La Comunidad de Madrid deber¨¢ administrar unos presupuestos mayores que los de siete ministerios
En las elecciones al Parlamento regional los madrile?os van a confiar a quienes resulten vencedores un presupuesto mayor que el de siete de los 15 ministerios actuales, y ligeramente superior al aprobado este a?o por el Parlamento vasco. Cerca de un tercio de ese presupuesto corresponder¨¢ a los mismos servicios que hasta ahora ha garantizado la Diputaci¨®n Provincial. El resto ha de estar destinado a cubrir las nuevas competencias. La transcendencia de muchos de los servicios que asume la comunidad, el presupuesto de que va a disponer y la posibilidad de ejercer fuerte influencia en la configuraci¨®n futura de la regi¨®n har¨¢n que con el tiempo la autonom¨ªa madrile?a sea ya tomada en serio por todos.
ALEX GRIJELMO, Si est¨¢ claro que el dinero es poder, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid va a tener, cuando se encuentre en una fase ligeramente avanzada, al menos 90.000 millones de pesetas para ejercitarlo, ampliables, cuanto m¨¢s se progrese en la absorci¨®n de servicios, a una cifra cercana a los 150.000 millones de pesetas constantes, seg¨²n estimaciones de t¨¦cnicos de la Diputaci¨®n de Madrid, que reconocieron la imposibilidad de hacer un c¨¢lculo absoluto preciso.
La constituci¨®n de la Comunidad madrile?a no tiene necesariamente que suponer mayor presi¨®n fiscal, cuesti¨®n que ha venido preocupando en todas las comunidades espa?olas. En s¨ªntesis, se trata de que el Estado ceda a la regi¨®n determinados impuestos e ingresos con arreglo a las nuevas tareas que asume la comunidad y que a la vez dejan de depender de la Administraci¨®n Central. En el per¨ªodo transitorio hasta la cesi¨®n de tributos -al menos cinco a?os-, se produce una transferencia de servicios acompa?ada del mismo dinero que el Estado empleaba antes en ellos.
El ingente traspaso presupuestario de que los madrile?os van a beneficiarse se comprende f¨¢cilmente si se tiene en cuenta que un ministerio como el de Obras P¨²blicas y Urbanismo quedar¨¢, cuando culmine el proceso auton¨®mico, con un 58% de los fondos que gestiona en la actualidad. El resto pasar¨¢ a las comunidades aut¨®nomas. En el departamento de Sanidad, el volumen de traspasos va a ser mayor, y los costes que deba soportar ese departamento quedar¨¢n reducidos a un 20% de los actuales. En el Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones, el presupuesto quedar¨¢ en la mitad cuando hayan sido transferidos a las comunidades los servicios sobre los que tiene competencias.
La Comunidad de Madrid recibir¨¢ por el cap¨ªtulo de cesi¨®n de tributos, cuando el proceso auton¨®mico est¨¦ suficientemente consolidado, 61.588 millones, en pesetas de 1983, seg¨²n las ¨²ltimas estimaciones de la direcci¨®n general de Coordinaci¨®n con las Haciendas Territoriales. Como punto de referencia, el presupuesto de la Diputaci¨®n provincial, instituci¨®n que desaparece con la nueva comunidad, suma este a?o 33.000 millones.
Cesi¨®n de impuestos
Los tributos objeto de cesi¨®n por el Estado a la comunidad pueden ser el impuesto sobre el patrimonio neto, el impuesto sobre transmisiones patrimoniales, las tasas y exacciones sobre el juego, la imposici¨®n general sobre las ventas en su fase minorista, los impuestos sobre consumos espec¨ªficos, y el impuesto sobre sucesiones y donaciones, siempre en lo que se refiero a las recaudaciones efectuadas en la propia circunscr¨ªpci¨®n.
En concepto de tasas del juego, Madrid recibir¨ªa, seg¨²n las citadas estimaciones, 14.698 millones de pesetas; por impuesto sobre el patrimonio, 5.118 millones; por impuesto de sucesiones, 3.005 millones; y por transmisiones, 22.103. El impuesto de lujo proporcionar¨ªa a Madrid 16.664 millones de pesetas. El total de 61.588 millones supone cerca de un 23% de los 266.985 millones de pesetas que el Estado desviar¨¢ al total de comunidades mediante la cesi¨®n de tributos, cuando est¨¦ culminado el proceso auton¨®mico.
Madrid ser¨¢ de las regiones m¨¢s beneficiadas en este cap¨ªtulo, seguida de Catalu?a. Reune el 12% de la poblaci¨®n espa?ola pero proporciona al Estado cerca del 25% de sus ingresos tributarios. Si la Administraci¨®n central cede a la comunidad los tributos citados en lo que se refiere al territorio madrile?o, la cantidad registrar¨¢ una media por habitante mayor que en otras regiones.
Adem¨¢s de la financiaci¨®n de los servicios que asuma, Madrid recibe casi 11.700 millones en el presente a?o procedentes del Fondo de Compensaci¨®n Interterritorial. Considerada globalmente, es la novena regi¨®n por la dotaci¨®n que le corresponde, pero la ¨²ltima si se estima en pesetas por habitante. Las transferencias del fondo interterritorial y las destinadas a cubrir el coste de los servicios en el per¨ªodo transitorio -hasta la cesi¨®n de tributos- ya elevar¨ªan por s¨ª solas el presupuesto a m¨¢s del doble del que gestionaba la Diputaci¨®n. Pero Madrid percibir¨¢ en su d¨ªa, asimismo, y con arreglo a la legislaci¨®n auton¨®mica, varios miles de millones m¨¢s por lo que se denomina "participaci¨®n en los impuestos estatales no cedidos", que debe ser regulada por ley de las Cortes.
Por otra parte, Madrid-regi¨®n podr¨¢ establecer sus propios tributos (en principio continuar¨¢ gestionando las tasas que corresponden a la Diputaci¨®n) y, tambi¨¦n, fijar recargos sobre determinados impuestos estatales. En este caso, que es totalmente potestativo, la decisi¨®n deber¨¢ ser adoptada por los propios ¨®rganos aut¨®nomos, que asumir¨¢n as¨ª las consecuencias electorales que ello pudiese tener. No obstante, esta materia se encuentra pendiente de regulaci¨®n legal. La ley correspondiente, a cuya elaboraci¨®n se comprometi¨® UCEI en los pactos auton¨®micos de 1981 situando como tope de presentaci¨®n el mes de junio de 1982, nunca lleg¨® a ser tramitada en el Parlamento.
Inversiones de la comunidad
El presupuesto formado por los ingresos descritos encontrar¨¢ diversos destinos. Los casi 11.700 millones de pesetas del Fondo de Compensaci¨®n Interterritorial deben ser dedicados necesariamente a obras de car¨¢cter local, comarcal, provincial o regional de infraestructura, regad¨ªos, ordenaci¨®n del territorio, vivienda y equipamiento colectivo, mejora del h¨¢bitat rural, obras p¨²blicas, transportes y comunicaciones y, en general, aquellas Inversiones destinadas a disminuir las diferencias de renta y de riqueza. La comunidad debe hacer frente a los gastos corrientes y de funcionain iento que tales inversiones generen.
En 1983, seg¨²n los acuerdos de inversiones alcanzados por la Diputaci¨®n y el Ministerio de Hacienda, Madrid invertir¨¢ la mayor parte de su dotaci¨®n del fondo interterritorial en equipamientos eseolares. Exactamente, 4.175 millones de pesetas. Otra importante partida, de 3.506 millones, estar¨¢ destinada a promoci¨®n p¨²blica de viviendas.
Al margen del fondo interterritorial, el resto de las inversiones de la comunidad, tambi¨¦n tienen la posibilidad de incidir en los apartados enumerados, pueden ser decisivas para establecer cen tros de formaci¨®n deportiva, ayu dar al desarrollo de empresas y cooperativas de la regi¨®n, instituir nuevas entidades financieras y de cr¨¦dito, edificar colegios, guarder¨ªas e instalaciones para disminuidos fisicos, crear centros de Salud, o constituir hospitales comarcales, abrir hueco a mayor n¨²mero de parques y jardines.
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