La mayor¨ªa de los edificios modernos de Madrid no son evacuables en caso de incendio
La altura de ocho plantas o 28 metros es el l¨ªmite de las escalas de rescate
La mayor¨ªa de los edificios modernos de Madrid ser¨ªan dif¨ªcilmente evacuables, en caso de incendio, por raz¨®n de su altura. Internacionalmente, y en materia de prevenci¨®n de incendios, se entiende por edificios excesivamente altos aquellos que superan las ocho plantas o los 28 metros de altura, l¨ªmite al que llegan las m¨¢ximas escalas de bomberos aptas para la evacuaci¨®n directa de personas. Desde 1976, los edificios se ci?en a la legislaci¨®n en vigor, pero el desajuste entre las normas vigentes crea lagunas de inseguridad que preocupan a las autoridades responsables en esta materia.
El punto que m¨¢s preocupa a las autoridades locales madrile?as en materia de seguridad y respecto a la potencial vulnerabilidad de los edificios ante el fuego es a la adaptaci¨®n de los edificios antiguos -y en riesgo potencial- a las normativas actuales, as¨ª como alrededor del desajuste entre estas normativas, que permite a los nuevos edificios situarse dentro de la ley pero con un margen de inseguridad.En Madrid, la legislaci¨®n vigente sobre prevenci¨®n de incendios no est¨¢ adecuada a las exigencias t¨¦cnicas que, en materia de seguridad, se consideran m¨¢s necesarias. La Ordenanza de Prevenci¨®n de Incendios de Madrid, de 1976, es m¨¢s amplia de contenidos y m¨¢s restrictiva que la Norma B¨¢sica de Edificaci¨®n, de 1982, que tiene mayor rango administrativo-legal.
Mientras que aquella ordenanza fue elaborada por t¨¦cnicos especialistas del Ayuntamiento de Madrid, esta norma fue redactada por una comisi¨®n interministerial. En la actualidad, otra comisi¨®n interministerial permanente se ocupa de su revisi¨®n. De este trabajo est¨¢ responsabilizada una comisi¨®n t¨¦cnica dependiente de la Subdirecci¨®n General de Arquitectura del Ministerio de Obras P¨²blicas y Urbanismo (MOPU).
La Norma B¨¢sica de Edificaci¨®n consta de dos cuerpos legales: uno de principios generales, aplicable a todos los edificios, y otro que recoge las normas espec¨ªficas para los diferentes tipos de edificios. Este segundo cuerpo legal no es de obligado cumplimiento.
La redacci¨®n de esta norma cont¨® en su momento con una fuerte presi¨®n por parte del sector industrial de pl¨¢sticos, as¨ª como de diversas asociaciones comerciales, que se sent¨ªan perjudicados por el car¨¢cter restrictivo que hubiera podido establecer la inclusi¨®n de determinadas normas espec¨ªficas en el cuerpo legal de obligado cumplimiento.
El problema de la altura
El actual desajuste entre la Ordenanza de Prevenci¨®n de Incendios, de Madrid, y la Norma B¨¢sica de Edificaci¨®n, es el principal trasfondo en el que se cuajan las dificultades para hacer cumplir a los edificios de nueva construcci¨®n algunos de los requisitos exigibles por la m¨¢s elemental prudencia en materia de prevenci¨®n de incendios y que, no obstante, quedan fuera de la exigencia "legal.Respecto a su potencial peligrosidad, un gran n¨²mero de los edificios de Madrid, especialmente los modernos, no son evacuables. Esta calificaci¨®n viene derivada, principalmente, del concepto internacional de altura evacuable, que se fija en ocho plantas o entre 28 y 30 metros de altura. Esta altura se corresponde con la m¨¢xima longitud de las escalas, de 28 metros, de que disponen los bomberos para poder efectuar una evacuaci¨®n directa de personas.
La mayor escala contra incendios construida hasta la fecha -en Madrid hay una- tiene 50 metros de longitud, pero s¨®lo sirve para establecer dispositivos contra el fuego: puntos de ataque contra las llamas o el humo o, en alg¨²n caso., alg¨²n puente de evacuaci¨®n. Esta escala -de una tremenda esbeltez por la relaci¨®n entre su base y su altura- produce una fuerte oscilaci¨®n en su v¨¦rtice, lo que hace pr¨¢cticamente imposible el rescate de personas e incluso pone en riesgo la seguridad del especialista si no tiene un gran entrenamiento en este tipo de escalas.
Hay edificios que se consideran seguros desde distintos puntos de vista de la prevenci¨®n, as¨ª como desde la exigencia legal, y que, sin embargo, se califican como dif¨ªcilmente evacuables por raz¨®n de su altura. Este es el caso de los m¨¢s recientes rascacielos madrile?os.
Desde el criterio de las normas en vigor -no s¨®lo la Norma B¨¢sica de Edificaci¨®n, sino tambi¨¦n la Ordenanza de Prevenci¨®n de Incendios- todos los edificios construidos en Madrid desde 1976 se ajustan a la legislaci¨®n vigente. El complejo de AZCA es un caso concreto de este tipo de conjunto urbano y, dentro del mismo, algunas autoridades en esta materia no dudan en se?alar- el ejemplo del edificio de Cristaler¨ªa Espa?ola como el de una construcci¨®n de m¨¢xima seguridad y que, sin embargo, preocupa por su altura.
En Madrid se mira con atenci¨®n el resultado de la experiencia francesa. Una legislaci¨®n puesta en vigor en Francia hace dos a?os deja sin trabas la altura de la edificaci¨®n, pero exige tantas medidas de seguridad para los edificios por encima de la altura internacional convenida como preventiva que los constructores empiezan a retraerse en hacerlos.
Hospitales y c¨¢rceles
Hay otro tipo de edificios en Madrid cuya dificultad de evacuaci¨®n no proviene especialmente de la altura. Son los grandes hospitales y las c¨¢rceles.En ellos, la carga de fuego no es grave en caso de incendio por raz¨®n de los materiales de construcci¨®n o del utillaje que albergan. Las zonas de almacenamiento de ropas, las calderas o los dep¨®sitos de productos u objetos peligrosos suelen estar retirados y aislados del resto de la edificaci¨®n. Sin embargo, s¨ª puede ser importante la carga de humo, causante de alarma y de una posible explosi¨®n de p¨¢nico.
Ante una situaci¨®n de emergencia en cualquiera de estos centros, las principales dificultades de salvamento, evacuaci¨®n y ataque del incendio se encuentran en las caracter¨ªsticas arquitect¨®nicas de los mismos: carecen de la adecuada compartimentaci¨®n para impedir que el siniestro se extienda de una zona a otra, o bien carecen de una clara disposici¨®n de puertas de entrada y de salida.
Los datos estad¨ªsticos se?alan un escaso ¨ªndice de incendios en hospitales. En el caso concreto de los grandes hospitales madrile?os, a las dificultades de evacuaci¨®n antes mencionadas se a?ade la imposibilidad de penetrar por las zonas de aparcamiento de veh¨ªculos hasta las fachadas de los edificios.
De entre las construcciones que constituyen puntos de referencia urbana, los expertos se?alan la Ciudad de los Periodistas, al Noroeste del primer cintur¨®n perif¨¦rico del casco, como un ejemplo de conjunto de bloques de viviendas potencialmente en riesgo por la dificultad de acceso a los edificios y a las bocas de agua. Edificios singulares como la Torre de Madrid, el Edificio Espa?a, la Torre de Valencia o las Torres de Col¨®n, que ya se consideran antiguos, tienen una estructura que imposibilita una adecuaci¨®n id¨®nea a las normativas vigentes.
Los voluminosos grandes almacenes repartidos por el centro urbano se consideran dotados de buenas medidas de seguridad. No obstante, los incendios en ellos s¨ª son estad¨ªsticamente frecuentes, y el p¨²blico no llega a enterarse porque suelen suceder en zonas aisladas y porque las medidas de extinci¨®n entran r¨¢pidamente en funcionamiento.
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