Ledesma considera que la sentencia da al Gobierno "un instrumento progresivo"
La sentencia del Tribunal Constitucional sobre Rumasa proporciona al Gobierno "un instrumento progresivo", seg¨²n declar¨® ayer a EL PA?S el ministro de Justicia, Fernando Ledesma, para quien ha quedado reconocida la constitucionalidad del decreto-ley para "expropiaciones singulares en circunstancias muy concretas y en casos de excepcional y urgente necesidad". Ledesma, que no ocult¨® su satisfacci¨®n por el pronunciamiento del alto tribunal, valor¨® especialmente que el voto particular "no representa una separaci¨®n absoluta respecto a la sentencia".
El Ministerio de Econom¨ªa y Hacienda, por su parte, hizo p¨²blica una nota oficial en la que se se?ala que el tribunal ha rechazado las alegaciones del recurso, seg¨²n las cuales podr¨ªa ponerse en peligro la seguridad jur¨ªdica, el derecho de propiedad y la libertad de empresa. Para el ministerio, que "ha recibido con satisfacci¨®n el fallo", el tribunal ha estimado la urgencia y necesidad de la decisi¨®n de proceder a la expropiaci¨®n, as¨ª como la causa de utilidad p¨²blica e inter¨¦s social que la justific¨®, y que la medida no responde a un proceso de nacionalizaci¨®n encubierta.El ministro de Justicia precis¨® que es motivo de especial satisfacci¨®n el hecho de que los argumentos utilizados por el Tribunal Constitucional. para desestimar el recurso de inconstitucionalidad, presentado por 55 diputados del Grupo Popular, coincidan con los expuestos por el propio Ledesma ante el Pleno del Congreso de los Diputados el pasado d¨ªa 1 de marzo, con motivo del debate previo a la convalidaci¨®n del decreto-ley. ,
Ledesma valora especialmente que la sentencia reconoce la existencia de circunstancias de "extraordinaria y urgente necesidad" justificativas del decreto-ley. Asimismo, recuerda que el Tribunal Constitucional coincide con el Gobierno en que no se trataba de la simple crisis de un grupo de empresas, sino de "un factor determinante de inestabilidad de la situaci¨®n financiera nacional".
Por lo que se refiere a la tesis de que los decretos-leyes no pueden afectar a los derechos y libertades regulados en el t¨ªtulo I de la Constituci¨®n, el ministro de Justicia se congratula de que el m¨¢ximo int¨¦rprete de la Carta Magna haya considerado esta interpretaci¨®n no ortodoxa, "porque si fuese verdad, el decreto-ley quedar¨ªa vac¨ªo de contenido, ser¨ªa una instituci¨®n perfectamente in¨²til y, evidentemente, eso no es lo que la Constituci¨®n quiere".
Satisfacci¨®n por el voto particular
En definitiva, Ledesma se felicita de que el Tribunal Constitucional considere que a trav¨¦s de un decreto-ley no se puede hacer una regulaci¨®n general del derecho de propiedad, pero s¨ª "una expropiaci¨®n singular, siempre que se cumplan los requisitos de la justa indemnizaci¨®n y el procedimiento establecido en la ley". En opini¨®n del titular de Justicia que entiende respaldada por el alto tribunal, el decreto-ley expropiador de Rumasa "se adapta a los criterios o principios de la expropiaci¨®n establecidos en la vigente ley de Expropiaci¨®n Forzosa de 1954".
A la satisfacci¨®n general del ministro de Justicia y sus principales colaboradores por el fallo del Tribunal Constitucional se sumaba la particular producida por el voto suscrito por los seis magistrados disidentes, cuya discordancia, seg¨²n Fernando Ledesma, "no afecta a la constitucionalidad global del decreto-ley". Destaca, en concreto, que el ,voto particular reconoce que Ios decretos-leyes pueden incidir- sobre materias refativas a derechos y libertades y que la declaraci¨®n de utilidad p¨²blica e inter¨¦s social contenida en el decreto-ley que expropi¨® Rumasa no es inconstitucional y no se aparta del sistema general expropiatorio.
En cuanto a los aspectos del decreto-ley considerados inconstitucionales por los magistrados disidentes, el ministro de Justicia estima respetable tal interpretaci¨®n, pero recuerda que el criterio que es preciso acatar es el de la mayor¨ªa del tribunal. Seg¨²n Ledesma, "al Gobierno le preocupaba ¨²nicamente el reconocimiento, por parte del m¨¢ximo ¨®rgano de interpretaci¨®n y vigilancia de la Constituci¨®n, de la constitucionalidad del decreto-ley. Lo ha hecho as¨ª y, por tanto, la satisfacci¨®n es absoluta, como es l¨®gico". Ledesma record¨® que el decreto-ley tiene el rango formal de ley y que la sentencia del alto tribunal "ha admitido la posibilidad de su utilizaci¨®n cuando ocurran unas circunstancias muy concretas, que ya he dicho cu¨¢les son: las de extraordinaria y urgente necesidad."
El fallo del Tribunal Constitucional sobre el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Grupo Popular fue recibido con satisfaci¨®n en el Ministerio de Econom¨ªa y Hacienda, seg¨²n declar¨® un portavoz del mismo. El ministerio entiende que el tribunal ha estimado la urgencia y necesidad de la decisi¨®n de proceder a la expropiaci¨®n, as¨ª como la causa de utilidad p¨²blica e inter¨¦s social que la justific¨®. En el comunicado oficial de Econom¨ªa y Hacienda se se?ala que el tribunal ha rechazado las alegaciones de los recurrentes, seg¨²n los cuales podr¨ªa ponerse en peligro la seguridad jur¨ªdica, el derecho de propiedad y la libertad de empresa.
No hubo nacionalizaci¨®n encubierta
La decisi¨®n del Tribunal Cons titucional, seg¨²n el comunicado legitima la actuaci¨®n del Gobierno a trav¨¦s del decreto-ley de ex-propiaci¨®n, que no violenta los l¨ªmites fijados por la Constituci¨®n. La sentencia del tribunal aprecia que la medida no corresponde a un prop¨®sito -sancionador o de nacionalizaci¨®n encubierta, que se evidencia- adem¨¢s por el prop¨®sito declarado por el Gobierno de reprivatizar las empresas.Los responsables de Econom¨ªa y Hacienda se?alan en el comuni cado que valoran positivamente el voto particular de los magistrados discrepantes por cuanto no cuestionan el art¨ªculo primero del decreto-ley, que establece la expropiaci¨®n de Rumasa, sino que muestran su desaprobaci¨®n a aspectos particulares de los art¨ªculos segundo y cuarto.
La satisfacci¨®n por el contenido de la sentencia se hizo extensiv¨¢ a otros mediol de la Administraci¨®n. Fuentes oficiales se?alaron que "la lecci¨®n que hay que sacar de la sentencia es que el proceso expropiador sigue su curso normal, una vez aclarado el presunto problema jur¨ªdico planteado por la oposici¨®n. La sentencia ratifica, de hecho, el decreto-ley, ya que incluso los votos discrepantes salvan el centro o la base jur¨ªdica del mismo".
En cuanto a las reservas mantenidas por los jueces discrepantes sobre los art¨ªculos 2 y 4, "no afectan al fondo de la expropia ci¨®n, por lo que la hipoteca jur¨ªdica que piisaba sobre el proceso expropiatorio ha desaparecido del todo", a?adieron las mismas fuentes.
El director general del Patrimonio, Javier del Moral, no hizo declaraciones y pas¨¦ toda la jornada de ayer en su despacho de Rumasa, solventando problemas diarios del grupo, seg¨²n manifestaron en ese departamento.
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