de Felipe Gonz¨¢lez cabe extraer la conclusi¨®n de que la nueva mayor¨ªa, aunque no necesita los votos de la oposici¨®n para legislar, tratar¨¢ de llegara a acuerdos con las dem¨¢s fuerzas pol¨ªticas sobre aquellos puntos que afectan al desarrollo constitucional y a las grandes cuestiones -nacionales e internacionales- de Estado. Al Tribunal Constitucional -cuatro de cuyos magistrados tendr¨¢n que ser ratificados o sustituidos por el Congreso en las pr¨®ximas semanas- le corresponde el control de la legalidad de las normas aprobadas por las nuevas Cortes Generales, que no podr¨¢n, contra lo que temen o simulan temer los agoreros de la derecha autoritaria, legislar a su capricho fuera del marco de la Constituci¨®n. Pero el ordenamiento jur¨ªdico permite dar soluciones pol¨ªticas de muy distinto contenido, todas ellas formalmente admisibles, a los mandatos constitucionales. La mayor¨ªa, as¨ª pues, podr¨¢ optar, dentro de las posibilidades a su alcance, por las f¨®rmulas que garanticen una mayor base de acuerdo. Ahora bien, el problema no concierne s¨®lo al Gobierno y a su grupo parlamentario, sino que tambi¨¦n afecta a la oposici¨®n, cuya estrategia puede oscilar entre una numantina resistencia a los acuerdos razonables, en espera de que un vuelco futuro del electorado le permitiera modificar las normas aprobadas durante esta legislatura, y una voluntad de negociar las cuestiones conflictivas, partiendo del car¨¢cter minoritario de su representaci¨®n pol¨ªtica. La sensaci¨®n de provisionalidad de las leyes org¨¢nicas encargadas del desarrollo de los mandatos constitucionales, sometidos al tejer y destejer de mayor¨ªas alternantes, ser¨ªa perjudicial, en cualquier caso, para la consolidaci¨®n de las instituciones democr¨¢ticas. Porque el bloque constitucional incluye, adem¨¢s de la norma fundamental cuyo aniversario hoy se conmemora, esas leyes que completan el edificio de nuestro ordenamiento jur¨ªdico y que exigen tambi¨¦n estabilidad y permanencia.
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