El Supremo ordena que se investigue la asistencia sanitaria prestada a un fallecido
El Tribunal Supremo ha absuelto a Jos¨¦ Francisco Domench Goldaraz, de Pamplona, de un delito de homicidio, tras haber sido recurrida la sentencia de la Audiencia Provincial por la que se le condenaba a ocho meses de prisi¨®n menor como autor de un delito de imprudencia temeraria, con resultado de muerte, concurriendo la circunstancia atenuante de embriaguez.La sentencia del Supremo a?ade tambi¨¦n que "se forme causa para esclarecer las posibles responsabilidades que pudieran derivarse de la asistencia m¨¦dica prestada al fallecido".
Los hechos por los que Jos¨¦ Francisco Domench fue juzgado tuvieron lugar el 1 de enero de 1981 en el barrio pamplon¨¦s de la Chantrea, cuando ¨¦ste jugaba con un bast¨®n que portaba y se dirig¨ªa a un bar para reunirse con unos amigos. "En esa actitud", seg¨²n uno de los resultandos del recurso de casaci¨®n contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Pamplona, "pas¨® ante un grupo de cuatro j¨®venes que caminaban en direcci¨®n contraria, a uno de los cuales golpe¨®, al parecer, ligeramente, y cuando el procesado continuaba su camino, los cuatro j¨®venes, a los que Domench conoc¨ªa, volvieron sobre sus pasos, pidi¨¦ndole explicaciones en actitud un tanto airada".
Herida en el p¨¢rpado
Ante el temor de que le agredieran, Jos¨¦ Francisco Domench, golpe¨® en el est¨®mago, con la punta del bast¨®n que portaba, a uno de estos cuatro j¨®venes, Francisco Barriga Var¨®, de 16 a?os de edad. "Al mover de nuevo el bast¨®n, la punta del mismo alcanz¨®, accidentalmente, de nuevo a este joven en el p¨¢rpado superior derecho, produci¨¦ndole una herida en dicho p¨¢rpado con rotura o perforaci¨®n del techo de la ¨®rbita, de forma que la contera del bast¨®n penetr¨® en el l¨®bulo frontal derecho, en el que qued¨® alojada".Francisco Barriga Var¨® fue trasladado inmediatamente al hospital de Navarra, centro sanitario ¨¦ste dependiente de la Diputaci¨®n, donde fue curado en el servicio de urgencias, sin que se percataran de la presencia de la mencionada contera en el cerebro, pasando, posteriormente, al servicio de Oftalmolog¨ªa.
El estado del herido, sin embargo, empeor¨®, por lo que ¨¦ste hubo de ser trasladado a Neurocirug¨ªa, practic¨¢ndosele en el citado departamento una intervenci¨®n quir¨²rgica en la que se le extrajo la contera del bast¨®n. Sin embargo, Francisco Barriga desmejor¨® en su estado, que empez¨® a evolucionar desfavorablemente. El joven, de 16 a?os de edad, fallecer¨ªa al d¨ªa siguiente.
La sentencia del Tribunal Supremo -tras el recurso de casaci¨®n interpuesto contra la resoluci¨®n de la Audiencia Provincial de Pamplona, pronunciada el 23 de junio de 1981- a?ade, al t¨¦rmino de la misma, que "con testimonio de particulares de las actuaciones sumariales, f¨®rmese causa para esclarecer y depurar las responsabilidades que pudieran derivarse de la asistencia facultativa prestada al fallecido desde su ingres¨® en las instituciones sanitarias".
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