Varios abogados sostienen que si existi¨® rebeli¨®n debe haber m¨¢s inculpados civiles y militares
Si el capit¨¢n de nav¨ªo Camilo Men¨¦ndez Vives es un rebelde, tal y como pretende el fiscal en el recurso de casaci¨®n, el Tribunal Supremo debiera deducir el tanto de culpa correspondiente, al menos contra su almirante jefe y contra el director general de la Guardia Civil. As¨ª lo afirm¨® Antonio Mu?oz Perea, letrado defensor del capit¨¢n de nav¨ªo Men¨¦ndez Vives. Antes hab¨ªa quintaesenciado una largu¨ªsima y reiterativa intervenci¨®n en esta pregunta: ?es antijur¨ªdico dar un abrazo a un amigo?Inmediatamente antes, el letrado Jaime Tent hab¨ªa asegurado que su patrocinado, el capit¨¢n de la Guardia Civil Jos¨¦ Luis Abad, se limit¨® a custodiar la centralita telef¨®nica del Congreso, de forma que ni siquiera se enter¨® de la llegada de su director general, y poco despu¨¦s, el letrado Jes¨²s G¨®mez Garc¨ªa, que defiende al capit¨¢n de la Divisi¨®n Acorazada Brunete Carlos Alvarez Arenas, asegur¨®, por activa y por pasiva, que su patrocinado no hizo m¨¢s que un gesto de solidaridad con la Guardia Civil. Los letrados defensores de los tres encausados se opusieron a las pretensiones del fiscal y solicitaron la absoluci¨®n de sus defendidos.
El ¨²ltimo tramo de la sesi¨®n de la tarde no estuvo exento de abundancias ret¨®ricas, con citas de cl¨¢sicos griegos, oradores del siglo XIX y hasta solemnes referencias b¨ªblicas. El defensor del capit¨¢n Abad Guti¨¦rrez, condenado a tres a?os y un d¨ªa de prisi¨®n por el Consejo Supremo de Justicia Militar, se entretuvo con parsimonia en distinguir entre esencia y apariencia, para concluir que los hechos probados de la sentencia ofrecen una apariencia de ilicitud que no se corresponde con la esencia de lo que realmente ocurri¨®.
Explic¨® que si se admite la existencia de la rebeli¨®n militar por parte de su defendido, habr¨ªa que haber actuado, en esa misma direcci¨®n, contra otras muchas autoridades militares y civiles, de acuerdo con el art¨ªculo 305 del C¨®digo de Justicia Militar, que considera reos de rebeli¨®n a todos los que no se opongan contundentemente a la acci¨®n de los rebeldes.
Al capit¨¢n Abad s¨®lo puede reproch¨¢rsele, seg¨²n su defensor, la insistencia en pedir a sus jefes confirmaci¨®n para cumplir la orden que le transmit¨ªa el teniente coronel Tejero. El letrado record¨® la "ciega obediencia que exige el reglamento de la Guardia Civil".
El defensor del capit¨¢n de la Divisi¨®n Acorazada Brunete ?lvarez Arenas consider¨® que el fiscal -para el que los tres letrados tuvieron encendidas palabras de elogio- ha hecho una interpretaci¨®n caprichosa y gratuita de los hechos probados de la sentencia. Su defendido acudi¨® al Congreso sabiendo que todo hab¨ªa fracasado, sin ning¨²n ¨¢nimo de apoyo a los rebeldes, por mera solidaridad con quienes se encontraban dentro y, espec¨ªficamente, con la Guardia Civil, y no tuvo actuaci¨®n alguna que pueda configurar la conducta de un rebelde.
El letrado Mu?oz Perea destac¨® m¨¢s que nadie en sus alabanzas al fiscal general del Estado. El mal sabor de boca que le hab¨ªa producido la lectura del escrito del recurso de casaci¨®n se fue borrando, afirm¨®, al escuchar el informe oral del mi¨¦rcoles por la ma?ana. El letrado defiende al capit¨¢n Pascual G¨¢lvez, al capit¨¢n de nav¨ªo Men¨¦ndez Vives y al ¨²nico paisano encausado, Juan Garc¨ªa Carr¨¦s, pero hubo de detenerse en la defensa del marino porque la sesi¨®n se interrumpi¨® en ese punto hasta hoy a las diez de la ma?ana.
Camilo Men¨¦ndez no hizo otra cosa, seg¨²n Mu?oz Perea, que desatender los consejos de su almirante y del teniente general Aramburu Topete, y acudir al Congreso para dar un abrazo a su entra?able amigo el teniente coronel Tejero, al tiempo que aprovech¨® la circunstancia para llevar a cabo algunas acciones humanitarias.
Los inculpados no tuvieron m¨®viles ego¨ªstas
El patriotismo, el exacerbado amor a la patria y los m¨®viles patri¨®ticos de cuatro de los procesados -los capitanes Carlos L¨¢zaro, Enrique Bobis y Jos¨¦ Cid y el comandante Ricardo Pardo Zancada-, y por extensi¨®n de los dem¨¢s implicados en el proceso del 23-F, fueron analizados extensamente por el letrado Jos¨¦ Luis Sanz Arribas. Fue un apasionado alegato en favor de los motivos patri¨®ticos que supuestamente esgrim¨ªan los acusados. No en vano el letrado penalista Sanz Arribas est¨¢ emparentado con una familia de arraigada tradici¨®n dentro del Ej¨¦rcito y de la Guardia Civil.
"Ha habido algo que ha provocado el dolor de los inculpados, y ha sido que en el recurso del fiscal se aludiera como razones de esta acci¨®n a motivos puramente ego¨ªstas, o a los intereses partidistas. No s¨¦ cu¨¢les eran las intenciones del general de divisi¨®n Armada. Pero s¨ª s¨¦ cu¨¢les eran los motivos esgrimidos por mis patrocinados". De esta manera inici¨® el abogado un ataque a la tesis del fiscal, seg¨²n la cual en la sentencia se hab¨ªa aplicado indebidamente la atenuante de m¨®viles patri¨®ticos.
Pero el alegato del letrado Jos¨¦ Luis Sanz Arribas, defensor de uno de los inculpados en el atentado contra EL PAIS, fue tambi¨¦n profundo y documentado. Aport¨® a la sala la doctrina legal relacionada con el tema y de un brochazo desestim¨® la interpretaci¨®n dada por el jurista Juan C¨®rdoba Roda, catedr¨¢tico de Derecho Penal de la universidad de Barcelona, seg¨²n la cual la valoraci¨®n de los m¨®viles patri¨®ticos debe realizarse desde un punto de vista social. Rechaz¨® esta tesis el letrado para acogerse a la teor¨ªa de que los m¨®viles patri¨®ticos deb¨ªan ser analizados a la luz de los impulsos humanos de sus patrocinados.
Tras laImpugnaci¨®n de la tesis del fiscal pas¨¦ a explicar el recurso planteado contra la condena del comandante Pardo Zancada. A trav¨¦s de 10 motivos, cinco por quebrantamiento de forma y otros cinco por infracci¨®n de ley, Jos¨¦ Luis Sanz Arribas pidi¨® la redacci¨®n de una nueva sentencia, la atenuaci¨®n de la pena dictada contra el comandante y que se evitara as¨ª su expulsi¨®n del Ej¨¦rcito.
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