El secuestro de todas las semanas
EL SEMANARIO Cambio 16 ha vuelto a ser secuestrado por orden judicial como consecuencia de la querella presentada por Rodolfo Eduardo Almir¨®n, adscrito a la seguridad personal de Manuel Fraga, contra la revista por un reportaje en torno a sus actividades como presunto colaborador de la Triple A. Por su parte, el ministro del Interior ha ordenado la retirada de la licencia de armas expedida en favor de Almir¨®n, a la vista de las informaciones disponibles sobre su pasado (v¨¦ase EL PA?S de ayer). La empresa editora de Cambio 16 se?ala graves irregularidades en el procedimiento de notificaci¨®n del secuestro del n¨²mero de la revista de la pasada semana, ordenado por el mismo juzgado que ha tomado otra vez id¨¦ntica decisi¨®n, lo que ha dificultado la interposici¨®n del recurso correspondiente contra la medida. Y sobre todo este oscuro asunto planea, como principal interrogante, la v¨ªa mediante la que Almir¨®n consigui¨®, con sus: antecedentes, la nacionalidad espa?ola, la licencia de armas y un puesto de confianza en el entorno del l¨ªder de la oposici¨®n.El nuevo secuestro de Cambio 16 pone de relieve el largo camino que tendr¨¢ que recorrer todav¨ªa la sociedad espa?ola para conseguir que los h¨¢bitos de convivencia ciudadana y los poderes p¨²blicos respeten los derechos y libertades fundamentales reconocidos y amparados por la Constituci¨®n. El secuestro de un publicaci¨®n por motivos pol¨ªticos, pr¨¢ctica habitual durante la ¨²ltima etapa del anterior r¨¦gimen a partir del momento en que los mecanismos coercitivos de la ley Fraga sustituyeron a los procedimientos de la censura previa, hasta entonces vigente, es incongruente con el sistema democr¨¢tico y no puede tener cabida en nuestro ordenamiento jur¨ªdico. Es obvio que la libertad de expresi¨®n tiene su l¨ªmite en la protecci¨®n de los restantes derechos fundamentales, tal y como el art¨ªculo 20 de la Constituci¨®n establece. En consecuencia, las personas que consideren que sus derechos han sido violados por la publicaci¨®n de una informaci¨®n o de una opini¨®n pueden acudir a los tribunales de justicia para exigir las reparaciones que consideren pertinentes. La Constituci¨®n y la ley garantizan la protecci¨®n del derecho al honor, la intimidad y la propia imagen, y tipifican como delitos las injurias y las calumnias. La retirada de una publicaci¨®n figura en la bater¨ªa de las medidas que un juez puede adoptar para amparar derechos conculcados. Pero la letra de las leyes puede matar su esp¨ªritu cuando una aplicaci¨®n abusiva de la norma traiciona objetivamente los principios b¨¢sicos del ordenamiento jur¨ªdico. El art¨ªculo 20 de la Constituci¨®n, adem¨¢s de mencionar los l¨ªmites existentes para la libertad de expresi¨®n, establece de forma contundente que "el ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ning¨²n tipo de censura previa". La generalizaci¨®n del secuestro judicial significar¨ªa una sesgada manera de prolongar, mediante esa v¨ªa, los procedimientos administrativos de la censura previa al suprimir -y no es otro el alcance de la medida cautelar- la informaci¨®n en litigio. El caso que ha motivado los dos secuestros merece una reflexi¨®n lateral sobre el doble rasero con que puede medirse la protecci¨®n del honor de los ciudadanos de este pa¨ªs. Mientras un juez, aplicando con r¨ªgida literalidad los preceptos de la ley de Enjuiciamiento Criminal, puede ordenar el secuestro de un semanario -que, por lo dem¨¢s, se sigue vendiendo p¨²blicamente en muchos puntos- por informar sobre el pasado de un guardaespaldas de Fraga, otros funcionarios del Estado formulan a veces acusaciones contra presos preventivos que son posteriormente absueltos por los tribunales o incluso son puestos en libertad sin proceso alguno. Pero seguramente el aspecto m¨¢s importante del incidente sea el trasfondo pol¨ªtico de un asunto que ninguna jeremiada sobre la vida privada de Almir¨®n puede ocultar. La informaci¨®n de que el servicio de orden de Alianza Popular ha dado empleo a una persona acusada de haber pertenecido a la Triple A es altamente lesiva para la imagen de una derecha que pretende ser democr¨¢tica y liberal-conservadora. El amparo que, de un modo u otro, se ha seguido prestando a Almir¨®n frente a las informaciones de la Prensa -en lo profundo comprobadas y publicadas por muchos otros peri¨®dicos, al margen las expresiones m¨¢s o menos duras o discutibles con las que se haya podido calificar los hechos en Cambio 16- desdice de un planteamiento ¨¦tico. Fraga debe rendir cuentas ante la sociedad espa?ola y explicar las razones por las que Rodolfo Eduardo Almir¨®n fue incorporado a su guardia personal y por las que no somete a investigaci¨®n cr¨ªtica los antecedentes de su inmediato colaborador. Los jueces, a su vez, deben cuidar de que la Prensa no injurie, pero mucho m¨¢s de que una organizaci¨®n tan siniestra y criminal como la Triple A no se infiltre en forma alguna en la sociedad espa?ola.
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