Las universidades privadas se regir¨¢n por sus normas espec¨ªficas
La Comisi¨®n de Educaci¨®n y Cultura del Congreso de los Diputados termin¨® ayer el dictamen del proyecto de ley de Reforma Universitaria (LRU), que la semana pr¨®xima ser¨¢ debatido por el Pleno extraordinario de la C¨¢mara. Ante las dudas suscitadas por la oposici¨®n sobre el alcance de la ley, el PSOE ratific¨® que la mayor parte de la LRU afecta a las universidades p¨²blicas, y s¨®lo el t¨ªtulo VIII y los principios generales contenidos en el preliminar a las universidades privadas. Para el caso de que estas universidades se financien con fondos p¨²blicos, ser¨¢ necesaria una ley que establezca su control social.
Esta ¨²ltima afirmaci¨®n no figura en el texto de la futura ley, pero se desprende de la intervenci¨®n realizada ayer por Luis Berenguer, en nombre del Grupo Socialista, y de las manifestaciones realizadas a este peri¨®dico por el mismo diputado y por el alto cargo de la Secretar¨ªa de Estado para Universidades, Alfredo P¨¦rez Rubalcaba. Para ambos, el alcance que el PSOE ha querido dar a esta la ley ha estado claro desde el primer momento, a pesar de las "aparentes dudas" del Grupo Popular.Por lo dem¨¢s, seg¨²n afirmaron, el Gobierno no tiene voluntad de financiar universidades privadas y, en caso de hacerlo, de acuerdo con la Constituci¨®n, ser¨ªa precisa una ley org¨¢nica, en la que habr¨ªa de constar el control y gesti¨®n social de las mismas. En todo caso, seg¨²n se aprob¨® ayer, el Gobierno determinar¨¢ con car¨¢cter general "el n¨²mero de centros y las exigencias materiales y de personal m¨ªnimo necesarios que deber¨¢n reunir las universidades privadas para su reconocimiento". La homologaci¨®n de los t¨ªtulos expedidos por las universidades privadas corresponde tambi¨¦n al Gobierno.
Sin perjuicio de estos condicionamientos, la LRU extiende la libertad de creaci¨®n de centros docentes garantizada por el art¨ªculo 27.6 de la Constituci¨®n, al establecer que "comprende la libertad de creaci¨®n de universidades y de centros docentes de ense?anza superior de titularidad privada". Y para que no queden dudas, se aprob¨® ayer a propuesta del PSOE un art¨ªculo nuevo, el 59, seg¨²n el cual estos centros privados "se regir¨¢n por sus propias normas de organizaci¨®n y funcionamiento". Berenguer se?al¨® al diputado del Grupo Popular, Manuel D¨ªaz-Pin¨¦s, que esta puede ser la percha para que las universidades privadas incorporen a sus consejos sociales representantes de los colegios profesionales, como deseaba para las p¨²blicas.
Claustros no progresistas
Entre las enmiendas aceptadas a la Minor¨ªa Catalana -cuya actitud pragm¨¢tica obtuvo m¨¢s rendimiento que la testimonial de la Minor¨ªa Vasca-, figura la relativa a una disposici¨®n transitoria sobre la composici¨®n del claustro universitario constituyente. Algunos sectores socialistas hab¨ªan planteado una composici¨®n tripartita y paritaria que asegurara el car¨¢cter progresista de dichos claustros, a los que compete la elecci¨®n de rector y la elaboraci¨®n de los primeros estatutos. Un 30% ser¨ªan profesores numerarios, un 30 % profesores no numerarios, un 30% estudiantes y el 10% restante representantes de personal de administraci¨®n y servicios. Frente a esta posici¨®n, se aprob¨® que un m¨ªnimo del 50% ser¨¢n profesores doctores y que "deber¨¢ haber" representantes de los estudiantes y el personal citado.Adem¨¢s de confirmar la integraci¨®n de los profesores agregados de Universidad en el cuerpo de catedr¨¢ticos, por una nueva disposici¨®n introducida ayer, las universidades "podr¨¢n contratar con car¨¢cter permanente profesores asociados de nacionalidad extranjera, previo informe favorable del Consejo de Universidades".
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