Libertad provisional para Tom¨¢s Baviera, uno de los procesados por el s¨ªndrome t¨®xico
El Juzgado CentraL de Instrucci¨®n n¨²mero tres de la Audiencia Nacional dict¨® ayer dos autos por los que se concede la libertad provisional, previa fianza de veinticinco millones de pesetas, a Tom¨¢s Baviera, procesado en el sumario de la intoxicaci¨®n masiva por ingesti¨®n de aceite de colza desnaturalizado, y se deniega el mismo benericio a los tambi¨¦n procesados Jes¨²s Portillo, Antonio Aguado y Agust¨ªn Baviera, informa Europa Press.
En el segundo de los autos, que concede la libertad provisional a Tom¨¢s Baviera y la deniega a su hermano Agust¨ªn Baviera, el juez afirma que no existe constancia de que el aceite adquirido por la sociedad Aceites Valencia al tambi¨¦n procesado Salom¨® Caparo y refinado en Industrias T¨¢rrega hubiera sido objeto de manipulaci¨®n anormal, ni de que Tom¨¢s Baviera hubiera incidido negativamente en el resultado de la refinaci¨®n, a?ade que el aceite de las muestras obtenidas en Aguado del Prado, cuyos an¨¢lisis denotaron la presencia de anilinas y amidas arom¨¢ticas, hab¨ªa sido suministrado, al parecer, por Jos¨¦ Mar¨ªa Abascal Romero, por lo que se plantea la duda razonable "de que las intoxicaciones originadas por el consumo de aceite vendido por la mencionada firma pudieran atribuirse a la sociedad Aceites Valencia, SA".En el considerando siguiente el juez indica que al desprenderse de lo actuado que con independencia de las cisternas adquiridas por Aceites Valencia, SA, a Salom¨® Caparo, el aceite comercializado y distribuido bajo la marca Yumi ofreci¨® resultado t¨®xico, y al no existir constancia de que de su consumo se derivasen casos de afectados por el s¨ªndrome t¨®xico, se plantea tambi¨¦n la duda razonable de que pueda establecerse una correlaci¨®n entre la enfermedad y la ingesti¨®n de aceite procedente de Aceites Valencia, SA.
Por ello, se?ala el juez que subsisten los indicios que determinaron el procesamiento de los directivos de Aceites Valencia, SA, respecto al delito contra la salud p¨²blica que previene el art¨ªculo 346 del C¨®digo Penal, pero no resultan tan acreditados en relaci¨®n con la figura agravada del art¨ªculo 348 del mismo texto legal. "De aqu¨ª que, dado el tiempo de prisi¨®n preventiva que vienen sufriendo, a?o y medio cumplido", a?ade el auto del juez, "y dado tambi¨¦n que el l¨ªmite cuantitativo impuesto por el art¨ªculo 504 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal ¨²nicamente es vinculante respecto al tiempo, que no podr¨¢ exceder la situaci¨®n de prisi¨®n, se impone aconsejable revisar tal medida para los expresados procesados, cuya revisi¨®n deber¨¢ beneficiar tan s¨®lo a Tom¨¢s, en relaci¨®n a que sus funciones directivas revest¨ªan menor importancia que las de su hermano Agust¨ªn".
Dos a?os, prisi¨®n provisional m¨¢xima sin juicio
Por otra parte, en relaci¨®n con la inquietud manifestada por uno de los acusadores particulares que act¨²an en el sumario de la intoxicaci¨®n masiva por aceite de colza desnaturalizado, Antonio Garc¨ªa Pablos, seg¨²n el cual los procesados por este asunto podr¨ªan beneficiarse de la futura limitaci¨®n m¨¢xima del per¨ªodo de prisi¨®n preventiva sin juicio, el anteproyecto de ley org¨¢nica de Modificaci¨®n de la Ley de Enjuiciamiento Criminal elaborado por el Ministerio de Justicia establece que la duraci¨®n m¨¢xima de seis meses cuando la pena se?alada al delito imputado sea igual o inferior a la de prisi¨®n menor, y de dieciocho en los dem¨¢s casos, se aplicar¨¢ "siempre que no se produjeren dilaciones en la causa imputables al inculpado o a quienes ostenten su representaci¨®n o defensa".
Asimismo, el anteproyecto determina que "el juez o tribunal podr¨¢n ordenar excepcionalmente la prolongaci¨®n de la prisi¨®n provisional hasta el l¨ªmite de dos a?os cuando el delito hubiere afectado gravemente a intereses colectivos, o cuando hubiere producido graves consecuencias en el ¨¢mbito nacional, o cuando se hubiere cometido fuera de ¨¦ste, o bien la instrucci¨®n de la causa fuere de extraordinaria complejidad".
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