El Supremo inicia una investigaci¨®n sobre la publicaci¨®n de la sentencia de Rumasa
La Sala segunda del Tribunal Supremo ha acordado la apertura de diligencias previas para investigar las posibles responsabilidades, por violaci¨®n de secretos, de algunos miembros del Tribunal Constitucional en la publicaci¨®n anticipada por EL PAIS de las deliberaciones y el contenido de la sentencia de Rumasa.El alto tribunal ha desestimado, por un defecto procesal, la querella presentada por el abogado Crisp¨ªn de Vicente en nombre de Jos¨¦ Mar¨ªa Ruiz-Mateos, pero ha admitido el escrito con el car¨¢cter de denuncia, por lo que ha ordenado que se inicien de investigaciones para el esclarecimiento de los hechos.
El Tribunal Supremo se?ala que deber¨¢ recibirse declaraci¨®n al presidente y magistrados del Tribunal Constitucional, con las debidas atenciones a su rango y categor¨ªa de autoridad, para determinar "fehacientemente el tr¨¢mite seguido en el procedimiento desde la finalizaci¨®n de las alegaciones hasta la notificaci¨®n y publicaci¨®n de la sentencia, con indicaci¨®n de fechas y firmas de los magistrados y votos particulares; y ciertas circunstancias sobre el tiempo y modo de la informaci¨®n de la noticia publicada, las personas que hubieran podido facilitarla y su motivaci¨®n".
Desestimada la querella
La querella de Ruiz-Mateos no ha sido admitida, porque el Supremo entiende que el ex presidente de Rumasa no tiene la consideraci¨®n de ofendido, debido a que lo que le perjudica es la resoluci¨®n del Tribunal Constitucional, pero no el momento en que la resoluci¨®n fue publicada. Sin embargo, se admite el escrito como denuncia y Ruiz-Mateos puede personarse en las actuaciones, ejercitando la acci¨®n popular, para lo que deber¨¢ prestar la fianza que se le exija.
La Sala segunda del Tribunal Supremo declara la no necesidad de antejuicio (procedimiento especial para juzgar a los jueces) para exigir la responsabilidad criminal a los magistrados del Tribunal Constitucional y se manifiesta como ¨²nica competente en la materia.
El auto dictado se?ala: "La Sala se ve obligada (...) a analizar los hechos que se consignan en la querella y a determinar la posible subsunci¨®n de los mismos en el tipo del delito de violaci¨®n de secretos, recogido en el art¨ªculo 367 del C¨®digo Penal".
En el cuerpo de la denuncia se argumenta que, la resoluci¨®n del Tribunal Constitucional "es posible que fuese dada a conocer antes de ser firmada la sentencia"
La querella exclu¨ªa de "cualquier sospecha de imputaci¨®n" a los magistrados que formularon el voto particular (Gloria Begu¨¦, ?ngel Escudero, Rafael G¨®mez, Francisco Pera, Francisco Rubio y Antonio Truyol), y tambi¨¦n, "por otra serie de circunstancias", a ?ngel Latorre.
La m¨¢xima pena que puede ser impuesta por la revelaci¨®n de secreto es la de prisi¨®n menor (de un a?o y un d¨ªa a seis a?os) e inhabilitaci¨®n especial.
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