El avispero Rumasa
La decisi¨®n gubernamental, a trav¨¦s de un instrumento tan singular como extra?o de un real decreto-ley, de expropiar el holding de la abejita es una medida jur¨ªdicamente muy discutible, por no decir anticonstitucional, y pol¨ªticamente err¨®nea, con unas consecuencias sociales y econ¨®micas imprevisibles.El Gobierno, con tal acuerdo, se ha metido de lleno en el avispero de Rumasa.
Y no s¨®lo eso, sino que, adem¨¢s, con la expropiaci¨®n legitima la actuaci¨®n de dicho holding, a la vez que econ¨®micamente sanea totalmente ese importante conglomerado empresarial.
La medida nos parece pol¨ªticamente err¨®nea, por cuanto puede producir -como precedente- unas consecuencias sociales y econ¨®micas imprevisibles.
En efecto, con la expropiaci¨®n se est¨¢ legitimando plenamente, siquiera sea de forma impl¨ªcita, la actuaci¨®n de Rumasa -abstracci¨®n hecha de que esa actuaci¨®n haya sido correcta o incorrecta-. Y esto es as¨ª porque, a trav¨¦s de la adquisici¨®n forzosa del holding, el Estado espa?ol, se subroga autom¨¢ticamente en el conjunto de los derechos y obligaciones de aqu¨¦lla, ya que la expropiaci¨®n -como bien dice la ley- es total, engloba el activo y el pasivo.
Por v¨ªa de esa subrogaci¨®n, la Administraci¨®n se sit¨²a exactamente en la misma situaci¨®n (jur¨ªdica, econ¨®mica, etc¨¦tera) de Rumasa, y con todas sus consecuencias.
Por otro lado, igualmente por ese mecanismo de la subrogaci¨®n que comporta la expropiaci¨®n, el
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Estado espa?ol sanea totalmente al holding, supuesto que su situaci¨®n patrimonial o financiera fuera mala. A partir de ahora, los acreedores del holding Rumasa se convierten en acreedores de la Administraci¨®n -es decir, de todos los ciudadanos-, y adem¨¢s, por la totalidad de sus cr¨¦ditos; nada de quitas o esperas para su efectividad, ya que, de inmediato, el Estado -empresario del conjunto de establecimientos de dicho conglomerado-, sin condici¨®n y sin l¨ªmite alguno, asume autom¨¢ticamente cualesquiera deudas de Rumasa.
Es m¨¢s, incluso podr¨ªa darse la paradoja de que -como es presumible- los d¨¦bitos sean del holding Rumasa, y su presidente, Jos¨¦ Mar¨ªa Ruiz-Mateos, sea acreedor de ¨¦sta, con lo que ¨¦l mismo pasar¨ªa a ser acreedor del Estado espa?ol.
Lo equivocado de la decisi¨®n pol¨ªtica -al margen de la enmara?ada situaci¨®n jur¨ªdica que se crea con la misma-, se agrava por las consecuencias sociales y econ¨®micas que puede originar la din¨¢mica del acuerdo gubernamental.
El Gobierno, con la expropiaci¨®n, acaba de conseguir te¨®ricamente la cuadratura del c¨ªrculo: garantizar los derechos de los cuentacorrentistas, de los acreedores, de los trabajadores y hasta de los accionistas.
Esto, naturalmente, es s¨®lo un espejismo, ya que, en definitiva, todos los ciudadanos tendremos que pagar de nuestros bolsillos los pasivos o deudas que aparezcan. Pero es que si atendemos que constitucionalmente tambi¨¦n se consagra como fundamental¨ªsimo el principio de igualdad ante la ley -art¨ªculo 14 de la Constituci¨®n espa?ola-, resultar¨¢ que cualquier empresa que se encuente en una deficitaria situaci¨®n econ¨®mica podr¨¢ instar, por la misma raz¨®n jur¨ªdica, la expropiaci¨®n, en lugar de provocar una suspensi¨®n de pagos o una quiebra; por lo que, a trav¨¦s del mecanismo expropiatorio, habremos inventado un sistema para evitar insolvencias mercantiles.
Parece absurdo pero dial¨¦cticamente es de una absoluta congruencia. Por otro lado, los trabajadores, siempre a trav¨¦s de esa soluci¨®n expropiatoria, no tendr¨¢n que preocuparse m¨¢s por la continuidad de sus puestos de trabajo; si la empresa est¨¢ en crisis, basta que la adquiera -como en el caso de Rumasa- el Estado, quien asumir¨¢ la condici¨®n de empresario. A la vez se evitar¨¢n cr¨¦ditos calificados como morosos o que puedan pasar a fallidos, pues en cuanto se coloque la Administraci¨®n en el puesto del empresario, ser¨¢ la misma quien responder¨¢ plenamente frente a los acreedores.
Finalmente, las acciones se convertir¨¢n en t¨ªtulos de renta variable, pero siempre al alza, ya que si a los tenedores de acciones del holding Rumasa se les garantizan sus valores econ¨®micos, es.evidente que no habr¨¢ que temer una baja de sus cotizaciones, si bien esas acciones pasar¨¢n por compra al Estado.
Insistimos en que lo expuesto no es caricaturesco ni demag¨®gico, por muy disparatado que parezca.
Lo m¨¢s descorazonador es que exist¨ªa y existe un panel de posibilidades legales para llegar a la intervenci¨®n o incluso incautaci¨®n de Rumasa, si es que realmente este holding era merecedor de una medida de ese tipo. Lo disparatado, por absurdo, ha sido acudir a una f¨®rmula de expropiaci¨®n, de la que, por otro lado, dudamos mucho que exista un solo precedente en toda nuestra historia. /
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