El Tribunal Constitucional cumple el tercer aniversario sin haberse renovado
Al cumplirse los tres primeros a?os de funcionamiento del Tribunal Constitucional, el m¨¢s alto organismo interpretativo de la Constituci¨®n presenta un balance positivo: m¨¢s de 700 asuntos resueltos y casi un centenar de sentencias dictadas, algunas de las cuales -como la que repuso a un concejal expulsado por el PSOE en su cargo en la Corporaci¨®n de And¨²jar- tuvieron una especial Importancia pol¨ªtica y obligaron a los partidos a modificar sus pretensiones. A falta de acuerdo entre los partidos, contin¨²a sin despejarse la inc¨®gnita de su remodelaci¨®n interna.
La renovaci¨®n de algunos de los magistrados que lo integran sigue bloqueada debido a que el PSOE y el Grupo Parlamentario Popular no logran acercar posturas. Los socialistas pretenden cambiar a Antonio Trullol y a Francisco Rubio, elegidos en su d¨ªa como candidatos de Uni¨®n de Centro Democr¨¢tico. Los populares, por su parte, estiman que o se cambia a los cuatro que corresponde elegir al Congreso o no se cambia a ninguno. Los candidatos, Landelino Lavilla y Enrique Gimbernat, permanecen a la espera de la resoluci¨®n de la crisis, como tambi¨¦n est¨¢n a la espera dos importantes sentencias: la supuesta inconstitucionalidad de la LOAPA y del decreto-ley de expropiaci¨®n de Rumasa.La primera sentencia del Tribunal Constitucional se produjo en enero de 1981, al declarar inconstitucional es 11 art¨ªculos de la ley de Bases de R¨¦gimen Local. En aquella ocasi¨®n, el entonces portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, Gregorio Peces-Barba, se?alar¨ªa con satisfacci¨®n a los medios informativos: "La primera sentencia del tribunal supone un severo palo al Gobierno". Despu¨¦s, cuando los socialistas han llegado al poder, recibir¨ªan del tribunal otro palo, al aceptar el recurso de inconstitucionalidad planteado por el Grupo Popular y la Minor¨ªa Catalana contra la ley de elecciones locales.
En sus tres a?os de existencia, la mayor actividad del Tribunal Constitucional la han constituido los recursos de amparo interpuestos por particulares, que han invocado especialmente supuestas violaciones del derecho de igualdad ante la ley y del derecho a obtener tutela efectiva de los tribunales y jueces. En este apartado destacan ciertas sentencias que han llegado a adquirir un amplio eco popular, como la que anul¨® la retirada de credenciales al director de Diario 16 por parte del Consejo Supremo de Justicia Militar en el juicio del 23-F, y otra que reconoc¨ªa el derecho a invocar la objeci¨®n de conciencia para obtener un aplazamiento en la incorporaci¨®n a filas.
Otro cap¨ªtulo importante que ha centrado los trabajos del Tribunal Constitucional ha sido el dedicado a esclarecer conflictos de competencias entre la Administraci¨®n central y las comunidades aut¨®nomas. En algunas ocasiones, los magistrados fallaron en favor del Estado, en otras lo hicieron dando la raz¨®n a los Gobiernos aut¨®nomos, y se especific¨® en los considerandos que "autonom¨ªa no equivale a soberan¨ªa".
Las sentencias de mayor significaci¨®n pol¨ªtica han sido las referentes a la inconstitucionalidad de determinados aspectos del decreto regulador del derecho de huelga, en abril de 1981; la que estim¨® que corresponden al poder legislativo las competencias para el desarrollo de la televisi¨®n privada, en abril de 1982, si bien sostuvo que la televisi¨®n privada "no es una derivaci¨®n necesaria del art¨ªculo 20 de la Constituci¨®n, aunque, como es obvio, no est¨¢ tampoco constitucionalmente impedida". No obstante, el magistrado Francisco Rubio, uno de los dos que pretende cambiar el PSOE, dej¨® claro mediante un voto particular que "los particulares tienen derecho a crear y operar con emisoras de televisi¨®n en los t¨¦rminos que establezca la correspondiente ley, la cual, en cuanto desarrolla un derecho fundamental, ha de ser org¨¢nica".
La declaraci¨®n de inconstitucionalidad de tres art¨ªculos del Estatuto de Centros Escolares no s¨®lo fue decisiva en su d¨ªa (febrero de 1981), sino que la argumentaci¨®n de los magistrados a prop¨®sito de esta sentencia ha obligado al actual Gobierno a modificar el borrador de la ley org¨¢nica reguladora del Derecho a la Educaci¨®n (LODE), ya que estimaba que la libertad de c¨¢tedra no puede ir en contra del ideario del centro.
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