Tribunal Constitucional
El 14 de febrero de 1980 fueron nombrados por decreto 10 magistrados del Tribunal Constitucional, elegidos -cuatro, cuatro y dos, respectivamente- por el Congreso, el Senado y el Gobierno. Meses m¨¢s tarde el Consejo General del Poder Judicial designaba otros dos, completando asi los 12 que integran legalmente el alto organismo. Previenen no s¨®lo la Constituci¨®n, sino la norma espec¨ªfica reguladora de su funcionamiento c¨®mo han de relevarse los componentes del mismo, que lo ser¨¢n por terceras partes cada tres a?os, por lo cual habr¨ªan tenido que producirse ya aquellas sustituciones. ( ... )Las elecciones y la sustancial transformaci¨®n del cuadro parlamentario y senatorial han diferido aquel tr¨¢mite, cuya paralizaci¨®n est¨¢ entorpeciendo la marcha normal del Tribunal y, por tanto, retrasando sus decisiones sobre temas de gran inter¨¦s nacional, como es, entre otros, el recurso planteado contra la LOAPA.
En todo caso, cuatro son ahora los magistrados pendientes de ser reemplazados o reelegidos, seg¨²n la mec¨¢nica prevista. S¨®lo que, como tantas otras veces, la pol¨ªtica, sobrevolando la prioridad jur¨ªdica, est¨¢ llevando a este terreno, que debiera conservar su pureza e integridad t¨¦cnicas, todo el peso de las ideolog¨ªas y de los partidismos. ( ... )
Lo cierto es que el pa¨ªs necesita que la situaci¨®n se despeje sin demora; que el acuerdo se produzca; que los que se buscan sean pronto encontrados y que todos puedan, en definitiva, aplicar a la soluci¨®n de los contenciosos planteados la plena serenidad de los principios del Derecho, la voluntad de la ley escrita y su esp¨ªritu, que no debe torcerse ni quebrarse para rendir tributo a criterios sectoriales ni sectarios. ( ... )
25 de mayo
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