La Audiencia Nacional no dictar¨¢ sentencia sobre presunto contrabando de un implicado en la colza
La sala de lo penal de la Audiencia Nacional suspender¨¢ el tr¨¢mite de dictar sentencia sobre un presunto delito monetario por el que ayer fue juzgado Miguel Par Balcells, uno de los procesados en el denominado sumario de la colza. Esta medida se ha adoptado, al igual que en el reciente juicio contra el ex presidente de la Uni¨®n Territorial de Cooperativas de Ja¨¦n, Domingo Sol¨ªs, debido a que en el Tribunal Constitucional hay planteado un recurso contra la Ley de R¨¦gimen Jur¨ªdico de Control de Cambios en la que est¨¢ contenido el delito monetario.El fiscal solicit¨® en el juicio una pena de 7 a?os de prisi¨®n y una multa de 160 millones de pesetas para Miguel Par, por la importac¨ª¨®n, en r¨¦gimen de mercanc¨ªas liberalizadas, de m¨¢s de 3 millones de kilos de aceite de colza crudo sin desnaturalizar.
Seg¨²n el fiscal, en los primeros meses de 1981, Par, gerente y copropietario de la empresa L¨ªpidos Ib¨¦ricos, SA, realiz¨®, junto con el otro propietario, Ignacio Baixeras, que se encuentra huido y declarado en rebeld¨ªa, cinco importaciones de aceite de colza comestible en r¨¦gimen de mercanc¨ªas liberalizadas, las tres primeras bajo la denominaci¨®n "Aceites ¨¢cidos procedentes de refinado y filtrado", y las dos ¨²ltimas bajo la de "Aceites de nuez". La totalidad de estas mercanc¨ªas sumaba 3.117.733 kilos, valorados en 157.353.824 pesetas.
Cuatro barcos
Par Balcells introdujo el aceite de colza comestible, a trav¨¦s del puerto de Barcelona, como si estuviera destinado para usos industriales. De esta manera abon¨® unos aranceles muy inferiores y evadi¨® las estrictas limitaciones existentes para la importaci¨®n de aceites comestibles.
La carga, procedente de Rotterdam, fue transportada a Espafla en los buques "Monituo", "Winetour", "Foltek" y "Comanche". El contenido era aceite de colza crudo sin desnaturalizar, mercanc¨ªa calificada como "R¨¦gimen de comercio de Estado". Su importe fue abonado por L¨ªpidos Ib¨¦ricos con cargo a divisas facilitadas por la banca delegada espa?ola y concedidas en base a la denominaci¨®n declarada a la que se ha hecho referencia. No se ha recuperado cantidad alguna.
Par dijo en el juicio que cuando llevaba m¨¢s de un a?o en la c¨¢rcel por el sumario de la colza confes¨® ser autor de las cinco importaciones de aceite de colza comestible. "Quise hacer constar que tal vez hab¨ªa cometido una falta aduane ra, pero que no ten¨ªa ninguna relaci¨®n con el s¨ªndrome t¨®xico". El industrial a?adi¨® que no hubo delito monetario, sino, en todo caso, una infracci¨®n tributaria aduanera por falsa declaraci¨®n de la naturaleza de la mercanc¨ªa, y que la multa de 40 millones que se le impuso por ese concepto ya hab¨ªa sido abonada.
El fiscal elev¨® a definitivas sus conclusiones provisionales y el defensor pidi¨® la absoluci¨®n porque, a pesar de que el aceite comestible fue indebidamente importado, no se puede juzgar a nadie dos veces por el mismo hecho, y Par ya pag¨® la multa de la infracci¨®n aduanera cometida.
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