El proyecto de separaci¨®n del deporte profesional plantea la creaci¨®n de nuevas instituciones
El esperado proyecto de separaci¨®n del deporte profesional del aficionado, elaborado por los servicios jur¨ªdicos del Consejo Superior de Deportes (CSD) no plantea otra novedad singular que la creaci¨®n de las ligas profesionales como entidades con personalidad jur¨ªdica propia, a la vez que proclama, de una forma ambigua, su autonom¨ªa de gesti¨®n. Dicho proyecto de decreto-ley, obliga a la participaci¨®n de las asociaciones de deportistas en los ¨®rganos de gesti¨®n de dichas ligas. A lo largo de nueve art¨ªculos, el anteproyecto, al que ha tenido acceso EL PA?S, plantea adem¨¢s la creaci¨®n de asociaciones de clubes prof¨¦sionales y la confecci¨®n de unos estatutos, los cuales han de ser aprobados por el CSD en un plazo no superior a los seis meses posteriores a su presentaci¨®n.
Las ligas quedar¨¢n inscritas en el Registro de Asociaciones y Federaciones Deportivas. Asimismo, dicho anteproyecto obliga a la firma de un acta fundacional entre los clubes profesionales y la respectiva federaci¨®n nacional. Los clubes tendr¨¢n voz y voto en los ¨®rganos de gesti¨®n, a la vez que se proclama el principio de sufragio universal, secreto y directo, en las decisiones de estos organismos. Los estatutos deber¨¢n fijar particularidades tales como expulsi¨®n de un miembro o extinci¨®n de dicha asociaci¨®n. Las asociaciones deber¨¢n fijar sus presupuestos, contar con un libro de actas y otro de contabilidad; de la gesti¨®n de sus ¨®rganos directivos deber¨¢n tener conocimiento puntual todos sus miembros.El anteproyecto, sin embargo, y a pesar de que ha superado con creces todos los plazos prometidos, no parece ser suficientemente tajante en algunos casos, hasta el punto de que experiencias actuales del deporte espa?ol comienzan a superar los intentos de reforma de los actuales administradores del CD para convertir el citado proyecto en un texto conservador. El citado anteproyecto deja en una ambig¨¹edad total los efectos reales de una separaci¨®n del deporte profesional y aficionado. Bajo el calificativo de autonom¨ªa de gesti¨®n no aclara la futura personalidad que pueden llegar a tener los clubes deportivos de car¨¢cter profesional ni entra a detallar si la Liga profesional puede estar dotada de una aut¨¦ntica independencia econ¨®mica.
A tal punto, que tanto los estatutos como el propio funcionamiento de la Asociaci¨®n de Clubes Espa?oles de Baloncesto (ACEB) parecen guardar un car¨¢cter m¨¢s progresista y una m¨¢s real separaci¨®n que lo que emana del esp¨ªritu del anteproyecto de que dispone la administraci¨®n. En cualquier caso, en el citado texto todo parece quedar al arbitrio del CSD, ¨²nico juez final a la hora de calificar si va a ser aceptable o no una determinada liga profesional. El proyecto adem¨¢s, por su contenido general, permitir¨ªa casos muy diferentes de separaci¨®n, siendo todos ellos legales. En este sentido, y seg¨²n algunos observadores, "la ley parece redactada para no molestar a nadie y cuanto menos al sector futbol¨ªstico".
Proyecto en la oposici¨®n
Por ¨²ltimo, el citado anteproyecto parece no haber tomado en consideraci¨®n las tesis emanadas de una proposici¨®n no de ley que el Grupo Parlamentario Socialista present¨® a la mesa del Congreso cuando dicho partido al que representaba se encontraba en la oposici¨®n. Este proyecto no fue aprobado, aunque cont¨® con los votos favorables de algunos diputados de UCD, y detallaba una serie de conceptos a la vista de otras legislaciones europeas.Se aclaraba, por ejemplo, que "los clubes de f¨²tbol profesional podr¨ªan adoptar cualquiera de las formas de sociedades mercantiles, incluida la de sociedad cooperativa", y matizaba, caso que no hace el CSD, cu¨¢les eran las competencias de la. liga profesional y cu¨¢les las de la respectiva federaci¨®n nacional. Esta proposici¨®n no de ley regulaba aspectos como el de la publicidad, en su cap¨ªtulo cuarto El anteproyecto del CSD escapa a la calificaci¨®n de los clubes como sociedades mercantiles e incluso no pasa a se?alar si las competencias en materia de disciplina, de sanciones o de arbitraje pasar¨ªan a formar parte de la federaci¨®n nacional.
Recientemente, el CSD parec¨ªa negociar con los clubes de f¨²tbol, principales afectados por un decreto en este sentido, su implantaci¨®n. Los representantes de estos clubes, agrupados en el llamado Comit¨¦ de F¨²tbol Profesional, tem¨ªan que en el esp¨ªritu del anteproyecto del CSD anidaran las tesis del Grupo Parlamentario Socialista. En este sentido, una mayor ambig¨¹edad favorecer¨ªa sus intereses. Incluso, el CSD se neg¨® a la inscripci¨®n de la Asociaci¨®n de Clubes de Baloncesto. Es decir, la ¨²nica especialidad deportiva en Espa?a que ha intentado voluntariamente acercarse a una separaci¨®n entre deporte profesional y aficionado, se encuentra ahora obligado por el CSD a la ilegalidad y a plantear recursos en tribunales ordinarios.
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