Estructura de los ingresos y presi¨®n fiscal
Como puede verse en el cuadro 2, el incremento previsto de los in gresos, tanto del Estado como de la Seguridad Social, supondr¨¢ un aumento de la presi¨®n fiscal, que se sit¨²a en tomo a un punto, aun que con diferencias muy importan tes seg¨²n los agentes y conceptos.As¨ª, mientras que la presi¨®n fis cal del Estado aumenta en 1,13 puntos, la correspondiente a la Se guridad Social desciende en 0,17.
Este comportamiento diferen ciado, tendente a abaratar relativamente los costes de la mano de Concepto obra para facilitar su empleo, se instrumenta mediante mayores aportaciones del Estado a la Segu ridad Social, lo cual permite a ¨¦sta reducir los tipos de cotizaci¨®n. Tales aportaciones alcanzar¨¢n ya en 1984 el 20% de los ingresos totales de la Seguridad Social, frente al 17,5% de 1983, lo cual es equiva lente a un esfuerzo extra por parte del Estado de unos 80.000 millo nes de pesetas.
Jos¨¦ V
Sevilla Segura es secretario de Estado de Hacienda.
Es b¨¢sicamente esta aportaci¨®n adicional del Estado a la Seguridad Social la que explica la elevaci¨®n de tipos propuesta para el impuesto general sobre el tr¨¢fico de las empresas, que debe proporcio nar unos 70.000 millones de pesetas.
Pese a que globalmente la presi¨®n fiscal del Estado aumenta, como decimos, la evoluci¨®n interna de sus grandes r¨²bricas de ingresos merece alg¨²n comentario, dada su notoria disparidad. Como puede verse en el referido cuadro 2, la presi¨®n fiscal correspondiente a los impuestos directos aumenta casi 0,8%, y la de los indirectos, en 0,6%, mientras que la correspondiente a los restantes ingresos del Estado disminuye en 0,3 puntos. Ello es debido b¨¢sicamente a la, ca¨ªda en los beneficios del Banco de Espa?a prevista para el presente a?o, que son los que se computan en el Presupuesto de 1984.
Ingresos del Estado: la pol¨ªtica tributaria
En el cuadro 1, como puede verse, se recoge el presupuesto de los ingresos del Estado para 1984 junto a su comparaci¨®n con las estimaciones de ingresos correspondientes a 1983.
La previsi¨®n global de aumento de los ingresos se cifra en el 20,46%, media de ese comportamiento dispar al que nos acabamos de referir. As¨ª, se espera que los impuestos directos aumenten un 25,38%, y los indirectos, un 23,79%, mientras que se produce un descenso importante en los ingresos patrimoniales.
En todo caso, hay que resaltar la dificultad de valorar adecuadamente la pol¨ªtica tributaria que sustenta las cifras referidas, por cuanto dicha pol¨ªtica implica, de una parte, cambios en la normativa y en los tipos de los impuestos, pero de otra, cambios muy importantes en la administraci¨®n tributaria y en la lucha contra el fraude. Dicho en otros t¨¦rminos: el aumento de recaudaci¨®n previsto afectar¨¢ s¨®lo en parte -la parte menor, tal como est¨¢ sucediendo en el presente a?o- a aquellos contribuyentes que cumplen adecuadamente sus obligaciones, mientras que la mayor parte del aumento recaudatorio previsto proviene de mejoras en la gesti¨®n tributaria y lucha contra el fraude.
Novedades en materia normativa
En t¨¦rminos generales, la pol¨ªtica tributaria del Gobierno no pretende cambios sustanciales en la normativa tributaria, excepci¨®n hecha; claro est¨¢, del proceso de finalizaci¨®n de la reforma tributaria que implicar¨¢ cambios importantes, aunque previstos, en el ¨¢mbito de la imposici¨®n sobre el consumo -por la introducci¨®n del impuesto sobre el valor a?adido (IVA)- y en la imposici¨®n patrimonial con los nuevos proyectos de impuestos sobre el patrimonio y sobre sucesiones.
Partiendo de este dato, hay que percatarse de que el sistema fiscal resultante ofrece suficientes par¨¢metros para instrumentar cualquier pol¨ªtica tributaria que se desee. Por tanto, al margen de aquellas reformas anunciadas, la pol¨ªtica tributaria debe moverse mediante cambios param¨¦tricos en el sistema disponible y, muy especialmente, dirigi¨¦ndose hacia la construcci¨®n de una Administraci¨®n tributaria moderna y eficaz como ¨²nico camino cierto para erradicar las conductas antisociales. No obstante, las alteraciones normativas que se introducen persiguen un triple prop¨®sito:
a) Reforzar moderadamente la progresividad en la imposici¨®n sobre la renta.
Prueba clara de nuestro aserto anterior puede verse en el cuadro 3, en el que se recoge la evoluci¨®n de los tipos efectivos de gravamen en el impuesto sobre la renta para un contribuyente tipo.
En efecto, el aumento de los tipos se produce a partir de un mill¨®n de pesetas de ingresos anuales, situ¨¢ndose dicho aumento, para los niveles de renta m¨¢s elevados en tomo a un 6%. Por el contrario, para los niveles m¨¢s bajos de renta se reducen los niveles de tributaci¨®n. Computando ambos efectos, el nivel medio de elevaci¨®n de la tarifa puede situarse entre un 4% y un 5%, lo que, unido a una inflaci¨®n esperada del 8% permitir¨¢ explicar un 13% -15% de aumento de la recaudaci¨®n. Como es obvio, el resto, hasta casi un 30%, que es lo presupuestado, hay que atribuirlo fundamentalmente a mejoras de gesti¨®n y lucha contra el fraude.
b) Mantenimiento de lla tributaci¨®n sobre sociedades y aumento de los incentivos fiscales a la inversi¨®n empresarial.
Los tipos del impueste, sobre socied¨¢des se mantienen inalterados en el proyecto, al tiempo que se introduce cierta simplificad¨®n en los incentivos a la inversi¨®n, potenciando los correspondientes a la inversi¨®n neta y a aquellas inversiones que impfican investigaci¨®n, innovaci¨®n o proyecci¨®n de cara al exterior.
c) Aumento de la imposici¨®n sobre el consumo compematorio de las mayores aportaciones del Estado a la Seguridad Social.
Como ya hemos visto, la raz¨®n b¨¢sica del aumento del impuesto de tr¨¢fico hay que atribuirla a la mayor aportaci¨®n del Esado a la Seguridad Social, resaltando que ¨¦sta reduce sus tipos de cotizaci¨®n adem¨¢s de extender sus prestaciones.
De acuerdo con los c¨¢lculos Hevados al efecto, el impacto de dicho aumento impositivo sobre los precios se estima en 0,2 puntos, al tiempo que aproxima nuestro nivel de imposici¨®n sobre el consumo, todav¨ªa por debajo, a los niveles que pueden resultar de la introducci¨®n del IVA, inicialmente orevista para 1985.
Reforma y potenciaci¨®n de la Administraci¨®n tributaria
Al igual que ha venido sucediendo en el presente a?o, las acciones b¨¢sicas en i?ateria tributaria no cabe buscarlas en el marco normativo, que, como se?al¨¢bamos, no experimentar¨¢ modificaciones importantes m¨¢s all¨¢ de las dise?adas en la propia reforma fiscal. El n¨²cleo b¨¢sico en materia de pol¨ªtica tributaria, tanto en 1983 como en 1984, se centra en la potenciaci¨®n y reforma de la Adrninistraci¨®n tributar¨ªa, acci¨®n inexcusable para luchar con eficacia contra el fraude fiscal.
Nuestra Administraci¨®n tributaria precisa adecuarse a las caracter¨ªsticas de un sistema fiscal moderno, tal como el que le corresponde gestionar, y en esa adecuaci¨®n, mucho m¨¢s que en cualquier norma de car¨¢cter sancion¨¢dor -por m¨¢s que sea necesaria-, es d¨®nde se halla la clave de. la lucha contra el fraude. Es simplemente absurdo imaginar que la Administraci¨®n tributaria puede actuar hoy con una estructura territorial an¨¢loga a la existente desde el siglo XIX. Por eso estamos impulsando la creaci¨®n de 250 administraciones tributarias, una especie de delegaciones de barrio o comarca, un centenar de las cuales estar¨¢ en funcionamiento a comienzos del pr¨®ximo a?o, y las restantes, a finales del nusino.
Adicionalmente a esta infradotaci¨®n de medios, la propia concepci¨®n de la Administraci¨®n tributaria ha estado tradicionalmentelparcelada, con detrimento de su eficacia. Es imprescindible, y en este sentido estamos caminando, configurar una Administraci¨®n tributaria integrada que, como una unidad, agote la totalidad de los procesos de gesti¨®n-inspecci¨®n tributaria.
Finalmente, dos l¨ªneas b¨¢sicas adicionales. Primera, la investigaci¨®n de bases y contribuyentes como acci¨®n prioritaria frente a la verificaci¨®n -en ocasiones rutinaria- de los contribuyentes ya conocidos. En segundo lugar, estamos introduciendo cambios cualitativos en la inspecci¨®n fiscal de forma que domine el control selectivo y exhaustivo frente a los plante¨¢mientos extensivos y superficiales.
Tanto desde el servicio a la equidad como si se entiende que el sistema fiscal es un instrumento de la pol¨ªtica econ¨®mica, l¨¢ exigencia previa e inexcusable a satisfacer en ambos casos para lograr su prop¨®sito sigue siendo la misma: que los impuestos se satisfagan correctamente, y ello, no lo dudemos, depender¨¢ siempre de la capacidad. que tenga la Administraci¨®n tributaria para hallar y sancionar al defraudad¨®r.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.