Los jueces argentinos
El orden constitucional argentino -aunque cuestionable a la luz de los avasallamientos cometidos por los poderes -ejecutivos en detrimento de la alardeada independencia del Poder jucicial- impone que el nombramiento de los magistrados judiciales se realice con "acuerdo del senado" (art¨ªculo 86, inc. 52 Constituci¨®n Nacional). Dado que los muchos reg¨ªmenes "de f¨¢cto" que han gobernado el pa¨ªs desde 1930, es cierto que muchas veces han convivido magistrados nombrados seg¨²n la Constituci¨®n con otros designados: "a dedo" por los gobiernos militares, sin control legislativo, o sea, leg¨ªtimos. ( ... )Por otra parte, dado la organizaci¨®n del Estado argentino como Estado federal, junto a la organizaci¨®n judicial de cada provincia, existe una organizaci¨®n judicial "federal" la cual conoce de los casos en que est¨¢ interesado el Estado nacional o en cuestiones que correspondan a dos jurisdicciones provinciales. ( ... )
Por ¨²ltimo, otro dato: en los a?os de otra dictadura militar (1966-1973), se constituy¨® una especie de Tribunal de Orden P¨²blico (especial) -al margen de la Constituci¨®n- para juzgar a los disidentes con el r¨¦gimen militar (delitos de "subversi¨®n"). Este fue la mal recordada "C¨¢mara Federal en lo Penal de la Naci¨®n" (vulgo: Camar¨®n), entre cuyas consecuencias pod¨ªa estar la de aplicar la pena de muerte introducida por el gobierno "de facto", o sea, inconstitucionalmente. Pues bien, ?para qu¨¦ todas estas explicaciones? El d¨ªa domingo 10 de julio, EL PA?S (Internacional, p¨¢gina 7) publica una entrevista al se?or Pedro Narvaiz, ex juez argentino, salido del pa¨ªs a causa de amenazas recibidas en raz¨®n de ciertas intervenciones suyas. Sin entrar a juzgar el cometido de este se?or en sonados asuntos que involucran a personajes de la dictadura, ni las motivaciones que puedan haberlo guiado a actuar ahora con esa "valent¨ªa", me parece necesario puntualizar lo siguiente en orden a lo expuesto precedente mente y para una mejor y correcta informaci¨®n: 1) el se?or Narvaiz no fue nunca un juez constitucional en Argentina; es decir que su nombramiento provino de la pro pia dictadura militar contra la que ¨¦l parece haberse revelado; 2) el se?or Narvaiz ha sido juez federal, lo cual supone la confianza inicial del r¨¦gimen que lo nombr¨®, y 3) el se?or Narvaiz fue, ya entonces, funcionario de la C¨¢mara Federal en lo Penal aludida (Tribunal especial), o sea miembro de la justicia pol¨ªtica de una anterior dicta dura militar en Argentina. /
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