Los pactos destinados a racionalizar la ordenaci¨®n territorial han tenido un cumplimiento irregular y lento
Aquellos acuerdos, solemnemente suscritos, est¨¢n hoy salpicados de incumplimientos, lo que en la mayor¨ªa de los casos se ha debido m¨¢s a la alegr¨ªa de ambas partes a la hora de incluir los compromisos que a la posibilidad objetiva de llevarlos a cabo. Esos incumplimientos han resultado escasos en la parte pol¨ªtico-administrativa de los pactos, y m¨¢s numerosos en el cap¨ªtulo econ¨®mico-financiero. En el primero de esos apartados, cumplir los acuerdos era evidentemente m¨¢s f¨¢cil, puesto que, en gran medida, ello s¨®lo depend¨ªa de la voluntad de los dos partidos firmantes al elaborar los estatutos y las leyes auton¨®micas. En la parte econ¨®mica, el cumplimiento ha dependido de m¨¢s factores, corno las posibilidades de la Administraci¨®n y su lento funcionamiento, la escasez de informaci¨®n estad¨ªstica, y los desacuerdos de otras partes implicadas, los gobiernos aut¨®nomos, que en este campo s¨ª pod¨ªan ejercer su bloqueo.Los acuerdos econ¨®mico-financieros comenzaban recogiendo las bases de la metodolog¨ªa a aplicar para poder definir el coste efectivo de los servicios transferidos. Sin embargo, todos los indicios hacen sospechar que tal metodolog¨ªa no fue aplicada en el primer caso en que pudo serlo: en las transferencias a Catalu?a correspondientes a 1982.
El coste efectivo es el gasto en que incurr¨ªa el Estado en el servicio a transferir en el momento de traspasarlo. La metodolog¨ªa concretaba el modo en que el Estado debe calcular el dinero que le costaba a ¨¦l cada servicio transferido, a fin de enviar la misma cantidad a la comunidad aut¨®noma. Sin embargo, en los intrincados decretos de transferencias y los listados de sus anexos se desliz¨® una supuesta sobrevaloraci¨®n cifrada en torno a los 25.000 millones de pesetas. La primera voz de alarma fue dada en abril de 1982 por la Oficina Presupuestaria del Ministerio de Educaci¨®n. En un documento interno, detall¨® que en las ¨®rdenes del Ministerio de Hacienda para efectuar los traspasos se le indicaba que deb¨ªa transferir 21.098,5 millones m¨¢s de lo que ese departamento ten¨ªa presupuestado para los servicios objeto de la transferencia.
El documento lleg¨® a poder del PSOE, que denunci¨® despu¨¦s "turbias maniobras" del Gobierno de UCD, en aquel entonces d¨¦bil y apoyado por la Minor¨ªa Catalana en diversas cuestiones parlamentarias. D¨ªas despu¨¦s, t¨¦cnicos del Ministerio de Trabajo se?alaban que la discrepancia con Hacienda en los presupuestos a transferir sumaba 1.500 millones; y en Obras P¨²blicas denunciaron una diferencia de 2.000. El error se debi¨® presuntamente a que, contra lo fijado en la metodolog¨ªa, se tomaron como base para las f¨®rmulas matem¨¢ticas a aplicar datos correspondientes a 1979, y no a 1980, presupuesto anterior a la transferencia. Asimismo, parec¨ªan inflados los costes indirectos centrales, referidos a los funcionarios que, desde Madrid, efect¨²an labores de apoyo y coordinaci¨®n con las administraciones perif¨¦ricas y trabajan en servicios transferidos a las comunidades aut¨®nomas.
Aquella presunta sobrevaloraci¨®n no ha sido corregida, y Catalu?a, cuyos representantes defienden la correcci¨®n de las valoraciones empleadas, sigue a la espera de un acuerdo sobre esos puntos para poder disponer del porcentaje de participaci¨®n que le corresponde en los impuestos no cedidos por el Estado a las autonom¨ªas, para cuyo c¨¢lculo matem¨¢tico es preciso conocer el coste efectivo. No obstante, el Ministerio de Hacienda nunca transfiri¨® el dinero supuestamente sobrevalorado, seg¨²n revelaron a este peri¨®dico fuentes oficiales, y las consecuencias de aquellos hechos y del subsiguiente desacuerdo actual son pol¨ªticas.
El cupo vasco
La referida metodolog¨ªa, rechazada por el Gobierno vasco, ha sido una de las causas de que el cupo que esa comunidad pagar¨¢ al Estado durante el quinquenio contin¨²e sin ser fijado, contra lo establecido en los pactos. As¨ª pues, el cupo sigue siendo provisional cada a?o.
El desacuerdo del Gobierno vasco se centra en que no les es de aplicaci¨®n, a su juicio, la metodolog¨ªa com¨²n, adem¨¢s de sus discrepancias en la consideraci¨®n del fondo de compensaci¨®n como carga general del Estado. El cupo del quinquenio tiene que ser obtenido mediante negociaci¨®n, seg¨²n recoge la ley del Concierto Econ¨®mico. Mientras no haya acuerdo, se mantiene un cupo provisional.
Otros incumplimientos se derivan del hecho de que en los pactos se imaginasen simult¨¢neas una serie de leyes que deben ir cubriendo diversas etapas.
Los primeros pasos en la financiaci¨®n auton¨®mica, los mecanismos b¨¢sicos, est¨¢n pr¨¢cticamente concluidos ya, en gran parte merced a los pactos. Se trata, por un lado, de la cesi¨®n de tributos, fijada por una ley general ya aprobada y por las espec¨ªficas de todas las regiones, ¨¦stas a punto de ultimar; y, de otra parte, los porcentajes de participaci¨®n de las autonom¨ªas en los impuestos no cedidos, que el Ministerio de Hacienda pretende tener en vigor el pr¨®ximo 1 de enero. La segunda etapa incluye los mecanismos de redistribuci¨®n: la ley del Fondo de Compensaci¨®n Interterritorial, que est¨¢ pendiente de tr¨¢mite parlamentario, y la ley de Nivelaci¨®n de los Servicios P¨²blicos, de muy dif¨ªcil cumplimiento.
La tercera etapa en la financiaci¨®n de las comunidades consiste ya en que ¨¦stas funcionen con verdadera autonom¨ªa, mediante sus propios recursos (tributos, recargos en impuestos estatales, emisi¨®n de deuda p¨²blica, cr¨¦ditos).
Las tres fases se arremolinaron en una sola en el texto de los pactos, y los topes fijados en los plazos quedaron muy cerca de la fecha de la firma. La Administraci¨®n ha encontrado dificultades, en muchos casos de orden estad¨ªst¨ªco, para regular las materias contempladas.
As¨ª ocurre, por ejemplo, con la ley de Ordenaci¨®n de la Econom¨ªa, la loapa econ¨®mica, se?alada en los acuerdos y respecto a la cual no ha sido redactado ni un solo papel. Esta ley, seg¨²n los textos negociados entonces, debe permitir "deslindar las competencias del Estado y de las comunidades aut¨®nomas en materias econ¨®micas y financieras, as¨ª como garantizar la unidad del mercado en todo el territorio nacional".
La regulaci¨®n de los recargos que pueden introducir las autonom¨ªas en los impuestos estatales fue elaborada en fase de proyecto por la anterior Administraci¨®n, y rechazada despu¨¦s por "excesivamente autonomista". Los t¨¦cnicos que redactaron el primer borrador volvieron a presentarlo ante el Gobierno socialista, que lo remiti¨® recientemente al Consejo de Estado. Al parecer, puede sufrir un retraso pol¨ªtico porque el contenido es susceptible de ser calificado jur¨ªdicamente como "armonizador".
Dif¨ªcil acomodo a la realidad
Por otro lado, el esp¨ªritu de los puntos pactados en la parte pol¨ªtico-administrativa -aunque se haya respetado la letra- no ha llegado totalmente a la realidad. As¨ª, todos los parlamentos regionales se han saltado ya el acuerdo de que celebren per¨ªodos de sesiones de cuatro meses en total, y han convocado sesiones extraordinarias. Los diputados auton¨®micos, con arreglo a los pactos, no cobran sueldos, en la mayor¨ªa de las comunidades, pero tal condici¨®n fue olvidada en la Comunidad Valenciana y disimulada en otras regiones mediante dietas casi equivalentes a percepciones fijas. La nueva f¨®rmula para la elecci¨®n en las diputaciones provinciales, fijada en los pactos, no pudo entrar en vigor merced a una decisi¨®n del Tribunal Constitucional, que impidi¨® utilizar el nuevo mecanismo para los comicios del 8 de mayo. El mapa auton¨®mico fue finalmente cerrado, con retraso sobre lo previsto, pero todav¨ªa sigue constituyendo una inc¨®gnita el tratamiento que se dar¨¢ a Ceuta y Melilla. Por otro lado, los porcentajes de participaci¨®n de las comunidades en los ingresos del Estado debieron haber comenzado a entrar en vigor en 1982, y sin embargo a¨²n permanecen a la espera.
En la parte cumplida figura, en s¨ªntesis, el hecho de que desde aquel 31 de julio quedaron claros los sistemas que se iban a poner en pr¨¢ctica para suministrar los recursos econ¨®micos a las comunidades; se limit¨® el n¨²mero de consejeros en los Gobiernos regionales, el mapa auton¨®mico fue puesto a salvo de sobresaltos como el intento de autonom¨ªa uniprovincial para Segovia, y a partir de entonces las transferencias de servicios se producen de forma homog¨¦nea y racionalizada.
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